Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2008 (04/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, martes 4 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

367947

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de Organizacion, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduria Publica de la Municipalidad
ORDENANZA N° 079-MDSL
San MORDAZA, 22 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, el Dictamen N° 004-2008-MDSL/CEPAL, emitido por la Comision de Economia Presupuesto y Asuntos Legales, el cual recomienda aprobar el proyecto de Ordenanza del Reglamento de Organizacion, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduria Publica de la Municipalidad de San Luis; y, CONSIDERANDO: Que, conforme dispone el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme a Ley. Que, en el ambito de los Gobiernos Locales de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, por su parte, el Articulo 29º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades, dispone que la representacion y defensa de los intereses y derechos de las Municipalidades en juicio se ejercitan a traves del organo de defensa judicial, el cual esta a cargo de procuradores publicos municipales designados por el MORDAZA, quienes dependen administrativamente de la Municipalidad, funcional y normativamente del Concejo Municipal de Defensa Judicial del Estado. Que, por otro lado el mencionado Articulo 29º de la Ley Nº 27972 establece que el Concejo Municipal a propuesta del MORDAZA aprueba el Reglamento de Organizacion, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduria Publica Municipal. En Sesion Ordinaria de la fecha y al MORDAZA de las atribuciones otorgadas por el Articulo 9º numeral 8) y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente :

de los intereses y derechos de la Municipalidad de San MORDAZA en juicio, a cargo del Procurador Publico Municipal, a cargo de un abogado; asi como el personal de apoyo profesional, tecnico y/o Administrativo, necesarios para el cabal cumplimiento de sus funciones. Depende administrativamente de la Municipalidad; funcional y normativamente del Ministerio de Justicia ­ Concejo de Defensa Judicial del Estado. Articulo 4º.- RESPONSABILIDAD. El Procurador Publico de la Municipalidad de San MORDAZA asi como los abogados de Procuraduria que le presten apoyo profesional, son responsables solidarios administrativa, civil y penalmente, conforme a ley y segun corresponda, por los perjuicios que causen a la municipalidad, en el ejercicio de sus funciones. Articulo 5º.- EJERCICIO DE LA REPRESENTACION El Procurador Publico de la Municipalidad de San MORDAZA, al asumir la representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad de San MORDAZA en juicio, tiene la misma jerarquia y prerrogativa de los Procuradores Publicos Titulares del Estado. Articulo 6º.- DESIGNACION Y CONCLUSION El Procurador Publico de la Municipalidad de San MORDAZA es designado por el MORDAZA de la Municipalidad. Son requisitos para ser designado Procurador Publico Municipal, los siguientes: a) Ser peruano de nacimiento b) Tener titulo de abogado, estar Colegiado y tener la condicion de habil c) Contar con ejercicio y experiencia profesional no menor de 15 (Quince) anos debiendo acreditar esta situacion con la MORDAZA del diploma de incorporacion al respectivo Colegio de Abogados. d) Tener idoneidad, experiencia municipal y en procesos judiciales. Su designacion culmina cuando el MORDAZA le da por concluida, cuando sea aceptada su renuncia, por fallecimiento y por lo establecido en la legislacion aplicable. Articulo 7º.- FUNCIONES, OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES El Procurador Publico de la Municipalidad de San MORDAZA, tiene las siguientes funciones, atribuciones y obligaciones. a) Ejercitar en los procesos judiciales, investigaciones preliminares ordenadas por el Ministerio Publico e investigaciones tecnico policiales, todas las acciones y recursos legales que MORDAZA necesarios en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad. Iniciar e impulsar bajo responsabilidad procesos judiciales contra los funcionarios servidores o terceros, respecto a los cuales el organo de control institucional (OCI) MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal. b) Iniciar o impulsar investigaciones tecnico policiales, investigaciones preliminares o procesos judiciales contra funcionarios, servidores o terceros por merito del Acuerdo del Concejo Municipal previo informe tecnico de la unidad organica competente asi como el informe de la Gerencia de Asesoria Legal de la Institucion MORDAZA de ser el caso. c) Solicitar informe, antecedentes y el apoyo necesario de cualquier unidad organica de la Municipalidad o entidad publica para el ejercicio y cumplimiento de su funcion. d) Informar cada dos meses al MORDAZA y anualmente al Concejo Municipal sobre la situacion de los procesos a su cargo. e) Comunicar de forma inmediata, al MORDAZA las sentencias ejecutoriadas y/o consentidas que ordenen el pago de sumas de dinero a la Municipalidad. f) Solicitar al Concejo de Defensa Judicial del Estado la absolucion de consultas de asuntos o juicios a su cargo asi como el asesoramiento, apoyo tecnico profesional y la capacitacion necesaria para el ejercicio de su funcion, asi como participar en las sesiones del Concejo Municipal de Defensa Judicial del Estado cuando MORDAZA convocadas. g) Las demas funciones que encargue el MORDAZA o del Concejo Municipal. Articulo 8º.- FUNCION E IMPEDIMENTOS El Procurador Publico Municipal ejerce el cargo a tiempo completo, con excepcion del desempeno de la docencia. Asimismo, esta prohibido de intervenir como abogado o apoderado de litigantes en cualquier MORDAZA en que sea parte el Estado, hasta 1 (un) ano despues de haber dejado el cargo.

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA PROCURADURIA PUBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Articulo 1º.- OBJETO DE LA REGLAMENTACION. El objeto del presente reglamento es el de regular el ejercicio de la representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA en juicio que se encuentra a cargo del Procurador Publico Municipal, estableciendo normas sobre su designacion, funciones, obligaciones, atribuciones e impedimentos, asi como del personal de apoyo profesional y tecnico. Articulo 2º.- BASE LEGAL La representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad de San MORDAZA, se sustentan en lo establecido por el articulo 47 de la Constitucion Politica, en los articulos pertinentes del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio y el Decreto Supremo Nº 002-2001JUS, Reglamento para la Designacion de Procuradores Publicos, en el articulo 9º numeral 23) y articulo 29º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades. Articulo 3º.- DEL ORGANO ADMINISTRATIVO La Procuraduria Publica de la Municipalidad de San MORDAZA, es el organo encargado de ejercer la representacion y defensa

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