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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2008 367452 Imponen amonestación escrita y reservada al Consejero Regional por la provincia de Cañete, con motivo de actitud mostrada ante el Secretario del Consejo del Gobierno Regional de Lima ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2008-CR/GRL Huacho, 4 de enero de 2008VISTO: el Informe Nº 012-2008-GRL-SCR, del Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, conteniendo el informe sobre la actitud del Consejero Regional por la provincia de Cañete ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, mediante informe Nº 012-2008-GRL-SCR, el Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, abogado Gilberto Cáceres Ramos, pone a conocimiento de la Consejera Delegada la actitud para con su persona, mostrada por el Consejero Regional por la provincia de Cañete ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca al haberle expresado palabras soeces, cuando concurrió el citado Consejero Regional a la ofi cina del Secretario de Consejo el día 4 de enero de 2008, en horas de la mañana; Que, este hecho -según el informe en referencia- fue escuchado por el personal que labora en la Secretaría de Consejo, quienes se encontraban en las inmediaciones de la ofi cina del Secretario de Consejo; Que, en la sesión ordinaria llevada a cabo el día 4 de enero de 2008, en la ciudad de Huacho, se dio cuenta al Consejero Regional del Informe Nº 012-2008-GRL-SCR, del Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, por lo que dicho informe fue sometido a debate y dentro de un marco del Debido Proceso (como Garantía Constitucional, consagrada en Nuestra Carta Magna), se escuchó al Consejero Regional por la provincia de Cañete, ingeniero José Mosto Fonseca - quien aceptó en parte los hechos expuestos por el Secretario de Consejo, conforme consta del acta y video de la Sesión de Consejo por lo que ante el pedido y sustentación por parte del Consejero Regional por la provincia de Canta, señor Tito Germán Hurtado Ruiz, de aplicársele el Consejero el artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima y luego del debate entre las Consejeras y Consejeros dicha propuesta fue aprobada con el voto en mayoría de los miembros del Consejo Regional de Lima (con el voto el contra de los Consejeros Regionales doctor Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro e ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca y la abstención de los Consejeros profesora Nelly Tang Sánchez e ingeniero Santos Tomas Quispe Murga); En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA:Artículo Primero.- IMPONER una amonestación escrita y reservada al Consejero Regional por la provincia de Cañete, ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca, con motivo de la actitud mostrada ante el Secretario del Consejo del Gobierno Regional de Lima. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano, en un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada 169172-5 Justifican inasistencia de Consejero Regional por la provincia de Cañete a la sesión extraordinaria del Consejo Regional programada para el 16 de enero de 2008 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 002-2008-CR/GRL Huacho, 16 de enero de 2008.VISTO: El pedido del Consejero Regional por la provincia de Cañete, ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca, quien solicita justifi car su inconcurrencia a la sesión extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, a llevarse a cabo en el día 16 de enero de 2008, en la ciudad de Huacho; Y CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal;OYÓNDEL PROYECTO 1Construcción del Sistema de Alcantarillado en la C.C. de Quichas-OyónOyón 300,000.00 SI Nuevo AL PROYECTO 1Construcción del Sistema de Alcantarillado en la C.C. de Rapaz-OyónOyón 300,000.00 SI Nuevo TOTAL 300,000.00 OBSERVACIONES PROVINCIA PROYECTOS PRESUPUESTO ASIGNADO EN P.I.A.ADICIONAL CON LA MODIFICACIONTOTAL PRESUPUESTO MODIFICADO CAJATAMBO Para el Proyecto del Mejoramiento de la Carretera Troncal Cahua- Cajatambo,se estaría incrementando su inversión.652,000.00 700,000.00 1,352,000.00 OYÓN Construcción del Sistema de Alcantarillado en la C.C. de Rapaz-Oyón, se estaría incrementando su inversión.350,000.00 300,000.00 650,000.00 169172-4