Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2008 (02/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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373301

VISTOS:

-El Informe Legal N° 1107-2008/GRP-460000, de fecha 21 de MORDAZA de 2008, de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, emitiendo opinion legal respecto a la Exoneracion de Procesos de Seleccion por causal de Situacion de Emergencia, de conformidad con el Decreto Supremo N° 016-2008-PCM; - Los Informes N° 0576-2008/GRP-440310 y 05792008/GRP-440310, de fechas 14 y 15 de MORDAZA del 2008, de la Direccion de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura. CONSIDERANDO:

Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192° inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el inciso a. del articulo 15° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por Ley N° 27902, senala como atribucion del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal c) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal; Que, el articulo 22° de la referida Ley, establece que la situacion de emergencia, es aquella en que la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de un acontecimiento catastrofico, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional; ello en concordancia con lo senalado por el articulo 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 137-2007-EF, donde se establece que "la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, debiendo adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, despues de lo cual debera convocarse los procesos de seleccion que correspondan"; Que, con Acuerdo de Consejo Regional N° 430-2008/ GRP-CR, del 22 de febrero del 2008, se declaro, de conformidad con el articulo 22° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y articulo 1° del Decreto Supremo N° 1372007-EF, en Situacion de Emergencia al Departamento de MORDAZA, debido al impacto de las fuertes lluvias y desbordes por erosion de los MORDAZA Chira y Piura; y con Acuerdo de Consejo Regional N° 431-2008/GRP-CR del 22 de febrero del 2008, se Solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-88-SGMD, Decreto Supremo N° 058-2001-PCM y Decreto Supremo N° 069-2005-PCM, emita opinion previa favorable y eleve la presente solicitud a la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin de que se Declare el Estado de Emergencia por desastres de origen natural, por espacio de sesenta (60) dias al departamento de MORDAZA, debido al impacto de las fuertes lluvias y desbordes por erosion de los MORDAZA Chira y Piura; Que, con Decreto Supremo N° 016-2008-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28 de febrero de 2008, se Declara el Estado de Emergencia por desastre natural entre otros al Departamento de MORDAZA, por el plazo de (60) sesenta dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, con Decreto Supremo N° 032-2008-PCM,

publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de MORDAZA del 2008, se prorroga, por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 29 de MORDAZA del 2008, el Estado de Emergencia en los Departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali, para que se ejecuten las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, mediante Informe Nº 0576-2008/GRP-440310, de fecha 14 de MORDAZA del 2008, la Direccion de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura, remite informe sustentatorio respecto a la ejecucion de obras de mantenimiento de trochas, mantenimiento de drenes realizados por la emergencia suscitada a raiz de las precipitaciones pluviales que se han presentado en la Region Piura; las obras ejecutadas son las siguientes: Obra: "Defensa Riberena Margen Derecho Rio MORDAZA Tramo MORDAZA Oscuro ­ La Cordillera Distrito de Bernal", cuyo objetivo fue construir obras de defensa riberena, MORDAZA dique en el rio MORDAZA que protegera de la inundacion a los centros poblados de El Tallan, MORDAZA, MORDAZA del Chilco, Sinchao Chico, Ceritos, MORDAZA Oscuro, La Cordillera y El Pedregal, con un valor referencial ascendente a Quinientos Sesenta y Tres Mil Ciento Cinco y 00/100 nuevos soles (S/. 563,105.00); Obra: "Reforzamiento y Proteccion de Dique Rio MORDAZA Tramo: MORDAZA Independencia ­ Sifon de Dren 13.08 Cura Mori", cuyo objetivo es el reforzamiento del dique que brinda proteccion a varios pueblos del Bajo MORDAZA, para no perjudicar las labores agricolas que ahi se desarrollan, con un valor referencial ascendente a Ciento Cincuenta y seis Mil Setecientos Sesenta y Uno y 39/100 (S/. 156,761.39); Obra: "Mantenimiento Dren Sechura ­ Meta Limpieza, Desbroce del Dren Sechura Tramo MORDAZA MORDAZA Caserio La Legua", cuyo objetivo era evitar desbordamientos y aniegos que podrian ocasionar focos infecciosos que afectaran la salud de la poblacion, con un valor referencial Ciento Ochenta y Cinco Doscientos Setenta y Seis y 77/100 nuevos soles (S/. 185,276.77); Obra: "Limpieza y Descolmatacion Dren 13.08 Tramo: MORDAZA Cucungura ­ Acceso Predio Chato de Agricultores", cuyo objetivo era mejorar las condiciones de evacuacion del Dren 13.08, para un adecuado drenaje MORDAZA y pluvial, con un valor referencial ascendente a Sesenta y Ocho Mil Seiscientos Dos y 25/100 nuevos soles (S/. 68,602.25); Obra: "Mantenimiento de las Vias Avda. MORDAZA MORDAZA interseccion Avda. MORDAZA, Avda. MORDAZA Civil", cuyo objetivo fue mejorar la Avda. MORDAZA MORDAZA, Avda. MORDAZA, Avda. MORDAZA Civil y MORDAZA MORDAZA, a efecto de mejorar el MORDAZA ante la visita del APEC, con un valor referencial ascendente a Ciento Cuarenta Mil Trescientos Cuarenta y Nueve y 72/100 nuevos soles (S/. 140,349.72); Que, mediante Informe Nº 0579-2008/GRP-440310, de fecha 15 de MORDAZA del 2008, la Direccion de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura, remite informe sustentatorio sobre adquisicion de combustible con un valor referencial ascendente a Un Millon Ciento Sesenta y Dos Mil Ciento Setenta y Cinco y 40/100 nuevos soles (S/. 1'162,175.40), con motivo de la emergencia por eventos pluviales, a efectos de dar mantenimientos, rehabilitar trochas, y la descolmatacion y limpieza de drenes en diferentes localidades de nuestra region. Manifiesta que las intensas precipitaciones pluviales que se vienen presentando desde el mes de febrero del 2008 en la Region MORDAZA, originan escorrentias e incremento de caudales en los MORDAZA y quebradas, esta situacion produce inundaciones, desbordamientos, deslizamientos, derrumbes de masas de tierra, y erosiones en las infraestructuras viales y agricolas, asi como tambien dano en las precarias viviendas de las comunidades rurales; Que, con Informe Legal N° 1107-2008/GRP-PECHP460000, de fecha 21 de MORDAZA de 2008, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, emite opinion legal respecto a la Exoneracion de Procesos de Seleccion por causal de Situacion de Emergencia de conformidad con el Decreto Supremo N° 016-2008-PCM; concluyendo, que la situacion de emergencia esta claramente establecida, puesto que con fecha 28 de febrero del 2008, fue emitido el Decreto Supremo Nº 016-2008-PCM, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia por desastre natural, entre otros

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