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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de junio de 2008 374570 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES (a.i.) VISTA: La convocatoria de la Escuela de Seguros de Chile, institución perteneciente a la Asociación de Aseguradores de Chile, con el fi n de participar en el Diplomado Internacional en Ingeniería Actuarial, organizado por la citada entidad y la Asociación de Peruana de Empresas de Seguros (APESEG), el mismo que se llevará a cabo del 23 al 27 de junio de 2008 en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile y del 8 al 12 de setiembre de 2008 en la ciudad de Lima, República de Perú; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento, dirigido especialmente a profesionales de la región latinoamericana dedicados a la industria de seguros o representantes de las autoridades supervisoras y reguladoras de las instituciones de seguros y privadas de pensiones, tiene como principal objetivo ampliar el conocimiento de los participantes respecto de las herramientas modernas de la ciencia actuarial, otorgar una visión global de las tendencias internacionales y los desafíos que enfrenta el actuario, proveer herramientas y experiencias en el uso de modelos apropiados para la comprensión del riesgo en un rango amplio de trabajos actuariales y la construcción y evaluación de modelos actuariales aplicada a seguros de vida, pensiones, salud y seguros generales; Que, asimismo en el indicado evento se desarrollarán temas relacionados con el seguro y los riesgos, estadísticas y probabilidades, modelos actuariales, métodos estadísticos, principios del gerenciamiento actuarial, matemática fi nanciera, matemática actuarial, tablas de mortalidad y estudios de longevidad, inversiones y manejo de activos, cálculo de reservas y contingencias en riesgos técnicos, entre otros, aspectos de gran relevancia para el adecuado cálculo de las reservas técnicas y de los requerimientos patrimoniales; Que, en tanto los temas a tratar en el Diplomado serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de regulación, supervisión, especialmente de los riegos técnicos, y procesos internos de la SBS, se ha designado en esta oportunidad, a los señores Julio Pérez Trujillo, Jefe de Supervisión de Seguros y Francisco Dávila Merel, Supervisor Principal de Seguros del Departamento de Análisis y Supervisión de Riesgos de Seguros de la Superintendente Adjunta de Seguros, y a los señores Luis Romaní Navarro, Supervisor Principal de AFP y Miguel Rivera Melgar, Supervisor de AFP del Departamento de Supervisión de Benefi cios de la Superintendencia Adjunta de AFP, para que participen en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-11, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2008, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en la Primera Parte del indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y la Resolución SBS N° 2229-2008, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2008, Nº SBS-DIR-ADM-085-11; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Julio Pérez Trujillo , Jefe de Supervisión de Seguros y Francisco Dávila Merel , Supervisor Principal de Seguros del Departamento de Análisis y Supervisión de Riesgos de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros, y a los señores Luis Romaní Navarro , Supervisor Principal de AFP y Miguel Rivera Melgar , Supervisor de AFP del Departamento de Supervisión de Benefi cios de la Superintendencia Adjunta de AFP de la SBS, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile del 22 al 28 de junio de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008, de acuerdo al siguiente detalle: Julio Pérez Trujillo Pasajes US$ 743,99 Viáticos US$ 1200,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 Francisco Dávila Merel Pasajes US$ 743,99 Viáticos US$ 1200,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 Luis Romaní Navarro Pasajes US$ 743,99 Viáticos US$ 1200,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 Miguel Rivera Melgar Pasajes US$ 743,99 Viáticos US$ 1200,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 216601-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Disponen la modificación de Precios en Barra en Subestaciones Base aplicables al SEIN y de sus fórmulas de actualización Tarifaria, de peajes por conexión y por conexión unitarios del Sistema Principal de Transmisión RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 461-2008-OS/CD Lima, 20 de junio de 2008 Que, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “OSINERGMIN”), mediante Resolución OSINERGMIN N° 341-2008-OS/CD (en adelante “Resolución 341”), fi jó los Precios en Barra para el período mayo 2008 – abril 2009 y, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 342-2008-OS/CD (en adelante “Resolución 342”), modifi có las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión correspondiente al período mayo 2008 – abril 2009, de las empresas concesionarias de Transmisión Eléctrica, que suscribieron contratos al amparo del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración presentados por diferentes interesados, contra las resoluciones Descargado desde www.elperuano.com.pe