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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de marzo de 2008 368440 Que, la Ley para Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 068-2001-PCM, señala que la Estrategia Nacional de la Diversidad Biológica es el instrumento nacional de planifi cación de la Diversidad Biológica Nacional; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º. 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS REGIONAL LA CONSERVACIÓN, EVALUACIÓN, INVESTIGACIÓN, TECNOLOGÍA, MULTIPLICACIÓN Y PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE LAS PAPAS NATIVAS” Artículo Primero.- DECLARASE de interés Regional la Conservación, evaluación, investigación, tecnología, multiplicación y promoción del consumo de papas nativas en la Región Junín. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Junín, y la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, coordinar con la Dirección Regional de Agricultura, Subgerencias de Desarrollo Económico de las Municipalidades Provinciales y Distritales de la Región Junín para la Promoción del consumo de papas nativas. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Agricultura la promoción e implementación del Programa Integral de Asistencia Técnica y Extensión para Incrementar los niveles de producción y productividad con la tecnología ecológica ancestral del poblador andino. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en el Convenio Ugel – Doe Run – Minsa, de la Provincia de Yauli – La Oroya, a los 17 días del mes diciembre del año 2007. MOISES R. VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 28 días del mes de enero del año 2008. VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO PresidenteGobierno Regional Junín 172583-1 Aprueban el Proyecto Educativo Regional Junín - PERJ, al 2021 ORDENANZA REGIONAL Nº 074-2008-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL CONSEJOREGIONAL JUNÍN, POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada a los 04 días del mes de febrero de 2008, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 sus modifi catorias; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal b) del artículo 47º de la norma acotada, señala como función específi ca en materia de educación, “Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional.” Que, el Gobierno Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 638- 2007/GRJ/PR, constituyó el Comité Ejecutivo Regional de Educación – Junín, encargado de elaborar un Plan de Contingencia para la fi nalización del Proyecto Educativo Regional; Que, el Proyecto Educativo Regional de Junín – PER-J, expresa las expectativas de las nueve provincias de nuestra región y se convierte en un instrumento de planifi cación y espacios de procesos para el diseño, implementación, ejecución, evaluación y seguimiento de los objetivos estratégicos y políticas públicas regionales en educación, las mismas que serán desarrolladas por las instancias educativas públicas y privadas, por otras instancias del Estado, sociedad civil organizada y otras que puedan crearse para el mejoramiento de la calidad educativa descentralizada y con equidad; Que, el artículo 106° del Reglamento Interno del Consejo Regional, dispone que las Comisiones de Consejeros Regionales, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo cuya fi nalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo les encargue; Que, la Aprobación del Proyecto Educativo Regional de Junín PER-J, cuenta con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Desarrollo Social, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º. 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 sus modifi catorias; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 vigente, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROYECTO EDUCATIVO REGIONAL JUNÍN - PERJ AL 2021” Artículo Primero.- APROBAR “El Proyecto Educativo Regional Junín – PERJ, al 2021, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional y que consta de (164) ciento sesenta y cuatro páginas, como política rectora de la Educación Pública y Privada de la Región Junín, se desarrolla bajo los principios de equidad, pertinencia, participación y sociedad educadora. Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Junín, a través de la Dirección Regional de Educación Junín, coordinará con las Unidades de Gestiones Educativas Locales – UGELs, Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos e Instituciones Educativas la implementación del Proyecto Educativo Regional Junín – PERJ, promoviendo la participación de las Entidades Públicas, Privadas y Sociedad Civil, debiendo informar al Gobierno Regional sobre los avances y resultados. Artículo Tercero.- ESTABLECER que en el proceso de implementación del presente documento de gestión se emitan normas vinculantes con el PERJ. Artículo Cuarto.- DERÓGUENSE todas las normas que se opongan a la presente norma Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 4 días del mes de febrero de 2008. HENRY ROSALES MALLQUI DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 5 días del mes febrero de 2008. VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO Presidente 172580-1