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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (28/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 187

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de junio de 2008 375157 Reunión Anual del Consejo de Administradores de los Programas Antárticos Nacionales (COMNAP); Que, el Perú es miembro consultivo del Tratado Antártico, así como del Consejo de Administradores de los Programas Nacionales Antárticos (COMNAP) y en tal calidad le asiste el derecho a participar en la reunión antes indicada; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, es el ente rector encargado de formular, coordinar, conducir y supervisar en forma integral la Política Nacional Antártica y de formular e implementar el Programa Antártico Nacional; Que, es conveniente para la gestión antártica peruana la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Asesoría del Despacho Ministerial para Asuntos Antárticos, en las reuniones de la citada organización; Que, conforme al Plan Operativo Anual (POA) y Plan de Viajes al Exterior 2008 del Ministerio de Relaciones Exteriores, se tiene prevista su participación en la XX Reunión Anual del Consejo de Administradores de los Programas Nacionales Antárticos (COMNAP) - Órgano del Sistema del Tratado Antártico; Teniendo en cuenta los Memoranda (IAP) Nº 235- 2008, Nº 242-2008 y Nº 249-2008, de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos, de 12, 18 y 24 de junio de 2008, respectivamente; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Noela María Eufemia Pantoja Crespo, funcionaria de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos, para que en representación del Perú participe en la XX Reunión del Consejo de Administradores de los Programas Nacionales Antárticos (COMNAP), que se realizará en la ciudad de San Petersburgo, Federación de Rusia, del 29 de junio al 4 de julio de 2008. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Noela María Eufemia Pantoja Crespo, del 29 de junio al 4 de julio de 2008, a la ciudad de San Petersburgo, Federación de Rusia, a fi n que participe en la referida reunión. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33879: Promoción de Acciones de Investigación Científi ca y del Medio Ambiente Antártico, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Noela María Eufemia Pantoja Crespo 2,430.11 260.00 6+2 2,080.00 30.25 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, la mencionada funcionaria deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado.Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 218773-1 SALUD Aprueban Adenda Nº 2 al Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Salud y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2008-SA Lima, 27 de junio del 2008CONSIDERANDO:Que, el artículo 58º de la Constitución Política del Perú, referido a los Principios Generales, establece que el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura; Que, a su vez, la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, en su numeral II del Título Preliminar, establece que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado, regularla, vigilarla y promoverla; igualmente, el numeral VI del mismo Título, establece que es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el artículo 37º del referido cuerpo legal, señala que los establecimientos de salud y los servicios médicos de apoyo, cualquiera sea su naturaleza o modalidad de gestión, deben cumplir los requisitos que disponen los reglamentos y normas técnicas que dicta la Autoridad de Salud a nivel nacional; Que, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 038- 2007, con fecha 13 de noviembre del 2007, se suscribió el Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Salud y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, cuyos alcances fueron ampliados mediante la Adenda Nº 1 aprobada por Resolución Suprema Nº 020-2007-SA, con el fi n de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia a los que se compromete el Ministerio de Salud y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, para lo cual se considera entre otros, la prestación de asistencia técnica, adquisición de bienes para mejorar el servicio de la salud, la adquisición de ambulancias y equipos médicos, ejecutar obras civiles para la construcción de hospitales de campaña y la realización de consultorías necesarias para el logro de los objetivos y metas institucionales del Ministerio; Que, mediante Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2008, se autoriza a las Entidades del Gobierno Nacional, durante los años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administración de sus recursos. Dichas modalidades deben contar previamente, con un informe de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y benefi cios de su concertación, así como la disponibilidad de los recursos y su fi nanciamiento, y aprobarse por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente, señalándose que el procedimiento de suscripción de tales Convenios se empleará también para el caso de las adendas, revisiones u otros, que amplíen la vigencia, modifi quen o añadan metas no contempladas originalmente;Descargado desde www.elperuano.com.pe