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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (13/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de junio de 2008 373990 Que, en consecuencia resulta necesario celebrar un Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura - OEI, y transferir los recursos para tal fi n; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29142, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la suscripción del Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura - OEI, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, con cargo al presupuesto modifi cado del Pliego 010: Ministerio de Educación. Artículo 2º.- Autorizar al Secretario General del Ministerio de Educación a suscribir el Convenio de Administración de Recursos a que se refi ere el artículo precedente. Artículo 3º.- Autorizar al Ministerio de Educación a transferir recursos hasta por el monto de S/. 734,561.00 (SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES); al organismo internacional referido en la presente resolución, para cuyo efecto deberá fi jar los procedimientos administrativos que correspondan conforme a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 212907-6 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión temporal a la Empresa de Generación Eléctrica San Gabán S.A. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad sobre generación de energía eléctrica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2008-MEM/DM Lima, 2 de junio de 2008VISTO: El Expediente Nº 21159908, sobre otorgamiento de concesión temporal de generación para desarrollar estudios de la futura Central Hidroeléctrica San Gabán IV, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA SAN GABÁN S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11000181 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Puno; CONSIDERANDO:Que, EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA SAN GABÁN S.A. mediante documento con registro de ingreso Nº 1768980, de fecha 25 de marzo de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica San Gabán IV, para una potencia instalada estimada de 130 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de Ollachea, Macusani y Corani, provincia de Carabaya, departamento de Puno, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente;Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el titular de la concesión temporal asume la obligación de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 103-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA SAN GABÁN S.A., que se identifi cará con el código Nº 21159908, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica San Gabán IV con una potencia instalada estimada de 130 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Ollachea, Macusani y Corani, provincia de Carabaya, departamento de Puno, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 341 674 8 475 737 2 337 083 8 475 738 3 334 455 8 473 639 4 331 399 8 467 875 5 336 051 8 461 134 6 340 449 8 465 326 7 344 661 8 471 523 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 209709-1 INTERIOR FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 004-2008-IN Mediante Ofi cio Nº 356-2008-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 004-2008-IN, publicado en la edición del 10 de junio de 2008. Descargado desde www.elperuano.com.pe