Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2008 (02/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2008

373295

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- APROBAR la realizacion de los "Dialogos de la OCMA con la comunidad para competir contra la corrupcion", que tiene como proposito desarrollar actividades de control preventivo a nivel interno y externo del Poder Judicial, mediante las cuales se tomara contacto con los diversos actores sociales y fuerzas MORDAZA de la sociedad que permitan ampliar y retroalimentar las politicas e internalizacion del mensaje anticorrupcion de la OCMA en el ambito nacional. Articulo Segundo.- ESTABLECER que la realizacion de los "Dialogos de la OCMA con la comunidad para competir contra la corrupcion" involucrara la participacion de todos los organos de linea de la OCMA segun corresponda en cada caso y conforme lo establezca la Jefatura Suprema de Control. Cuando estas actividades se desarrollen de manera desconcentrada podra involucrar la participacion y apoyo de las ODICMA´s, respectivas. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Desarrollo de la OCMA en coordinacion con la Gerencia General del Poder Judicial, facilite los recursos economicos, logisticos y humanos necesarios para el desarrollo de estas actividades. Asimismo, se podra gestionar los recursos que se requieran a traves de los diversos proyectos de cooperacion con los que cuenta la Oficina de Control de la Magistratura, asi como de otras agencias de la cooperacion tecnica internacional. Articulo Cuarto.- CONVOCAR la participacion ad honorem del senor doctor MORDAZA MORDAZA Ugarteche, para el apoyo metodologico y tecnico en la realizacion de los "Dialogos de la OCMA con la comunidad para competir contra la corrupcion", a quien la Oficina de Control de la Magistratura cubrira sus gastos de traslado y viaticos cuando estas actividades se realicen fuera del Distrito Judicial de Lima. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Gerencia de Administracion y Finanzas del Poder Judicial, Magistrados de la OCMA, doctor MORDAZA MORDAZA Ugarteche, Gerencia de Desarrollo de la OCMA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Supremo Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial 206430-1

VISTO, en sesion de fecha 26 de MORDAZA de 2008, de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Expediente 465/2006. TC sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa Corporacion Logistico Acuario S.A.C. por su supuesta responsabilidad en la resolucion del Contrato 002-2005.H.CH.SBS, por causal atribuible a su parte; y, atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 5 de agosto de 2005, el Hospital de Chancay y Servicios Basicos de Salud-DISA III-Lima Norte del Ministerio de Salud, en adelante la Entidad, convoco la Adjudicacion Directa Selectiva 008-2005-H-CH-SBS, segun relacion de items, para la adquisicion de material de limpieza, por un valor referencial ascendente a S/. 143,594.44 nuevos soles. 2. El 23 de agosto de 2005, se otorgo la Buena Pro de los items 3, 4, 8, 10, 11, 14, 15, 18, 23, 26, 27, 29, 35, 37, 38, 40, 41 de dicho MORDAZA de seleccion a la empresa Corporacion Logistico Acuario S.A.C., en adelante el Contratista. 3. El 6 de septiembre de 2005, la Entidad y el Contratista suscribieron el Contrato 002-2005. H.CH.SBS1 por los items adjudicados, por un monto ascendente a S/. 28,432.45 nuevos soles, pactandose un plazo de entrega de tres (3) dias de recibida las respectivas ordenes de compra. 4. El 29 de octubre, 11 de noviembre, 12 de noviembre de 2005 y 9 de enero de 2006, se generaron las Ordenes de Compra 1449, 1550, 1579 y 0020, respectivamente. 5. No habiendo cumplido el Contratista con entregar los bienes adjudicados, mediante Carta 210.UE.038H-CH-SBS-UL05, diligenciada el 3 de diciembre de 20052, la Entidad le requirio para que en el plazo no mayor de 48 horas cumpliera con sus obligaciones respecto de los productos de las Ordenes de Compra 1449, 1550 y 1579, pues, en caso contrario, se pondria en conocimiento de CONSUCODE los hechos. 6. Habiendose vencido el plazo otorgado por la Entidad para que el Contratista cumpliera con sus obligaciones y no habiendolas satisfecho, mediante Carta 213-UE.038H-CH-SBS-UL05, diligenciada notarialmente el 9 de diciembre de 20053, la Entidad le reitero el requerimiento para que cumpliera con sus obligaciones en un plazo MORDAZA de 48 horas. 7. Mediante Carta 031-UE.038-H-CH-SBS-UL-06, diligenciada notarialmente el 13 de febrero de 20064, la Entidad requirio al Contratista para que en un plazo no mayor de 48 horas cumpliera con sus obligaciones respecto de los productos de la Orden de Compra 0020, remitida el 9 de enero de 2006 pues, en caso contrario, se pondria en conocimiento del CONSUCODE los hechos. 8. Continuando el incumplimiento del Contratista con entregar los bienes referidos a las Ordenes de Compra 1449, 1550, 1579 y 0020, mediante Carta 046-UE.038-HCH-SBS-UL-06, diligenciada notarialmente el 11 de marzo de 20065, la Entidad comunico al Contratista la resolucion del Contrato 002-2005.H.CH-SBS, suscrito el 6 de septiembre de 2005, para la adquisicion de material de limpieza.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Sancionan a Corporacion Logistico Acuario S.A.C. con inhabilitacion temporal en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1456-2008-TC-S3 Sumilla: Es pasible de sancion el contratista que incumple injustificadamente el contrato, pese a haber sido requerido previamente para que ejecute las prestaciones a su cargo.

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Documento obrante a fojas 39 del expediente administrativo. Documento obrante a fojas 39 del expediente administrativo Documento obrante a fojas 53 del expediente administrativo Documento obrante a fojas 47 del expediente administrativo Documento obrante a fojas 50 del expediente administrativo

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