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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2008 (08/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de marzo de 2008 368441 Aprueban Cuadros de Asignación de Personal de las Unidades de Gestión Educativa Local de Huancayo, Yauli, Chupaca, Jauja, Concepción, Tarma, Junín, Chanchamayo y Satipo ORDENANZA REGIONAL N° 075-2008-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN, POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada a los 4 días del mes de febrero de 2008, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 sus modifi catorias; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 203- 2002-ED, aprueba el ámbito jurisdiccional, la organización interna y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de la Dirección Regional de Educación y sus respectivas Unidades de Gestión Educativa; Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal – CAP, de las Entidades de la Administración Pública; Que, la Resolución Ministerial Nº 298-2007-ED, aprueba “Normas Complementarias para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizadas”; Que, la Ordenanza Regional Nº 034-GRJ/CR, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación – Junín y sus Unidades de Gestión Educativa Local; Que, los Cuadros de Asignación de Personal – CAP, son documentos de gestión que contienen los cargos clasificados en base a la estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y los objetivos y metas establecidos en su Plan Estratégico; Que, los Cuadros de Asignación de Personal corresponden a las Unidades de Gestión Educativa Local – UGELs, de Huancayo, Yauli, Chupaca, Jauja, Concepción, Tarma, Junín, Chanchamayo y Satipo; Que, la Dirección Regional de Educación - Junín, es un órgano especializado del Gobierno Regional encargado de planifi car, ejecutar y administrar las políticas y planes regionales en materia de educación, cultura, deporte, recreación, ciencia y tecnología, en concordancia con las políticas sectoriales nacionales emanadas del Ministerio de Educación. Mantiene relación técnico-normativa con el Ministerio de Educación; Que, el artículo 106° del Reglamento Interno del Consejo Regional, dispone que las Comisiones de Consejeros Regionales, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo cuya fi nalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo les encargue; Que, los Cuadros de Asignación de Personal – CAPs, de las Unidades de Gestión Educativa Local – UGELs, de Huancayo, Yauli, Chupaca, Jauja, Concepción, Tarma, Junín, Chanchamayo y Satipo, cuentan con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 sus modifi catorias; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS CUADROS DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL – CAPs, DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGELs, DE HUANCAYO, YAULI, CHUPACA, JAUJA, CONCEPCIÓN, TARMA, JUNÍN, CHANCHAMAYO Y SATIPO” Artículo Primero.- APROBAR Los Cuadros de Asignación de Personal – CAPs, que se detallan a continuación: 1) UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL – HUANCAYO, considera un total de (56) cincuenta y seis cargos, distribuidos de la forma siguiente: Órgano de Dirección (06) seis cargos; Órganos de Línea (27) veintisiete cargos; Órgano de Apoyo (16) dieciséis cargos; Órgano de Asesoramiento (03) tres cargos; y Órgano de Control (04) cuatro cargos; el cual consta de (27) veintisiete folios. 2) UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIV A LOCAL – UGEL – YAULI, considera un total de (35) treinta y cinco cargos, distribuidos de la forma siguiente: Órgano de Dirección (05) cinco cargos; Órganos de Línea (21) veintiuno cargos; Órgano de Apoyo (05) cinco cargos; Órgano de Asesoramiento (02) dos cargos; y Órgano de Control (02) dos cargos; el cual consta de (27) veintisiete folios. 3) UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL – CHUPACA, considera un total de (35) treinta y cinco cargos, distribuidos de la forma siguiente: Órgano de Dirección (03) tres cargos; Órganos de Línea (23) veintitrés cargos; Órgano de Apoyo (05) cinco cargos; Órgano de Asesoramiento (02) dos cargos; y Órgano de Control (02) dos cargos, el cual consta de (33) treinta y tres folios. 4) UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL – JAUJA, considera un total de (44) cuarenta y cuatro cargos, distribuidos de la forma siguiente: Órgano de Dirección (08) ocho cargos; Órganos de Línea (24) veinticuatro cargos; Órgano de Apoyo (07) siete cargos; Órgano de Asesoramiento (02) dos cargos; y Órgano de Control (03) tres cargos; el cual consta de (27) veintisiete folios. 5) UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL – CONCEPCIÓN, considera (35) treinta y cinco cargos, distribuidos de la forma siguiente: Órgano de Dirección (06) seis cargos; Órganos de Línea (21) veintiuno cargos; Órgano de Apoyo (04) cuatro cargos; Órgano de Asesoramiento (02) dos cargos; y Órgano de Control (02) dos cargos; el cual consta de (28) veintiocho folios. 6) UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL – TARMA, considera (44) cuarenta y cuatro cargos, distribuidos de la forma siguiente: Órgano de Dirección (05) cinco cargos; Órganos de Línea (28) veintiocho cargos; Órgano de Apoyo (07) siete cargos; Órgano de Asesoramiento (02) dos cargos; y Órgano de Control (02) dos cargos; el cual consta de (30) treinta folios. 7) UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL – JUNÍN, considera (30) treinta cargos, distribuidos de la forma siguiente: Órgano de Dirección (03) tres cargos; Órganos de Línea (19) diecinueve cargos; Órgano de Apoyo (04) cuatro cargos; Órgano de Asesoramiento (02) dos cargos; y Órgano de Control (02) dos cargos; el cual consta de (32) treinta y dos folios. 8) UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL – CHANCHAMAYO, considera (48) cuarenta y ocho cargos, distribuidos de la forma siguiente: Órgano de Dirección (09) nueve cargos; Órganos de Línea (26) veintiséis cargos; Órgano de Apoyo (08) ocho cargos; Órgano de Asesoramiento (02) dos cargos; y Órgano de Control (03) tres cargos; el cual consta de (32) treinta y dos folios. 9) UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL – SATIPO, considera (48) cuarenta y ocho cargos, distribuidos de la forma siguiente: Órgano de Dirección (09) nueve cargos; Órganos de Línea (26) veintiséis cargos; Órgano de Apoyo (08) ocho cargos; Órgano de Asesoramiento (02) dos cargos; y Órgano de Control (03) tres cargos; el cual consta de (37) treinta y siete folios. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación.