Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2008 (06/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368135

Articulo 5°.- La Oficina General de Comunicaciones publicara la presente Resolucion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GARRIDO ­ LECCA MONTANEZ Ministro de Salud

Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA TICERAN, tecnico en abogacia II (STA) de la Oficina Nacional de Promocion Laboral para Personas con Discapacidad de la Direccion Nacional de Relaciones de Trabajo, como delegado del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL. Registrese, comuniquese y publiquese.

171956-10

MORDAZA MORDAZA PASCO COSMOPOLIS Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan delegado del Ministerio ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA CERCIL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 067-2008-TR
MORDAZA, 29 de febrero de 2008 VISTOS: El Oficio Nº 006-DE-CERCIL-2008, de la Directora Ejecutiva del Consejo Directivo de Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL; los Memorandums Nºs. 153 y 221-2008-MTPE/4, del Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el Oficio Nº 207-2008-MTPE/2/11.1, del Director Nacional de Relaciones de Trabajo (e); y, CONSIDERANDO: Que el Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL - es una institucion de derecho privado sin fines de lucro especializada en la atencion integral de las personas con limitaciones visuales y tiene como mision contribuir al bienestar y MORDAZA superacion de las personas con discapacidad visual y valorar y desarrollar sus potencialidades para que se conviertan en protagonistas de su propio desarrollo; Que el articulo 7º del estatuto del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL - establece que su Consejo Directivo esta conformado, entre otros, por un delegado del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 293-2005TR, de fecha 8 de octubre de 2005, se designo a la abogada Neucy MORDAZA MORDAZA MORDAZA como delegada del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL; Que conforme al estatuto del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL, la designacion de los delegados de los sectores que conforman su Consejo Directivo es ejercida por un periodo de dos (2) anos; Que el encargo a la funcionaria mencionada en el tercer considerando de la presente resolucion, ha llegado a su termino, por lo que es necesario, conforme al Memorandum Nº 221-2008-MTPE/4 de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, designar MORDAZA representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion de la abogada NEUCY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como delegada del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL - dandosele las MORDAZA por los servicios prestados.

172513-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a los EE.UU., MORDAZA y MORDAZA, en comision de servicios y sin irrogar gastos al Estado
RESOLUCION SUPREMA Nº 024-2008-MTC
MORDAZA, 5 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, uno de los explotadores aereos ha presentado ante la autoridad aeronautica civil una solicitud para ser atendida durante el mes de marzo de 2008, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la empresa solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondientes al procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante de los servicios, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas ordenes de inspeccion, y referidas en el Informe Nº 074-2008-MTC/12 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil;

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