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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2008 (08/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de marzo de 2008 368453 la fecha mantienen su plena validez, debiendo la persona jurídica, vehículos y conductores adecuarse en el plazo máximo de 30 días útiles de la publicación de la presente Ordenanza en el Portal de la Municipalidad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La persona jurídica que preste el Servicio Especial en zonas de trabajo de la Jurisdicción y a la vez en zonas de trabajo colindantes con distritos contiguos deberá obtener su Resolución de Operación, Autorización de Circulación Credencial de Conductor, mientras no se establezca el régimen de gestión común, dicha Resolución no autoriza a prestar servicio en la Jurisdicción de distritos colindantes. Segunda.- los paraderos que hubieran sido solicitados a la fecha por personas jurídicas autorizadas, se sujetarán a lo establecido en el estudio técnico respectivo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T.) aplicable, será la vigente al momento de pagar la infracción. Segunda.- La Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural mediante Resolución aprobará los Formularios de las Papeletas de Infracción de las Boletas de Internamiento y de la Orden de Liberación los que tendrán las especifi caciones y características contenidas en los modelos propuestos por la Sub Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial dentro de los cinco días útiles de emitida ésta Ordenanza . Tercera.- Inclúyanse en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA.) los procedimientos, requisitos y derechos administrativos establecidos en la presente Ordenanza. Cuarta.- Inclúyanse en el RASS de la Municipalidad, las infracciones y sanciones que se regulen según Anexos de la presente Ordenanza. Quinta.- Déjese sin efecto la Ordenanza Nº 007- 2003-MDP/A y cualquier otra norma que se oponga a la presente. Sexta.- Facúltese al Alcalde del Distrito para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte normas complementarias y/o reglamentarias a que hubiere lugar. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HUGO RAMOS LESCANO Alcalde ANEXO CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES INFRACCIONES DE LA PERSONA JURÍDICA Código Infracción Monto Multa UITSanciones Accesorias 80-A-01 Permitir que conductores presten el Servicio Especial sin estar registrado y autorizados por la Municipalidad (0.50% UIT) por cada conductor 80-A-02 Incumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 30° de la presente Ordenanza(5.00% U.I.T.) 80-A-03 Prestar el Servicio Especial sin contar con el Permiso de Operación y la Autorización de Circulación. (5.00% U.I.T.) 80-A-04 Prestar el servicio Especial cuando el Permiso de Operación y la Autorización de Circulación se encuentren vencidos.(2.50% U.I.T.) 80-A-05 Tomar posesión de la vía pública no autorizada como paradero.(3.00% U.I.T.) 80-A-06 Transferir el Permiso de Operación a otra Persona Jurídica(5.00% U.I.T.) R e v o c a c i ó n del Permiso de Operación 80-A-07 Facultar a prestar el Servicio Especial a vehículos menores sin Autorización Municipal. (0.70% U.I.T.) por cada vehículo 80-A-08 No controlar la vigencia de la póliza y cobertura de seguros(5.00% U.I.T.) 80-A-09 Permitir a sus conductores el lavado y mantenimiento del vehículo y otros actos que alteren el orden público y la buena costumbre en los paraderos autorizados.(5.00% U.I.T.)80-A-10 Permitir la prestación del Servicio Especial por conductores menores de edad.(5.00% UIT.) En caso de reincidencia se le suspenderá temporalmente la Autorización para brindar el Servicio Especial por 15 días calendario. 80-A-11 Por tener vehículos sin el color asignado por la Empresa o Asociación(2.00% U.I.T.) INFRACCIONES DEL CONDUCTOR Código Infracción M onto Multa UITSanciones Accesorias 80-B-01 Incurrir en maltrato físico al pasajero constatado por el Inspector Municipal.(3.00% UIT)En caso de reincidencia se suspenderá la Credencial por 03 días calendario 80-B-02 Incurrir en maltrato verbal al pasajero constatado por el Inspector Municipal(2.00% U.I.T.) 80-B-03 Incumplimiento de las obligaciones señaladas en el Artículo 31° de la presente Ordenanza. (3.00% U.I.T.) 80-B-04 Utilizar Credencial de Conductor que no le corresponda.(3.00% U.I.T.) 80-B-05 No portar su Credencial de Conductor.(1.00% U.I.T.) 80-B-06 No haber obtenido su Credencial de Conductor.(3.00% U.I.T.) 80-B-07 Llevar pasajeros en lugar diferente a los asientos de la cabina de pasajeros o fuera de ella. (2.00% U.I.T.) 80-B-08 Detener temporalmente (con el motor encendido) o estacionar el vehículo menor, para esperar pasajeros en zonas rígidas o lugares no autorizados como paraderos.(5.00% U.I.T.)Internamiento del vehículo en el Depósito Municipal. 80-B-09 Prestar Servicio Especial en pasajes peatonales y/o interiores de mercados o lugares de a fl uencia peatonal.(1.00% U.I.T.) 80-B-10 No asistir ni obtener el carné de los cursos de Educación Vial que programa la Municipalidad. (3.00% UIT.) 80-B-11 No portar el carné del Curso de Educación Vial vigente.(0.60% UIT) 80-B-12 Por invadir Paraderos y/o Zonas de Trabajo que están autorizados a otras personas jurídicas.(5.00% U.I.T.)Internamiento del vehículo en el Depósito Municipal 80-B-13 Utilizar la razón social de una Empresa o Asociación sin estar autorizado (asociado o a fi liado).(3.00% U.I.T.)Internamiento del vehículo en el Depósito Municipal 80-B-14 Prestar el Servicio Especial sin portar la Autorización de Circulación.(1.00% U.I.T.) 80-B-15 Prestar el Servicio Especial sin Autorización de Circulación y Paradero.(5.00% U.I.T.) 80-B-16 Prestar el Servicio Especial en un vehículo menor sin haber obtenido del Distintivo de Identi fi cación Municipal (calcomanía o sticker).(2.00% U.I.T.) 80-B-17 Prestar Servicio Especial en un vehículo menor que no tenga adherido al parabrisas del mismo el Distintivo de Identi fi cación Municipal. (1.00% U.I.T.) 80-B-18 Realizar el Servicio Especial en vías de alta velocidad, en las aceras o en vías no autorizadas.(1.00% U.I.T.) 80-B-19 Abandonar sin causa justi fi cada el vehículo menor con o sin pasajeros en vía pública.(2.00% U.I.T.)Internamiento del vehículo en el Depósito Municipal 80-B-20 Prestar el Servicio Especial en un vehículo menor en mal estado de conservación y/o operatividad.(1.00% U.I.T.)En caso de reincidencia se suspenderá la Autorización de Circulación por 15 días calendario