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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de junio de 2008 375170 y mejores prácticas de las Entidades Fiscalizadoras Superiores y otras instituciones relevantes para mantener mecanismos de auditoría adecuados antes de que ocurra una catástrofe, y promover el intercambio de información como base para una coordinación efectiva y efi caz de las auditorías; Que, asimismo el citado Grupo persigue fomentar la transparencia de la ayuda en el proceso de transferencia entre los donantes y benefi ciarios o receptores, así como facilitar la información entre dichos agentes en las situaciones de catástrofes por las que atraviesen los países; debiendo sobre la base de la experiencia adquirida, desarrollar mejores prácticas para la rendición de cuentas por la ayuda para catástrofes, a nivel de los gobiernos nacionales, instituciones internacionales y organizaciones no gubernamentales; Que, la discusión técnica estará enfocada en el trabajo de dos áreas funcionales que comprende: a) Las actividades orientadas a desarrollar la guía y buenas prácticas en el área de rendición de cuentas; y b) El desarrollo de guías y buenas prácticas en el área de auditoría a través de las Entidades Fiscalizadoras Superiores- EFS. Asimismo, se llevarán a cabo actividades conducentes a la división de responsabilidades y organización interna del Grupo de Trabajo; Que, la participación de la Contraloría General de la República, en la citada reunión, conllevará la adquisición de conocimientos e intercambio de información de las Entidades Fiscalizadoras Superiores vinculadas a la rendición de cuentas y la auditoría para la ayuda en casos de catástrofes, lo cual posibilitará la mejora del control gubernamental respecto de instituciones relacionadas con la protección, prevención de daños en casos de desastres o calamidades de toda índole como es el caso el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, órgano rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil, el cual se encuentra bajo el ámbito de la Gerencia de Sector Defensa de este Organismo Superior de Control; Que, asimismo, la Contraloría General de la República, a partir del sismo ocurrido el 15 de agosto de 2007, adoptó acciones de control preventivo para apoyar el proceso de atención a los damnifi cados en la situación de emergencia nacional, para lo cual aprobó la Directiva Nº 02-2007-CG/CA “Directiva para el Ejercicio del Control Preventivo del Sistema Nacional de Control, ante una declaración de Estado de Emergencia por Catástrofe”, la cual establece entre otros, la promoción de la transparencia en la asistencia y la generación de confi anza en la ciudadanía damnifi cada, así como en las personas o entidades cooperantes nacionales o extranjeras; situación que permitió adquirir experiencia institucional en apoyo a las acciones de la emergencia suscitada; siendo que la participación en el citado evento coadyuvará a mejorar el ejercicio del citado control preventivo; Que, en consecuencia, resulta conveniente la participación de la señora Eco. Juana Llacsahuanga Chávez, Gerente del Sector de Defensa de la Gerencia Central de Control de la Contraloría General de la República, en el evento que refi ere la presente resolución; Que, los gastos de pasajes aéreos, viáticos y pago de tarifa Corpac, serán asumidos con cargo a los recursos del Pliego Presupuestal: 019 Contraloría General, conforme al Memorando Nº 796-2008-CG/GG; De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República – Ley Nº 27785, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Eco. Juana Llacsahuanga Chávez, Gerente de Sector Defensa de la Contraloría General de la República, a la ciudad de Luxemburgo del 29 de junio al 03 de julio de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la comisión de servicios serán asumidos con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, conforme al detalle siguiente:Pasajes aéreos: US$ 2 131,00Viáticos US$ 1 300,00 Tarifa Corpac: US$ 30,25 Artículo Tercero.- La citada funcionaria presentará a la Alta Dirección un informe sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República del Perú, con copia a la Gerencia de Cooperación Técnica y la Escuela Nacional de Control, así como un ejemplar de los materiales técnicos obtenidos dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 218709-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de funcionario del JNE a Colombia para participar en curso de responsables y expertos de organizaciones locales que desarrollan observación electoral RESOLUCIÓN N° 122-2008-P/JNE Lima, 26 de junio de 2008Vistos, el Informe N° 011-2008-OCTI/JNE de la Jefe de la Ofi cina de Cooperación Técnica Internacional y el Memorando N° 0215-2008-SG-ADM/JNE del Secretario General (e); CONSIDERANDO:Que, mediante el Informe N° 011-2008-OCTI/JNE, de fecha 9 de mayo de 2008, la Jefa de la Ofi cina de Cooperación Técnica Internacional del Jurado Nacional de Elecciones informa que la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) ha aceptado la postulación del doctor José Luis Echevarría Escribens en el “Curso de Capacitación de Responsables y Expertos de Organizaciones Locales que desarrollan observación electoral”, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, recomendando se brinde el apoyo a la participación de este funcionario, teniendo en cuenta que dicha formación especializada contribuirá a la actualización del tema de competencia y al avance del Jurado Nacional de Elecciones; Que, mediante Memorando N° 0215-2008-SG-ADM/ JNE, el Secretario General (e) del Jurado Nacional de Elecciones ha autorizado la capacitación del funcionario antes señalado; Que, la capacitación en temas de observación electoral, además de signifi car una mejora en la formación profesional del doctor Echevarría Escribens, redunda en su desempeño laboral, y es de benefi cio institucional, pues los aspectos que se tratarán en el curso detallado en el primer considerando se encuentran estrechamente vinculados a las funciones que desarrolla el Jurado Nacional de Elecciones, y en particular, en el ámbito de la Fiscalización Electoral; Que, el Reglamento Interno de Trabajo del JNE, aprobado mediante Resolución N° 090-2006-P/JNE, de fecha 11 de julio de 2006, señala que la licencia es la autorización para dejar de asistir al centro de trabajo, con pago de haberes o sin él, y cuyo período no puede ser fraccionado (artículo 39°); que las licencias se otorgan, entre otros motivos, por estudios o capacitación (inciso Descargado desde www.elperuano.com.pe