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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2008 (08/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de marzo de 2008 368455 - Descuento del 20 % por pago anual - Descuento del 10 % por pago semestral Artículo Cuarto.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o ampliatorias para la debida aplicación de la Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y a las Ofi cinas de Administración, Rentas e Informática y Estadística. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 173160-1 Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2008 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 028-MDP/A Pachacámac, 4 de marzo del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Pachacámac en sesión Extraordinaria de fecha 4 de marzo del 2008; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el pago del Impuesto Predial, podrá efectuarse al contado, hasta el último día hábil del mes de Febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de Febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de Mayo, Agosto y Noviembre, según lo establecido en el artículo 15º de la referida norma. Que, para acogerse al pago fraccionado los contribuyentes deberán cancelar la primera cuota hasta el último día del mes señalado en la presente Ordenanza, y en caso de no hacerlo, la Municipalidad podrá exigir el pago íntegro del Impuesto Predial; Que, el artículo Séptimo de la Ordenanza Nº 021-2007- MDP/A del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2008, establece que son tributos de periodicidad mensual y el vencimiento de pago es el último día hábil de cada mes; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modifi cado mediante Decreto Legislativo Nº 953, dispone que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Pachacámac otorgar facilidades a los contribuyentes para el pago de sus obligaciones tributarias, en tal sentido, debe prorrogarse el vencimiento del pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial y los meses de Enero y Febrero de los Arbitrios Municipales, así como, establecer las fechas de vencimiento de los períodos siguientes del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio fi scal 2008 y la fecha de vencimiento para el buen pagador de los arbitrios municipales; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal. Aprobó la siguiente:ORDENANZA ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2008 Artículo Primero.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial Establecer las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial de acuerdo a lo siguiente: PAGO AL CONTADO : 31 DE MARZO PAGO FRACCIONADO : PRIMERA CUOTA : 31 DE MARZOSEGUNDA CUOTA : 30 DE MAYOTERCERA CUOTA : 29 DE AGOSTOCUARTA CUOTA : 28 DE NOVIEMBRE Artículo Segundo.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo La obligación de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondientes al año 2008 tiene el cronograma siguiente: Enero : 31 DE MARZO Febrero : 31 DE MARZO Marzo : 31 DE MARZO Abril : 30 DE ABRIL Mayo : 30 DE MAYO Junio : 30 DE JUNIOJulio : 31 DE JULIO Agosto : 29 DE AGOSTO Septiembre : 30 DE SETIEMBRE Octubre : 31 DE OCTUBRE Noviembre : 28 DE NOVIEMBRE Diciembre : 30 DE DICIEMBRE A los contribuyentes que cancelen los arbitrios municipales hasta el 31 de marzo de 2008 se les concederá un benefi cio de la manera siguiente: - Descuento del 20 % por pago anual - Descuento del 10 % por pago semestral Artículo Tercero.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o ampliatorias para la debida aplicación de la Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y a las Ofi cinas de Administración, Rentas e Informática y Estadística. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 173159-1 Modifican el Acuerdo de Concejo Nº 080-2007-MDP/C ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2008-MDP/C Pachacámac, 22 de febrero del 2008. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC. VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de Febrero del 2008, la misma que ha sido convocada y presidida por el Señor Alcalde Hugo León Ramos Lescano, para evaluar el Memorándum Nº 35-2008-