TEXTO PAGINA: 21
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de marzo de 2008 367827 representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de los funcionarios de la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2008, Nº SBS-DIR-ADM-085-10; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Juan Manuel Chau Elías, Asesor de la Alta Dirección y de la señorita Lourdes Poma Cañazaca, Analista Principal del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, a la ciudad de Beijing, República Popular de China del 03 al 10 de marzo de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 4 071,38 Viáticos US$ 2 080,00Tarifa CORPAC US$ 60,50 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones 170212-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Autorizan funcionamiento de NCF SAFI S.A. para administrar fondos de inversión y disponen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN CONASEV Nº 012-2008-EF/94.01.1 Lima, 27 de febrero de 2008VISTOS: El Expediente Nº 2008000696, así como el Informe Nº 086-2008-EF/94.06.2 de fecha 30 de enero de 2008, presentado por la Dirección de Patrimonios Autónomos, con la opinión favorable de la Gerencia General. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Dirección de Patrimonios Autónomos Nº 050-2007-EF/94.06.2 de fecha 10 de diciembre de 2007, se otorgó a Negocios, Contactos y Finanzas S.A. y al señor José Fernando Romero Tapia, autorización para la organización de una sociedad administradora de fondos de inversión denominada NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. o su abreviatura NCF SAFI S.A.; Que, mediante escrito recibido el 09 de enero de 2008, complementado el 22 y 28 de enero de 2008, se solicitó a CONASEV la autorización de funcionamiento de NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., para actuar como sociedad administradora de fondos de inversión; Que, de la evaluación a la documentación presentada, se ha determinado que la misma cumple con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10 y sus modifi catorias, el artículo 8 del Reglamento del Sistema del MVNET, aprobado por Resolución CONASEV Nº 008-2003-EF/94.10, el artículo 10 del Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación y Grupos Económicos, aprobado por Resolución CONASEV Nº 090-2005-EF/94.10, así como con lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 2º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por el Decreto Ley Nº 26126, el artículo 12 de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo Nº 862, los artículos 22 y siguientes del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10 y sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056- 2002-EF, el literal l) del artículo 6º del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2007-EF; así como a lo acordado por el Directorio de CONASEV reunido en sesión del 25 de febrero de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., que también podrá utilizar la abreviatura NCF SAFI S.A., para administrar fondos de inversión y disponer su inscripción en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de CONASEV. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Presidente 170084-1