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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de julio de 2008 375597 Quinta.- Vigencia El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. 222859-7 Aprueban transferencias financieras del Programa Agua para Todos a favor del Gobierno Regional de Piura y de la Municipalidad Distrital de Salas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2008-VIVIENDA Lima, 4 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007-VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Ley Nº 28927, establece que las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, con fecha 7 de junio de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, EL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA y la Municipalidad Provincial de Sechura, con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto con código SNIP Nº 749 detallado en el Anexo 1 del citado Convenio Específi co; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 172-2007- VIVIENDA de fecha 7 de junio de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera por la suma de Un Millón cuatrocientos un mil trescientos noventa y tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 401 393,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del GOBIERNO REGIONAL DE PIURA, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código SNIP Nº 749, detallado en el Anexo 1 del citado Convenio Específi co; Que, mediante Informe Técnico Nº 110-2008/VIVIENDA/ VMCS/ PAPT-DE de fecha 18 de marzo de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto con código SNIP Nº 749, comprendido en el Convenio Específi co, hasta por la suma de Cuatro millones doscientos mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4 200 000,00);Que, con fecha 6 de junio de 2008, se suscribió la Addenda al Convenio Específi co, por la cual se acuerda ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto con código SNIP Nº 749, hasta por el monto de Cuatro Millones Doscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4 200 000,00); Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor del GOBIERNO REGIONAL DE PIURA, hasta por la suma de Cuatro Millones Doscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4 200 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código de SNIP Nº 749 detallado en el Anexo A de la presente Resolución, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B que forma parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para continuar la ejecución del Proyecto detallado en el Anexo A de la presente Resolución, quedando el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA prohibido de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecidos en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser materia de modifi cación en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 7 de junio de 2007, y su Addenda de fecha 6 de junio de 2008, suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA y la Municipalidad Provincial de Sechura, para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio señalado en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL DE PIURA COD SNIPPROYECTO TIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008 TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 749 AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE LAS LOCALIDADES DE BECARA Y LETIRA - VICE - SECHURA - PIURA INDIRECTA 4,200,000.00 4,200,000.00 TOTAL 4,200,000.00 4,200,000.00Descargado desde www.elperuano.com.pe