Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2008 (02/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de marzo de 2008 Leche Evaporada Entera Quinua MORDAZA Lata x 410 gramos Bolsa de 5 Kilos 1,563 Unid. x S/. 2.16 = S/. 1,536.84 1,684 Kilos x S/. 4.30 = S/. 7,241.20 391 Kilos x S/. 4.30 = S/. 1,681.30 TOTAL

NORMAS LEGALES
S/. 3,127.68 (Recursos Propios) S/.14,482.40 (Transferencia MEF) S/. 3,362.60 (Recursos Propios) S/. 75,944.68

367849

I

II

II

Quinua MORDAZA

Bolsa de 5 Kilos

Articulo Segundo.- Autorizar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, mediante adquisicion directa, encargando al Sub Gerente de Abastecimiento, efectuar dicha adquisicion, debiendo de publicar el presente Acuerdo en el SEACE, de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General de la Municipalidad, la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el presente acuerdo, asi como remitirlo a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, de acuerdo a la normatividad vigente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRAU MORDAZA 170678-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL EL COLLAO
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios, funcionarios, ex servidores y servidores de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 0172-2008-MPCI/A El Collao-Ilave, 26 de febrero de 2008 VISTOS: Informe Nº 071-2007-CG/ORPU; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 25361, Ley de creacion de la Provincia, la Municipalidad Provincial de El Collao, constituye ser un organo de Gobierno promotor del desarrollo Local, con Personeria Juridica de derecho Publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo establecido por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades, concordante con el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru y sus modificatorias; Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 6) del articulo 20° de la Ley Nº 27972, contempla que; son atribuciones del Alcalde: dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldia, con sujecion a las Leyes y Ordenanzas; Que, el Articulo III del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28175 ­ Ley MORDAZA del Empleo Publico, establece que la presente Ley regula prestacion de los servicios personales, subordinada y remunerada entre una entidad de la administracion publica y un empleado publico, cualquiera fuera la clasificacion que este tenga y la parte organica funcional de la gestion del empleo publico, concordante con el articulo 19º del mismo cuerpo normativo donde los empleados son responsables civil, penal o administrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, y lo normado por el articulo 25º del D.Leg. Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, son atribuciones de la Contraloria General supervisar y garantizar el cumplimiento de las recomendaciones que se deriven de los informes de control emanados por cualquiera de los organos del Sistema, conforme lo estipula el literal c) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control; Que, conforme lo establece el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en

el articulo 167º, establece que el MORDAZA Administrativo Disciplinario sera instaurado por Resolucion del Titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino del 72 horas contados a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha resolucion, concordante con el articulo 16º de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, el Examen Especial a la Municipalidad Provincial de El Collao ­ Ilave, de la Region MORDAZA, se efectuo como una accion de control programada dentro del Plan Operativo de la Oficina Registral de Control de MORDAZA de la Contraloria General de la Republica correspondiente al ejercicio del 2004, conforme a normas de Auditoria Gubernamental ­ NAGU y abarco el periodo comprendido entre enero del 2003 a MORDAZA 2004; Que, en cumplimiento del Informe Nº 071-2007-CG/ ORPU, de la Contraloria General de la Republica por el que recomienda disponer EL INICIO DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS A LOS FUNCIONARIOS, EX FUNCIONARIOS, SERVIDORES Y EX SERVIDORES INVOLUCRADOS EN LOS HECHOS OBSERVADOS EN EL PRESENTE INFORME DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL CAPITULO XIII DEL MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE BASES DE LA CARERA ADMINISTRATIVA Y DE REMUNERACIONES DEL SECTOR PUBLICO DECRETO SUPREMO Nº 00590-PCM DEL 15 ENE 90; el cual se detalla de la siguiente forma: 1.- DURANTE EL ANO 2003. SE PROGRAMO LA CONSTRUCCION DEL ASFALTADO DE LA CARRETERA ILAVE ­ MAZOCRUZ ­ TRAMO I, POR LA SUMA DE S/. 240 000,00, SIN CONTAR CON EXPEDIENTE TECNICO APROBADO, ENCONTRANDOSE INCONCLUSA DICHA OBRA, CON LA CONSIGUIENTE PERDIDA DE INVERSION REALIZADA, POR EL IMPORTE DE LA INVERSION REALIZADA , POR EL IMPORTE DE S/. 58 808.58 RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX DIRECTOR MUNICIPAL - MORDAZA ERICK MORDAZA MORDAZA EX GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA RURAL - MORDAZA CUSACANI PANTY, EX RESIDENTE DE OBRA. 2.- IRREGULAR EJECUCION DEL CONTRATO REVESTIMIENTO DE "PASOS Y CONTRAPASOS DE MARMOL RECONSTITUIDO COLOR BLANCO", PARA LA OBRA CONSTRUCCION DEL COMPLEJO MUNICIPAL V ETAPA , OCASIONANDO UN PERJUICIO ECONOMICO DE S/. 34 987.50 RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA HANNCO, EX DIRECTOR DE DESARROLLO MORDAZA Y RURAL - MORDAZA MORDAZA AROYO MORDAZA, EX RESIDENTE DE OBRA RECEPCION DE LA EJECUCION DEL REVESTIMIENTO DE LAS GRADAS Y ESCALERAS DE MARMOL RECONSTITUIDO DEL COMPLEJO MUNICIPAL V ETAPA. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX SUPERVISOR DE OBRAS - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX INTEGRANTE DE LA COMISION DE RECEPCION DE LA EJECUCION DEL REVESTIMIENTO DE LAS GRADAS Y ESCALERAS DE MARMOL RECONSTITUIDO DEL COMPLEJO MUNICIPAL V ETAPA. - MORDAZA YARATICONA CUSACANI, EX PRESIDENTE DE LA COMISION DE RECEPCION DE LA EJECUCION DEL REVESTIMIENTO DE LAS GRADAS Y ESCALERAS DE MARMOL RECONSTITUIDO DEL COMPLEJO MUNICIPAL V ETAPA. 3.- EN LA ADQUISICION DE VIDRIOS PARA LA OBRA COMPLEJO MUNICIPAL VI ETAPA, LA EMPRESA CONTRATISTA ENTREGO MENOS CANTIDAD DE DICHO PRODUCTO A LO CONVENIDO EN EL CONTRATO DE COMPRA - VENTA; OCASIONANDO PERJUICIO ECONOMICO DE S/. 36 774.31

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