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El Peruano Lima, lunes 2 de junio de 2008 373312 ID DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO UBIGEO 182 LORETO ALTO AMAZONAS JEBEROS 160205183 LORETO ALTO AMAZONAS SANTA CRUZ 160210184 LORETO LORETO PARINARI 160302185 LORETO LORETO TIGRE 160303186 LORETO REQUENA ALTO TAPICHE 160502187 LORETO REQUENA CAPELO 160503188 LORETO REQUENA EMILIO SAN MARTIN 160504189 LORETO REQUENA MAQUIA 160505190 LORETO REQUENA PUINAHUA 160506191 LORETO REQUENA SOPLIN 160508 192 LORETO REQUENA TAPICHE 160509193 LORETO UCAYALI INAHUAYA 160602194 LORETO UCAYALI PADRE MARQUEZ 160603195 LORETO UCAYALI PAMPA HERMOSA 160604196 LORETO DATEM DEL MARAÑON CAHUAPANAS 160702197 LORETO DATEM DEL MARAÑON MORONA 160704198 MADRE DE DIOS MANU FITZCARRALD 170202199 MOQUEGUA GENERAL SANCHEZ CERROLLOQUE 180206 200 PIURA AYABACA JILILI 200203 201 PIURA AYABACA LAGUNAS 200204 202 PIURA AYABACA SICCHEZ 200209 203 PUNO CARABAYA ITUATA 210307204 PUNO EL COLLAO CAPASO 210502205 PUNO LAMPA PARATIA 210707206 PUNO LAMPA VILAVILA 210710 207 PUNO SAN ANTONIO DE PUTINASINA 211005 208 PUNO SANDIA PATAMBUCO 211204 209 SAN MARTIN BELLAVISTA ALTO BIAVO 220202210 SAN MARTIN EL DORADO SHATOJA 220305 211 SAN MARTIN HUALLAGA ALTO SAPOSOA 220402 212 SAN MARTIN PICOTA TRES UNIDOS 220710 213 SAN MARTIN SAN MARTÍN CHIPURANA 220905 214 SAN MARTIN SAN MARTÍN EL PORVENIR 220906215 SAN MARTIN SAN MARTÍN HUIMBAYOC 220907216 SAN MARTIN SAN MARTÍN PAPAPLAYA 220911217 SAN MARTIN TOCACHE SHUNTE 221004218 TACNA TACNA PALCA 230107 219 TACNA CANDARAVE CURIBAYA 230204220 TACNA CANDARAVE HUANUARA 230205 221 TACNA TARATA ESTIQUE 230403 222 TACNA TARATA SUSAPAYA 230406 223 TUMBES CONTRALMIRANTE VILLARCANOAS DE PUNTA SAL 240203 224 UCAYALI ATALAYA YURUA 250204 225 UCAYALI PADRE ABAD CURIMANA 250303 Fuente: Información de disponibilidad de servicios por distrito proyectada a Marzo 20008 (DGRAIC) y Planes de Expansión (DGCC). Nota: Se han considerado los compromisos de expansión de los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones, por la aplicación del nuevo modelo de canon para los servicios móviles, así como aquellos producto de concursos públicos. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. ANTECEDENTES1.1. El artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, dispone que las telecomunicaciones se prestan bajo el principio de servicio con equidad. El derecho a servirse de ellas se extiende a todo el territorio nacional promoviendo la integración de los lugares más apartados de los centros urbanos. 1.2. Es así que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2003-MTC, se aprobaron los “Lineamientos de Política para promover mayor acceso a los Servicios de Telecomunicaciones en áreas rurales y lugares de preferente interés social”, disponiendo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, adoptarán las disposiciones necesarias para adecuar la normativa vigente a los principios y políticas contenidas en los citados lineamientos. 1.3. En igual sentido, el artículo 16º del Título I “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú” incorporado al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, por Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, fomentarán la expansión de las redes y servicios públicos de telecomunicaciones, priorizando los distritos no atendidos por algún tipo de servicio. 1.4. Sin embargo, de acuerdo a las estadísticas del Subsector, a marzo de 2008, aún contamos con 1020 distritos que carecen de acceso al servicio telefónico fi jo, 557 distritos carecen de acceso al servicio de telefonía móvil y 321 distritos no cuentan con servicios de telefonía fi ja, móvil, ni Internet. Es por ello que, se requiere adoptar medidas adicionales a fi n de cumplir con la meta de proveer de servicios públicos de telecomunicaciones a dichos distritos. 2. PROPUESTAEn vista de lo señalado, y, considerando la necesidad de seguir promoviendo las inversiones en estas localidades, se requiere llevar a cabo las siguientes acciones: i. Adoptar nuevas políticas destinadas a reducir la brecha de infraestructura existente; ii. Perfeccionar el marco normativo vigente con la fi nalidad de incentivar la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en áreas rurales y lugares de preferente interés social; y, iii. Consolidar en un solo texto normativo las disposiciones que existen sobre la materia. En virtud a ello, se propone principalmente, lo siguiente: a. Incluir las defi niciones de área rural y operador rural. En cuanto a la defi nición de área rural, se propone recoger la defi nición de área rural que, actualmente, se encuentra prevista en el artículo 16º del Reglamento del FITEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-MTC. En lo que respecta a la defi nición de operador rural, es preciso señalar que la legislación vigente en materia de telecomunicaciones, no recoge la fi gura de “operador rural”. Es por ello que se propone incluir la defi nición de operador rural, como aquella persona natural o jurídica que cuenta con un título habilitante otorgado por el Ministerio para prestar servicios públicos de telecomunicaciones, que opera en áreas rurales o lugares de preferente interés social y que i) posea al menos el ochenta por ciento (80%) del total de sus líneas fi jas en servicio en áreas rurales y/o lugares de preferente interés social, tratándose de operadores del servicio de telefonía fi ja; o ii) tenga al menos ochenta por ciento (80%) del total de las conexiones de acceso a Internet en servicio en áreas rurales y/o lugares de preferente interés social, tratándose de proveedores de acceso a Internet. Al respecto, es preciso mencionar que dicha fi gura se encuentra prevista en el Anexo al Capítulo 14 del Acuerdo de Promoción Comercial con EE.UU. (TLC), aunque referida únicamente al servicio de telefonía fi ja. Sin embargo, consideramos adecuada la extensión de la defi nición de operador rural a las personas naturales o jurídicas que proveen acceso a Internet. Ello, considerando que una de las metas previstas en los “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú”, se encuentra referida al incremento de conexiones de banda ancha en el país, por lo que se requiere promover su desarrollo.ANTEPROYECTO Descargado desde www.elperuano.com.pe