Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2008 (13/06/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

374006

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de junio de 2008

17. En efecto, queda mas que probado el cumplimiento del tercer requisito y la importancia que tiene la expropiacion del terreno patentizada en la construccion de lagunas de oxidacion para el tratamiento de las aguas servidas de Arequipa. No solo porque se garantiza el derecho a la salud de la poblacion arequipena, sino tambien reprotege el derecho a la MORDAZA reconocido por la Constitucion. 18. Por tanto, este Tribunal Constitucional considera que la Ley cuestionada (Ley Nº 28162) y la Ley interpretada (Ley Nº 27160) respetan todas las garantias minimas contempladas en el articulo 70º de la Constitucion. Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitucion Politica del Peru HA RESUELTO Declarar INFUNDADA inconstitucionalidad interpuesta. Publiquese y notifiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTELLI MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAYEN ETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA 212299-1 la demanda de

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Derogan resolucion que aprobo el "Procedimiento para la supervision de la seguridad de las instalaciones electricas en establecimientos publicos"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 447-2008-OS/CD MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Memorando Nº GFE-569-2008 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la derogacion de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 084-2005-OS/CD, que aprobo el "Procedimiento para la supervision de la seguridad de las instalaciones electricas en establecimientos publicos". CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28151 que modifico la Ley Nº 26734, establecio que OSINERGMIN tiene como funcion fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones tecnicas y legales del subsector electricidad, referidas a la seguridad y riesgos electricos, por parte de empresas de otros sectores, asi como de toda persona natural o juridica de derecho publico o privado; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 084-2005-OS/CD se aprobo el "Procedimiento para la supervision de la seguridad de las instalaciones electricas en establecimientos publicos", en la que, ademas de senalarse la supervision de la seguridad de las

instalaciones electricas en los Establecimientos Publicos, se establecieron las obligaciones de los responsables de estos establecimientos para que mantengan en buen estado las instalaciones electricas interiores; Que, el 5 de MORDAZA de 2007 se publico el Decreto Supremo Nº 034-2007-PCM, en cuyo articulo 1º se establecio que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI debera coordinar con los sectores y organismos reguladores, con competencia en materia de seguridad, el cumplimiento de las acciones de reduccion de riesgo en la infraestructura de uso publico que se viene ejecutando como parte del Plan Nacional de Prevencion y Atencion de Desastres, a efecto de determinar los mecanismos tecnico - legales que permitan el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad por parte de los propietarios, administradores y/o conductores de inmuebles, instalaciones y/o recintos de propiedad privada, de dominio privado del Estado y/o de dominio publico en los que reside, labora o concurre publico; sin perjuicio de las acciones inmediatas que se ejecuten para el cumplimiento de lo dispuesto en dicha norma; Que, asimismo, en el articulo 2º del referido Decreto Supremo, se precisa que los organos componentes del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, en el MORDAZA del procedimiento de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil, son los encargados de establecer en los locales mencionados en el articulo 1º del referido Decreto Supremo, la situacion de riesgo electrico a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28151. En consecuencia, se senala que declarada la situacion de riesgo electrico grave por parte de los organos ejecutantes de inspecciones tecnicas del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, estos informaran de tal hecho al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, a fin que proceda a disponer la suspension de la actividad que la provoque o el corte del servicio, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 28151. Se establece, ademas, que el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN solo autorizara la reanudacion de las actividades o la reposicion del servicio electrico en caso que el organo competente del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI informe que se han superado las deficiencias encontradas en la inspeccion; Que, en ese sentido, considerando que el Decreto Supremo Nº 034-2007-PCM ha establecido un mecanismo de supervision distinto al senalado en el "Procedimiento para la supervision de la seguridad de las instalaciones electricas en establecimientos publicos" el cual esta a cargo de los organos componentes del SINADECI, ha devenido en inaplicable dicho procedimiento; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Derogar la Resolucion de Consejo Directivo Nº 084-2005-OS/CD que aprobo el "Procedimiento para la supervision de la seguridad de las instalaciones electricas en establecimientos publicos". Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 211695-1

Modifican rubro 9 de la Tipificacion de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones contenida en la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 449-2008-OS/CD MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.