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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de junio de 2008 375171 d) del artículo 40°); que las solicitudes de licencia con goce de haber son derivadas a la Secretaria General, para su aprobación o denegación (artículo 42°); que la licencia requerirá de autorización previa y escrita del Jefe inmediato o Gerente del Área (Artículo 43°); que la Presidencia del JNE podrá apoyar a los trabajadores en actividades de capacitación no contempladas en el Plan de Capacitación, debidamente sustentadas y siempre que el caso sea excepcional y reditúe benefi cios para la institución (artículo 91°); y que podrá otorgarse licencia con goce de haber por capacitación ofi cializada, estudios o becas, cuya aplicación contribuya en benefi cio de la institución (artículo 92°); De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución N° 134-2005/JNE, y el Reglamento Interno de Trabajo del JNE, aprobado mediante la Resolución N° 090-2006-P/JNE. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el otorgamiento de la Licencia con goce de haber y autorizar el viaje del doctor José Luis Echevarría Escribens, Gerente de Fiscalización Electoral, en vía de regularización, por los días laborables del período comprendido entre el 3 al 6 de junio de 2008, por motivo de capacitación en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, conforme a lo expresado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar el apoyo a la capacitación del trabajador señalada en el artículo anterior sufragando sólo el costo de los pasajes y gastos de transporte, hasta por el monto de S/. 2,300.00 (Dos mil trescientos con 00/100 Nuevos Soles). Artículo 3°. - El funcionario indicado en el artículo 1° de la presente Resolución deberá presentar el correspondiente informe sobre la capacitación recibida a su jefe inmediato y las rendiciones que correspondan. Artículo 4°.- Transcribir la presente Resolución a la Gerencia de Administración y Finanzas y al interesado para su conocimiento y los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 219618-2 Autorizan viaje de Secretario General del JNE para participar en seminario sobre controles en procesos electorales que se realizará en Colombia RESOLUCIÓN N° 126-2008-P/JNE Lima, 27 de junio de 2008Vistos, los Memorandos N° 239-2008-SG/JNE y N° 263-2008-SG/JNE de la Subsecretaría General, así como las Certifi caciones N° 0661-2008-GPDE/JNE y N° 0692-2008-GPDE/JNE expedida por la Gerente de Planeamiento y Desarrollo Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Carta de fecha 23 de mayo de 2008, la Directora General de Política Interior del Ministerio del Interior del Reino de España invita al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones para participar en el “Seminario Iberoamericano sobre los Controles en los Procesos Electorales: Controles Internos y Externos, de naturaleza judicial y económica. Una perspectiva comparada”, a realizarse durante los días 1 a 4 de julio de 2008, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia; asimismo, informa que en dicho evento se han previsto ponencias magistrales, mesas de debate y talleres de trabajo, donde se analizarán las diferentes formas de control electoral existentes en América Latina y España, prestando especial atención a la fi scalización de los partidos políticos y al control de la campaña electoral; además, señala que los gastos de alojamiento y manutención serán cubiertos por el Centro de Formación de la Cooperación Española; Que, la participación de un representante del Jurado Nacional de Elecciones, en el evento referido en el considerando anterior, resulta de interés institucional específi co, pues el intercambio de experiencias y conocimientos en un foro internacional sobre el tema de Controles en los Procesos Electorales converge con los esfuerzos que viene realizando nuestra Entidad para el mejoramiento de las funciones encomendadas por la Constitución Política del Perú y la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, además de contribuir a la promoción de nuestro sistema electoral, base de la estabilidad democrática y de la gobernabilidad de nuestro país, lo que constituye una acción de promoción de importancia para el Perú; por lo que, atendiendo a que el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones no podrá asistir al mencionado evento debido a que debe realizar funciones que requieren su presencia en nuestro país, resulta conveniente comisionar en su lugar al señor Secretario General para que participe en el evento antes señalado, autorizando su viaje a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, así como el respectivo permiso por comisión de servicios no sujeto a descuento; Que, con la Certifi caciones N° 0661-2008-GPDE/ JNE y N° 0692-2008-GPDE/JNE, de fechas 20 y 27 de junio de 2008, respectivamente, la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral informa la existencia de crédito presupuestario, para la comisión de servicios del funcionario antes mencionado, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2008; Que, de conformidad con el artículo 1° de la Ley N° 27619, los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, deben ser autorizados por la más alta autoridad de la respectiva institución; y, en el caso del Jurado Nacional de Elecciones, conforme al artículo 22° de su Ley Orgánica, Ley N° 26486, y los artículos 15°, 16° y 19°, inciso c), de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución N° 134-2005-JNE, el Presidente es su máxima autoridad administrativa, representante ofi cial y Titular del Pliego; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, así como la Ley N° 29142; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor doctor Juan Teodoro Falconí Gálvez, Secretario General del Jurado Nacional de Elecciones, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 30 de junio al 04 de julio de 2008, así como el correspondiente permiso por comisión de servicios no sujeto a descuento, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El Jurado Nacional de Elecciones cubrirá, con recursos ordinarios, los siguientes gastos: Pasajes y gastos de transporte (incluye diferencia de tarifa, cambio de nombre y TUUA)S/. 2,886.00 Los gastos de alojamiento y estadía serán cubiertos por los organizadores del evento detallado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 219618-1Descargado desde www.elperuano.com.pe