Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2008 (28/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2008

Que, asimismo, se mantiene la discriminacion laboral basada en el sexo como una de las caracteristicas mas negativas del MORDAZA laboral de nuestro pais. Se manifiesta en la concentracion del empleo femenino en un numero reducido de sectores y ocupaciones consideradas tipicamente femeninas y en el escaso numero de mujeres en posicion de mando o cargos de responsabilidad. Que, como se verifica, la condicion economica y el genero son determinantes para el acceso a los recursos economicos. Las personas en situacion de pobreza estan excluidas, y las mujeres en situacion de pobreza doblemente excluidas. Estas brechas obedecen a las desventajas que tienen las mujeres en el acceso a la educacion, a la informacion y falta de documentacion legal, asi como a los patrones de conducta discriminatorios por parte de los operadores encargados de los procesos de titulacion de la propiedad inmueble, quienes optan por entregar los titulos a los varones por considerarlos jefes del hogar; y solo ante la ausencia de ellos se otorga a las mujeres, lo cual para una sociedad que se dice moderna resulta desfasada en el tiempo. Que, en ocasion de celebrarse el 8 de marzo el Dia Internacional de la Mujer, es necesario establecer las disposiciones especificas en cuyo MORDAZA deberan implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la poblacion en general sobre la importancia de promover acciones a favor de la igualdad entre mujeres y varones, en el MORDAZA de los derechos humanos que la constitucion del Peru confiere. Que, el Articulo 5º de la Convencion sobre la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion Contra la Mujer - CEDAW, hace alusion a la necesidad de tomar medidas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras a alcanzar la eliminacion de los prejuicios, practicas consuetudinarias y de cualquier otra indole que esten basadas en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres; Que, el Articulo 6º inciso a) de la Convencion para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, establece el derecho de toda mujer a una MORDAZA libre de violencia, incluye entre otros el derecho a ser libre de toda forma de discriminacion y el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento de practicas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinacion; Que, el Articulo 43º de la Carta MORDAZA de la OEA plantea como tema prioritario la proteccion de las mujeres contra la discriminacion, tanto en la esfera publica como la privada, con miras a garantizar sus derechos humanos y de manera particular los derechos a la MORDAZA, la integridad y la seguridad personal, la MORDAZA personal, la participacion politica, el trabajo, la salud y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, la seguridad social, la vivienda, adecuada, la educacion, la propiedad y la participacion la MORDAZA economica de la sociedad y el acceso a recursos legales y administrativos frente a la violacion de sus derechos; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en sesion extraordinaria llevada a cabo el siete de marzo del ano en curso, con el MORDAZA unanime de sus integrantes ha emitido la siguiente; ORDENANZA: Articulo Primero.- INSTITUCIONALIZAR el 08 de marzo de todos los anos como el "Dia de la Mujer en la Region Lima". Articulo Segundo.- DECLARAR el mes de marzo de cada ano como "El Mes de la Mujer". Articulo Tercero.- Rendir MORDAZA a las Heroinas de la Region MORDAZA que dieron su MORDAZA en la lucha por las 8 horas de trabajo: MORDAZA MORDAZA Chaflojo e MORDAZA MORDAZA de Lino. Articulo Cuarto.Constituir una Comision Multisectorial integrada por representantes de los Sectores Publico y Privado como representantes de la Sociedad Civil, encargada de proponer, coordinar y ejecutar las actividades a desarrollarse durante el mes de marzo de cada ano. La referida Comision debera informar a la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA y al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la programacion y cumplimiento de las actividades celebratorias, al finalizar las mismas.

Articulo Quinto.- La mencionada Comision estara conformada por: . El Presidente del Gobierno Regional, quien la presidira; . Un/a representante del Gobierno Local, quien ejercera la Secretaria Tecnica . Cuatro representantes del Sector Publico (Un/a del Ministerio de Salud, Un/a del Ministerio de Educacion, Un/ a del Ministerio de Trabajo, Un/a Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, etc.) . Un/a representante del Sector Privado. . Un/a representante de la Sociedad Civil. . Un/a representante de las OSB's. Articulo Sexto.- INSTITUCIONALIZAR politicas de desarrollo social debidamente articuladas a favor de la mujer en los niveles de Estado, partiendo del Gobierno Regional y Gobiernos Locales, quienes deberan proceder a elaborar sus presupuestos respectivos desde una perspectiva de genero. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Comision Multisectorial la visualizacion de las brechas de genero existentes en cada sector a nivel regional, la misma que en el mes de MORDAZA y de ahi en forma trimestral, deben evaluar la gestion por resultados de las acciones afirmativas interinstitucionales planificadas y articuladas por nivel de gobierno, a favor de las mujeres. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Noveno.- RECOMENDAR a los Gobiernos Locales de acuerdo a sus funciones y competencias exclusivas, compartidas y delegadas conforme a ley, la implementacion de la presente Ordenanza Regional en sus respectivas jurisdicciones. Articulo Decimo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Decimo Primero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional de conformidad con lo Dispuesto en el Articulo 42º de la Ley Nº 27867. POR TANTO: Mando se publique, registre, comunique y cumpla. Dado en MORDAZA a los siete dias del mes de marzo del dos mil siete. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 169172-13

Expresan opinion sobre la problematica que vive el sector ganadero lechero a nivel nacional y en especial los ganaderos de la Region MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 104-2007-CR/GRL MORDAZA, 29 de Octubre de 2007. VISTO: el Oficio Nº 27-2007-CRPH-MTJB-GRL, conteniendo el pedido de la Consejera Regional por la Provincia de Huaura, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA respecto a su preocupacion sobre la problematica que vive el sector ganadero lechero a nivel nacional y en especial los ganaderos de la Region MORDAZA, la misma que constituye la MORDAZA cuenta lechera a nivel nacional; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal;

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