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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2008 (02/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de marzo de 2008 367847 Que, mediante Carta Nº 270-95-SGZE Carta de aclaración Nº 483-2004/ETC SEDAPAL hace referencia que la Asociación de Propietarios de Vivienda San Cristóbal - Campoy cuenta con la Recepción de Obras de Agua Potable y Alcantarillado; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 03815-2004- GSAM-MDSJL se resuelve aprobar la valorización de Aportes Reglamentarios, Recreación Pública (655.12 m²) y Otros Fines (163.78 m²), correspondiente a la Regularización de Aportes Reglamentarios de un área de 8,189.00 m², cuyo valor asciende a S/. 16,774.75 (Dieciséis Mil Setecientos Setenta y Cuatro y 75/100 Nuevos Soles), dicho monto fue abonado mediante pago fraccionado según Recibos de Pago Nº 946064 (S/. 5,032.43), Nº 955392 (S/. 2,935.58), Nº 964457 (2,935.58), Nº 973132 (S/. 2,935.58) y Nº 981866 (S/. 2,935.58); Que, mediante Resolución Gerencial Nº 962-2004 SERPAR, aprueba la valorización respecto al défi cit de aportes referidos a Parques Zonales, cuyo valor asciende a S/. 3,802.97 (Tres Mil Ochocientos Dos Nuevos Soles) dicho monto fue abonado al Servicio de Parques de Lima (SERPAR), mediante Recibo de Pago Nº 043363; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 007-99-ED se aprueba la Valorización respecto al défi cit de Aporte referidos al Ministerio de Educación, cuyo valor asciende a S/. 2,099.66 (Dos Mil Noventa y Nueve y 66/100 Nuevos Soles) equivalente al área de 163.78 m² correspondientes a las Parcelas 3 y 4 de la Mz. A, Primera Etapa Parcelación Semi Rústica Campoy del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, con Resolución Gerencial Nº 00001-2006-GDU- MDSJL, rectifi cada con Resolución Gerencial Nº 00051- 2006-GDU-MDSJL, se resuelve declarar Recepcionada las Obras en Vía de Regularización de la Habitación Urbana solicitada por la recurrente, respecto del terreno, materia de presente; motivo por el cual se remite lo actuado a la Municipalidad Metropolitana de Lima a fi n que proceda a ratifi car o no la Habilitación Urbana; Que, con Resolución Nº 130-2006-MML-GDU-SPHU la Municipalidad Metropolitana de Lima resuelve NO RATIFICAR las Resoluciones, descritas en el considerando precedente; por no cumplir con los planes urbanos en lo referente a vías metropolitanas por cuanto no se ha respetado lo establecido en la Ordenanza 341 para la Av. Campoy, califi cada como Vía Colectora (C-73) variando los módulos normativos, ya que la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho ha aprobado la sección con 37.00 ml y la Ordenanza 341 establece sólo 30.00 ml; Que, con Ofi cio Nº 270-2007-GDU-MSJL éste Despacho formula desacuerdo a la Resolución descrita en el considerando precedente, motivo por el cual la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima remite lo actuado al Instituto Metropolitano de Planifi cación; Que, con Ofi cio Nº 0911-07-MML-IMP-DE de fecha 28 de agosto del 2007, adjunta el Informe Técnico Nº 0157-07-MML-IMP-DE/DGVT, mediante la cual se señala que debe de entenderse que los valores asignados a los anchos normativos corresponden a los mínimos necesarios para obtener los diferentes componentes de la Sección Vial. Obviamente si la sección vial existente fuera mayor, ello resulta mejor para el desarrollo de la viabilidad y los intereses de la propia ciudad; motivo por el cual opina que los anchos viales iguales o mayores a los normativos deben de considerarse que cumplen los Planes Urbanos y la Reglamentación de las Secciones Viales; Que, posteriormente, con Ofi cio Nº 2320-2007- MML-GDU-SPHU la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima pone en nuestro conocimiento lo descrito en líneas precedentes, por lo que devuelve lo actuado a fi n que procedamos a evaluar y emitir nueva Resolución, al haberse agotado la vía administrativa con la emisión de la Resolución Nº 130-2006-MML-GDU-SPHU; Estando el Informe Nº 1344 y 1370-2007-CAEP- SGHU-GDU/MSJL del área técnica de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas, Informe Nº 119-2007-SGHU/GDU-MDSJL de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas e, Informe Nº 295 -2007-MDSJL-GDU/AL emitido por la Asesora Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Ley General de Habilitaciones Urbanas - Ley Nº 26878 y sus normas complementarias, Decreto de Alcaldía Nº 079 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y; considerando las facultades conferidas en la Ordenanza Municipal Nº 067 de fecha 20 de julio del 2005. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la RECEPCIÓN DE OBRAS de la Habilitación Urbana en Vía de Regularización para Uso de Vivienda R - 3 y Comercio Vecinal C - 2 del terreno de 8,189.00 m², de propiedad de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA SAN CRISTÓBAL - CAMPOY, ubicado en los Sub Lote 3-A1 y 4-A1 de la Mz. A de la Lotización Campoy del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad con el Plano Signado Nº 015-2007-SGHU-GDU/MSJL; por las consideraciones esgrimidas en la presente Resolución. El cuadro de áreas que se aprueba es la siguiente: CUADRO DE ÁREAS ÁREA TOTAL BRUTA 8,189.00 m² ÁREA ÚTIL (VIVIENDA) 6,575.31 m² MANZANA 3 - A1 3,004.16 m²MANZANA 4 - A1 3,571.15 m² ÁREA DE OBRA S PÚBLICAS 1,613.69 m² El área útil que se recepciona se detalla en el siguiente cuadro: Manzanas Nº de Lotes Numerados Uso - Zoni fi cación Área 3 - A1 10 1 - 10 Comercial C - 23,004.16 m²3 - A1 10 11 - 20 Residencial R - 3 4 - A1 12 1 - 12 Comercial C - 23,571.15 m²4 - A1 12 13 - 24 Residencial R - 3 TOTAL 44 Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA SAN CRISTÓBAL - CAMPOY, la adjudicación de los lotes del terreno, que constituyen la habilitación urbana que se recepciona. Artículo Cuarto.- DISPONER la obligación de ejecutar de tipo progresivo, las obras faltantes de vereda y sardineles del pasaje peatonal, a cargo de los adquirientes de los lotes de la presente Habilitación Urbana aprobada, de conformidad con el Plano que se aprueba mediante la presente Resolución, sufragando los gastos a que hubiera lugar. Artículo Quinto.- DISPONGASE, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la parte interesada en un plazo no mayor de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución Gerencial. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Gerencia Municipal para su conocimiento, y a los Registros Públicos para su inscripción correspondiente. Artículo Séptimo.- REMITIR copia certifi cada de todo lo actuado a la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fi n que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, incorpore la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del Distrito. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUANA DELGADO AGURTO Gerente de Desarrollo Urbano 170427-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Declaran en Situación de Emergencia la adquisición de productos para el Programa de Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 27-2008-MPCH Chincha Alta, 22 de febrero de 2008