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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (02/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de junio de 2008 373300 dominio privado del Estado procede cuando haya perdido la naturaleza o condición apropiada para su uso público o para prestar un servicio público, y será aprobada por la SBN, de acuerdo con sus respectivas competencias; Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0219-2008/SBN-GO-JAD, de fecha 22 de mayo de 2008, resulta necesario proceder a la desafectación del citado terreno, a fi n de proponer su venta por subasta pública; Que, de acuerdo a lo señalado en el literal l) del artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolución N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente y la política institucional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29151, Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Resolución Nº 315-2001/SBN, Resolución N° 007-2007/SBN; y, SE RESUELVE:Artículo 1°.- Declárese la desafectación del dominio público del predio de 210,90 m² ubicado en la Avenida Túpac Amaru, Lote 14 de la Manzana “U” de la Urbanización Carabayllo, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito a nombre del Estado en la Ficha N° 66045 del Registro de Predios de Lima. Artículo 2°.- Por el mérito de la presente Resolución, la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos procederá a inscribir la desafectación dispuesta en el artículo precedente. Regístrese y publíquese.MARIELLA NUÑEZ HERNANDEZ Jefe (e) de Adjudicaciones 207167-1 JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 064-2008/SBN-GO-JAD San Isidro, 23 de mayo de 2008Visto, el Expediente N° 079-2008/SBNJAD en el que se sustenta la adjudicación en venta por subasta pública del predio de 1 196,00 m² ubicado en el Lote 2 de la Manzana “W”, Sector II, Barrio 3 del Programa Ciudad Mariscal Cáceres, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, el cual debe ser desafectado de su condición de dominio público, por cuanto constituye un área reservada como Aporte Reglamentario a favor del Estado; CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en mérito a la Ley N° 29151, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA, es el organismo público descentralizado, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social; Que, el Estado es propietario del inmueble de 1 196,00 m² ubicado en el Lote 2 de la Manzana “W”, Sector II, Barrio 3 del Programa Ciudad Mariscal Cáceres, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P02103306 del Registro de Predios de Lima y con Registro SINABIP Nº 1591 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal – SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, el Estado ha recibido un área reservada por concepto del 2% de Aporte Reglamentario, el predio descrito en el considerando precedente, el cual es materia de desafectación del dominio público, toda vez que de la inspección técnica de fecha 09 de abril de 2008, se ha verifi cado que no viene siendo utilizado para un uso público o preste un servicio público; Que, el artículo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectación de un bien de dominio público, al dominio privado del Estado procede cuando haya perdido la naturaleza o condición apropiada para su uso público o para prestar un servicio público, y será aprobada por la SBN, de acuerdo con sus respectivas competencias; Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0218-2008/SBN-GO-JAD, de fecha 22 de mayo de 2008, resulta necesario proceder a la desafectación del citado terreno, a fi n de proponer su venta por subasta pública; Que, de acuerdo a lo señalado en el literal l) del artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolución N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente y la política institucional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29151, Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Resolución Nº 315-2001/SBN, Resolución N° 007-2007/SBN; y, SE RESUELVE:Artículo 1°.- Declárese la desafectación del dominio público del predio de 1 196,00 m² ubicado en el Lote 2 de la Manzana “W”, Sector II, Barrio 3 del Programa Ciudad Mariscal Cáceres, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito a nombre del Estado en la Partida Registral N° P02103306 del Registro de Predios de Lima. Artículo 2°.- Por el mérito de la presente Resolución, la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos procederá a inscribir la desafectación dispuesta en el artículo precedente. Regístrese y publíquese. MARIELLA NUÑEZ HERNANDEZ Jefe (e) de Adjudicaciones 207167-2 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Exoneran de procesos de selección la adquisición de bienes y contratación de servicios por situación de emergencia en el Gobierno Regional de Piura ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 451-2008/GRP-CR Piura, 23 de mayo de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe