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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de marzo de 2008 367822 Establecen plazo para la presentación de los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) en Proyectos Portuarios y el correspondiente Cronograma de Actividades RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2008-MTC/16 Lima, 26 de febrero de 2008Visto, el Informe Nº 360-2007-MTC/16.01 CTM/SRA mediante el cual se solicita la expedición de resolución directoral para la modifi cación de los Lineamientos para Elaborar Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) en Proyectos Portuarios, aprobados por Resolución Directoral Nº 013-2007-MTC/16, en el sentido que se debe establecer un tiempo para la presentación del PAMA y un plazo de adecuación para la implementación del PAMA, el cual no había sido estipulado en el mencionado documento; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fi n de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte; Que, en ese sentido y en concordancia con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27791, se determinó como una de las funciones de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, la de velar por el cumplimiento de las normas de conservación del medio ambiente del subsector, con el fi n de garantizar el adecuado manejo de los recursos naturales durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transporte; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 58º de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, los ministerios y sus respectivos organismos públicos descentralizados, así como los organismos regulatorios o de fi scalización, ejercen funciones y atribuciones ambientales sobre las actividades y materias señaladas en la ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 17º de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, las autoridades sectoriales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, de conformidad con la Política Ambiental Nacional y las políticas sectoriales, en el marco de los principios de la gestión ambiental; Que, de conformidad con lo que indica el artículo 34º de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, las autorizaciones, habilitaciones, permisos, o contratos de cualquier índole que se celebren con personas de derecho privado para el ejercicio de actividades portuarias, deberán contener cláusulas expresas, por las que ambas partes declaran conocer, adecuarse y someterse expresamente a la legislación nacional vigente, las regulaciones internacionales, y al que se establezca en cada proyecto o actividad para defensa del medio ambiente; Que, asimismo, conforme a lo dispuesto por el artículo 132º del Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, en materia ambiental portuaria, la autoridad competente es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Asuntos Socio- Ambientales; Que, mediante Informe Nº 024-2006-MTC/16.SRA, se remitió el documento que contiene los Lineamientos para Elaborar Programas de Adecuación y Manejo Ambiental en Proyectos Portuarios, con la fi nalidad de adecuar ambientalmente los impactos que genera la operación de la actual infraestructura portuaria, así como mitigar y prevenir el deterioro ambiental que podrían causar las operaciones futuras del puerto; Que, en esos mismos términos, a fi n de lograr una efectiva gestión socio ambiental en el Subsector Transportes y el desarrollo de instrumentos socio ambientales orientados a proteger el ambiente y los recursos naturales, tales como estudios de impacto ambiental y programas de adecuación y manejo ambiental en proyectos portuarios, entre otros, es necesario dictar las disposiciones necesarias que brinden los lineamientos no restrictivos para su elaboración y correcta implementación, que permitan una evaluación del impacto ambiental segura y efi ciente, por lo que resulta procedente emitir la resolución directoral de aprobación correspondiente, y a fi n de otorgarle publicidad, remitirla al diario ofi cial para su publicación, sobre la base de lo dispuesto en el Informe Legal Nº 009-2007-MTC/16.RZC; Que en consecuencia se expidió Resolución Directoral Nº 013 - 2007 - MTC/16 de fecha 26 de enero de 2007, aprobando los Lineamientos para Elaborar un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental en Proyectos Portuarios, Que, mediante Informe Nº 360 - 2007 - MTC/16.01 CTM/SRA, se remitió la propuesta de añadir un plazo a la Resolución Directoral Nº 013-2007-MTC/16 que aprobó los Lineamientos para Elaborar Programas de Adecuación y Manejo Ambiental en Proyectos Portuarios, con la fi nalidad de estipular un plazo de presentación del PAMA establecido en seis (06) meses de publicada la presente resolución, estableciendo que dicho PAMA presentado por el administrador del puerto deberá contener un Cronograma de Actividades con plazos de ejecución; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 26º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, es necesario estipular el plazo de presentación del PAMA, por lo que resulta procedente emitir la resolución directoral correspondiente, y a fi n de otorgarle publicidad, remitirla al diario ofi cial para su publicación, sobre la base de lo dispuesto en el Informe Legal Nº 07-2008-MTC/16.LGC; De conformidad con lo establecido por la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27791, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Ley Nº 27746 y la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ESTABLECER el plazo de seis (06) meses, contados a partir de la publicación de la presente resolución directoral, para la presentación de los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) y su correspondiente Cronograma de Actividades con plazos de ejecución, al que se refi eren los considerandos de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- REMITIR el presente texto al diario ofi cial El Peruano, para su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA NACCARATO DE DEL MASTRO Directora GeneralDirección General de Asuntos Socio Ambientales 170450-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Designan representante del Poder Judicial para participar en el “Encuentro Iberoamericano sobre la Problemática de la Juventud y la Migración: Desafíos desde una Perspectiva de Género” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 048-2008-CE-PJ Lima, 19 de febrero de 2008 VISTA: La comunicación cursada por María Teresa Núñez Gascón, Coordinadora General de la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI, y;