Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2008 (28/02/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

367437

maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo, asimismo debera efectuar, en forma anual, el monitoreo de la referida estacion. La obligacion de monitoreo anual sera exigible a partir del dia siguiente del vencimiento del periodo de instalacion y prueba o de la solicitud de inspeccion tecnica presentada conforme lo indicado en el tercer parrafo del articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 8°.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 9º.- La Licencia de Operacion sera expedida por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, conforme lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 3º de la presente Resolucion y previa aprobacion del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes. Articulo 10º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 11º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 12º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 168898-1

(canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones (1º Parte); Que, por Resolucion Ministerial Nº 176-2008-MTC/03 se modifica la Nota P41 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, disponiendose que las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz estan atribuidas para prestar servicios publicos de telecomunicaciones a titulo MORDAZA a las entidades publicas, con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas; Que, con fecha 27 de enero de 2008, se publico en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de MORDAZA de canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz; habiendose recibido y evaluado los comentarios de los interesados; Que, el Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, mediante Informe Nº 03-2008MTC-CCPNAF, recomienda la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz; Que, en tal sentido resulta necesaria la aprobacion de la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC y 020-2007MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar en las disposiciones de radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones aprobadas por Resolucion Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03, la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz; segun el Anexo Nº 1 de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 168895-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1395-2008-MTC/15 Mediante Oficio Nº 0357-2008-MTC/04,el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Nº 13952008-MTC/15 , publicada en nuestra edicion del dia 15 de febrero de 2008. DICE: "Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la R.D. Nº 12331-2007'MTC/15, de fecha 3 de agosto del 2004, como se describe: (...)" DEBE DECIR: "Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la R.D. Nº 12331-2007-MTC/15, de fecha 3 de agosto del 2007, como se describe: (...)" 168916-1

Incorporan la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz en las disposiciones de radiocanales para los servicios de telecomunicaciones aprobadas por R.VM. Nº 268-2005MTC/03
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 148-2008-MTC/03 MORDAZA, 22 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 200° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que toda asignacion de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalizacion, el cual sera aprobado por Resolucion Viceministerial; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03, se aprueba el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico, asi como las normas tecnicas generales para la utilizacion de este recurso; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 5182002-MTC/15.03, se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 268-2005MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nºs. 039-2006-MTC/03, 512-2006-MTC/03 y 516-2007MTC/03 se aprobaron las Disposiciones de Radiocanales

VIVIENDA
Crean la Condecoracion "Orden al Merito de la Vivienda, Construccion y Saneamiento"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 045-2008-VIVIENDA MORDAZA, 27 de febrero de 2008

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.