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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de marzo de 2008 367840 Artículo Segundo.- Son Actores del CONSEJO REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA POBREZA Y DESNUTRICIÓN INFANTIL, los Directores y Jefes de las siguientes instituciones.- 1. Gobierno Regional a través de su Gerencia de Desarrollo Social, de Desarrollo Económico, de Planifi cación y Presupuesto, de Promoción Comunal y de Infraestructura. 2. Dirección Regional de Educación.3. Dirección Regional de Salud.4. Dirección Regional de Agricultura5. Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo 6. Dirección Regional de Vivienda y Saneamiento.7. Dirección Regional de Producción.8. Seguro Integral de Salud-SIS: de Gestión Descentralizada y la Ofi cina Asistencial. 9. Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA. 10. Programa Nacional de Apoyo a los más Pobres- JUNTOS. 11. FONCODES12. Programa Nacional WAWA WASI 13. COPARE14. Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización-PRONAMA. 15. Programa “ Construyendo Perú ”16. Provías Descentralizado.17. RENIEC Departamental.18. INEI19. Centro Emergencia Mujer.20. Educación Niños de la Calle21. Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza. 22. Red Nacional de Promoción de la Mujer de Ucayali. 23. ADRA24. PRISMA25. Manuela Ramos26. Municipalidad Provincial de Coronel Portillo27. Municipalidad Distrital de Yarinacocha28. Municipalidad Distrital de Manantay29. Municipalidad Distrital de Masisea30. Municipalidad Distrital de Campo Verde31. Municipalidad Distrital de Nueva Requena32. Municipalidad Distrital de Iparía33. Municipalidad Provincial de Padre Abad34. Municipalidad Distrital de Irazola35. Municipalidad Distrital de Curimaná36. Municipalidad provincial de Atalaya.37. Municipalidad Distrital de Sepahua38. Municipalidad Distrital de Tahuanía39. Municipalidad Distrital de Yurúa40. Municipalidad provincial de Purus El Consejo podrá invitar a Jefes de otras instituciones, organismos de Desarrollo y Organizaciones de Base, incluyendo las de cooperación, que considere por conveniente su inclusión. Artículo Tercero.- ATRIBUIR al Comité Ejecutivo Regional de Asuntos Sociales de Ucayali, instancia de coordinación nacional y regional de la Estrategia Regional CRECER Ucayali, realizar propuestas de políticas y estrategias sociales y determinar estrategias de articulación, incluyendo la conformación de los Consejos Locales de la Estrategia regional. El Comité Ejecutivo Regional de Asuntos Sociales de Ucayali, cuenta con una Secretaria Técnica Regional CRECER Ucayali, como instancia técnica - operativa en el ámbito regional para la implementación de la Estrategia Regional CRECER Ucayali, con las responsabilidades administrativas de planifi cación, coordinación y ejecución.. El Secretario Técnico es designado por el Presidente del Comité Ejecutivo Regional de Asuntos Sociales, mediante acto resolutivo de la Gerencia Regional de Desarrollo Regional. Integran además este Comité, funcionarios de nivel de los seis Sectores integrantes del presente Comité Ejecutivo. Artículo Cuarto.- REQUERIR, a los representantes del Consejo Regional de Lucha contra la Pobreza y Desnutrición Crónica Infantil, sean acreditados mediante resolución expedida por el titular o representante de la entidad o programa, según sus competencias.Artículo Quinto.- CONSIDERAR, los siguientes Componentes de la Estrategia de Articulación Institucional: - Reforma y Modernización del Estado, en coordinación con la Secretaria de Desarrollo de Capacidades de la Presidencia del Consejo de Ministros. - Descentralización Regional, en coordinación con la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, para que, mediante acto resolutivo, formalice la organización y articulación en los ámbitos Provincial y Distrital la ESTRATEGIA REGIONAL CRECER Ucayali, con los representantes de organismos del sector público, programas, organizaciones de base y entidades que participen en la instancia de gestión local provincial y distrital. Artículo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social registrar y aperturar el Libro: “Registro de Instituciones de la Estrategia Regional CRECER Ucayali”, con indicación de nombre, dirección, función principal y programas, proyectos o actividades que desarrolla, monto de inversión, etc. Artículo Octavo.- ENCARGAR, al Comité Ejecutivo Regional de Asuntos Sociales de Ucayali la elaboración del Reglamento respectivo y el Plan de Trabajo 2008, en un plazo de 60 días calendarios a partir de la promulgación de la norma regional; debiendo ser aprobado por Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Noveno.- ENCARGAR, al Comité Ejecutivo Regional de Asuntos Sociales de Ucayali, para que en coordinación con la Secretaría Técnica de la CIAS - PCM, elabore y proponga, los instrumentos de Política Regional, en concordancia con las políticas de articulación nacional e intersectorial de lucha contra la pobreza y desnutrición crónica infantil, tales como las que a continuación se plantean: Plan Regional de Superación de la Pobreza en el marco de los objetivos estratégicos estipulados en las Bases para la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres. Plan de Operaciones Regional de CRECER, en el que se establezcan mecanismos de coordinación con la Secretaría Técnica de la CIAS-PC La Gerencia Regional de Desarrollo Social mediante acto resolutivo formalice la aprobación de dichos instrumentos de Política Regional Artículo Décimo.- ENCARGUESE, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en un diario de circulación regional y a la Ofi cina de Sistemas para su difusión a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali. Artículo Primero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de comisiones, lectura y aprobación del Acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los treintiún días del mes de enero del dos mil ocho. CARLOS FERNANDO HENDERSON LIMA Consejero Delegado delConsejo Regional de Ucayali POR TANTO: Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil ocho. JORGE VELASQUEZ PORTOCARRERO Presidente Regional 170460-2