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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de julio de 2008 375580 Visto el mensaje Nº 68 del 23 de mayo de 2008, mediante el cual el Consulado General del Perú en Manaos, República Federativa del Brasil, propone el término de funciones del señor José Merched Chaar; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Consulado General del Perú en Manaos, República Federativa del Brasil; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; y en los artículos 127º inciso b), 128º y 129º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del señor José Merched Chaar, como Cónsul Honorario del Perú en Manaos, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3º.- Darle las gracias por los servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 222859-24 Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores el pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 185-2008-RE Lima, 4 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuación, por el importe de US$ 184,050.00 (ciento ochenta y cuatro mil cincuenta y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) y € 362,373.27 (trescientos sesenta y dos mil trescientos setenta y tres y 27/100 euros): ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CORTE PENAL INTERNACIONAL (CPI) 170,000.00 Saldo de la cuota 2006 y un pago parcialde la cuota 2007 INSTITUTO ÍTALO LATINOAMERICANO (IILA) 14,050.00 Saldo de la cuota 2006 y la cuota 2007 EUROS FONDO COMÚN DE PRODUCTOS BÁSICOS 362,373.27 ContribuciónArtículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específi ca 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2008. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 222859-25 Autorizan viaje de funcionario y de personal técnico del Ministerio y del IGN para participar en trabajos de reposición de hitos en la frontera peruano-ecuatoriana RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0828-2008-RE Lima, 3 de julio de 2008 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo acordado durante la III Reunión Ordinaria de la Comisión Mixta Permanente de Fronteras Perú–Ecuador (COMPEFEP), celebrada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, en noviembre de 2007, se ha programado trabajos relativos a la reposición de hitos desde la Boca de Capones hacia el oriente, a lo largo del cauce del río Zarumilla y sus contribuyentes; Que, en cumplimiento de los acuerdos de la III Reunión Técnica de la COMPEFEP, celebrada en la ciudad de Lima, en el mes de diciembre de 2007, se ha coordinado con el gobierno ecuatoriano el presupuesto y el cronograma de trabajo para las labores de reposición de hitos en la línea de frontera; Que, mediante la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1584, de 26 de marzo de 2008, del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, se aprobó el proyecto de presupuesto para dichos trabajos en la frontera peruano-ecuatoriana; Que, en virtud del cronograma de trabajo mencionado, entre el 02 y el 13 de junio de 2008, se llevaron a cabo trabajos de reposición de ocho hitos de referencia en el primer sector, sección occidental, en la zona correspondiente al Canal de Capones y Los Esteros; Que, a fi n de continuar con el referido cronograma de actividades, se ha convenido con el Ecuador la realización de trabajos de reposición de hitos en el mismo sector y sección en la zona comprendida entre los Hitos José María y Cazaderos Tumbes; Que, para la realización de los citados trabajos es necesario contar con el concurso de personal especializado del Instituto Geográfi co Nacional (IGN); Que, al amparo del Convenio Interinstitucional suscrito el 20 de agosto de 2007, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Instituto Geográfi co Nacional (IGN), se ha designado, mediante el Ofi cio Nº 952-2008-IGN/DGG/DLF, de 27 de junio de 2008, a dos técnicos del Instituto Geográfi co Nacional (IGN) mientras duren los trabajos de reposición de hitos en la zona de frontera en mención; Que, los trabajos de reposición de hitos aludidos serán realizados entre el 07 y el 22 de julio de 2008; Que, los gastos generados por dichos trabajos de campo están debidamente presupuestados; Teniendo en cuenta el Memorándum (DSL) Nº 0220/2008, de 26 de junio de 2008, de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el Descargado desde www.elperuano.com.pe