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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2008 (02/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de marzo de 2008 367843 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 163 Chaclacayo, 29 de febrero de 2008VISTO: El Informe Nº 021-2008-GPP/MDCH de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; y; CONSIDERANDO:Que, conforme a la Ley Nº 27972 los gobiernos locales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, que gozan de autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las municipalidades distritales, en la materia de su competencia, son las normatividad municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que mediante Ordenanza Nº 079-MDCH se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo; Que, mediante Ordenanza Nº 158-MDCH se aprueba el Reglamento para el otorgamiento de Licencia Municipal de Funcionamiento en el distrito de Chaclacayo en mérito a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento-Ley Nº 28976; Que, la Ley Nº 29060- Ley del Silencio Administrativo establece en su Sétima Disposición Transitoria, Complementaria y Final la adecuación de los procedimientos considerando lo establecido en dicha ley; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto mediante Informe Nº 021-2008-GPP/MDCH, sustenta la propuesta de modifi cación del TUPA en la cual se incluye los procedimientos administrativos acorde a la Ordenanza Nº 158-MDCH y se excluye aquellas que se superpongan a ésta; asimismo se sustenta la adecuación de los procedimientos del TUPA a la ley del silencio administrativo; con lo que también se sugiere la exclusión y/o eliminación de los servicios de administración del agua potable en el distrito, expresados en los numerales 55, 56, 57 y 58 del Anexo del TUPA, los numerales 66, 67, 68, 69, 70 de Educación, Cultura y Deporte de la Gerencia de Desarrollo Social y Humanos; y Medio Ambiente de la Gerencia de Servicios de la Ciudad en su numeral 96; todos ellos por considerarse como servicios no exclusivos de la entidad, la misma que debe de adecuarse a la Ordenanza Nº 154-MDCH; Por consiguiente, de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por mayoría aprueba la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo incluyendo los procedimientos administrativos conforme al Anexo Nº 01 que forma de la presente ordenanza y excluyendo a aquellas que se superpongan a éstas. Artículo Segundo.- Adecuar la califi cación del procedimiento administrativo de silencio negativo al silencio positivo de acuerdo al Anexo Nº 02 que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Excluir y eliminar del TUPA los procedimientos administrativos incluidos en los numerales indicados en el Informe Nº 021-2008-GPP/MDCH de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto.Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento público los anexos que forman parte de la ordenanza a través de la página web de la institución: www.munichaclacayo.gob.pe. Artículo Quinto.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente. Artículo Sexto.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALFREDO E. VALCARCEL CAHEN Alcalde 170755-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Modifican el artículo tercero de la Ordenanza Nº 145-MDMM y amplían exoneraciones ORDENANZA N° 337-MDMM Magdalena del Mar, 14 de noviembre de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Ordinaria Nº 22 de la fecha; y, En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 145-MDMM Y AMPLÍA EXONERACIONES PARA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL DE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES Y SUS FAMILIARES Artículo Primero.- Modifíquese el artículo tercero de la Ordenanza Nº 145-MDMM, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Tercero.- Para efectos de lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, los trabajadores municipales y cesantes están exonerados de pagar los siguientes conceptos: - Apertura de Expediente Matrimonial. - Celebración de Matrimonio en el local municipal en horas laborables. - Celebración de Matrimonio Civil en el local municipal en horas no laborables (lunes a viernes. - Celebración de Matrimonio Civil en el local municipal en días no laborables. - Celebración de Matrimonio Civil fuera del local municipal, pero dentro del distrito, en días laborables de lunes a viernes. - Celebración de Matrimonio Civil fuera del local municipal, pero dentro del distrito, en días no laborables.” Artículo Segundo.- Extender la exoneración establecida en el artículo primero de la Ordenanza Nº 145-MDMM a los padres, hijos, hermanos y nietos de los trabajadores municipales señalados en el artículo segundo de la citada norma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 170701-1