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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2008 367454 Que, por comunicación de fecha 15 de noviembre de 2007, el Presidente de la Junta General de Accionistas de Emapa Huaral, doctor Jaime Uribe Ochoa, pone a conocimiento del Presidente Regional que el representante del Gobierno Regional de Lima, ha sido removido del cargo de Director, por parte de la Junta General Universal de Accionistas, acorde con el artículo 154 de la Ley Nº 26887 - Ley General de Sociedades, por lo que solicite se designe a un nuevo representante para que conforme el Directorio de Emapa Huaral; Que, con carta de fecha 20 de noviembre, recepcionada el día 21 de noviembre por la presidencia del Gobierno Regional de Lima y con fecha 28 de noviembre por parte del Secretario General del Gobierno Regional de Lima, el representante del Gobierno Regional de Lima, ante Emapa Huaral, señor Fortunato Bustillos Torre, contradice lo expuesto el Presidente de la Junta General de Accionistas de Emapa Huaral, doctor Jaime Uribe Ochoa, con fecha 11 de setiembre de 2007, pues señala que el directorio de Emapa Huaral cuenta con un ingeniero sanitario (ingeniero Raúl Maldonado Huanuco) y que si bien laboro anteriormente en dicha entidad su salida se debió a su renuncia voluntaria y que no es verdad que haya estado sometido a proceso disciplinario administrativo; Que, con fecha 28 de diciembre de 2007, ingresa por trámite documentario el Ofi cio Nº 030-2007-APROTESIF/HRL, de la Asociación de Profesionales y técnicos sin fronteras, de la provincia de Huaral, en el cual corrobora en indicar que el señor Jorge Maldonado H., es de profesión ingeniero sanitario colegiado y que a mayor abundamiento en la fi cha de inscripción de sociedad anónima - ante los Registros Públicos - de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huaral, aparece nombrado como director el ingeniero sanitario Jorge Raúl Maldonado Huanuco, en su calidad de representante del Colegio de Ingenieros del Perú; Que, en la sesión extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, llevada a cabo el 16 de enero del año en curso, en la ciudad de Huacho, ante la exposición del Sub Gerente Regional de Asesoría Jurídica y la propuesta de la Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora Marianela Junco Barrera, con el voto unánime de los consejeros concurrente a la sesión de consejo; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Artículo Primero.- COMUNICAR al Presidente del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, que mientras no se dicte disposición en contrario por parte del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, la Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento de Huaral - EMAPA Huaral, respete la designación del CPC Fortunato Bustillos Torre, como Representante del Gobierno Regional ante la aludida entidad. Artículo Segundo.- SOLICITAR que la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima emita una opinión legal sobre la situación del Representante del Gobierno Regional de Lima ante Emapa Huaral, teniendo en cuenta lo expuesto en la sesión del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, llevada a cabo el día 16 de enero del año 2008. Opinión legal que deberá ser emitida a más tardar, al quinto día de recepcionada la documentación por parte del Consejo Regional. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo de Consejo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, asimismo en un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada 169172-8Declaran injustificada inasistencia del Consejero Regional por la provincia de Yauyos a la sesión extraordinaria del Consejo Regional de Lima del 16 de enero de 2008 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 005-2008-CR/GRL Huacho, 16 de enero de 2008VISTOS: el informe oral del Secretario de Consejo, quien al pasar lista de las Consejeras y Consejeros Regionales concurrentes a la sesión, dio cuenta de la inconcurrencia injustifi cada del Consejero Regional por la provincia de Yauyos doctor Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro, a la sesión extraordinaria del Consejo Regional llevada a cabo el 16 de enero de 2008; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, al iniciarse la sesión extraordinaria del Consejo Regional de Lima de fecha 16 de enero de 2008, el Secretario del Consejo Regional, al pasar lista a los Consejeros Regionales, dio cuenta de la inconcurrencia del Consejero Regional por la provincia de Yauyos, doctor Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro, el mismo que no justifi có su inconcurrencia, aún en el transcurso de la sesión extraordinaria; Que, luego del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima y con el voto unánime de los Consejeros Regionales concurrentes a la sesión extraordinaria del 16 de enero de 2008; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29076; ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR injustifi cada la inconcurrencia del Consejero Regional por la provincia de Yauyos, doctor Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro, a la sesión extraordinaria del Consejo Regional de Lima llevada a cabo el día 16 de enero de 2008. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano, asimismo en un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada 169172-9 Formulan propuestas a nombre del Consejo Regional ante el Primer Encuentro de Consejeras Regionales del Perú ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 006-2008-CR/GRL Huacho, 16 de enero del 2008.VISTOS: el Informe de la Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora Marianela Junco Barrera y