Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2008 (17/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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TRES, de fecha 30 de noviembre de 2007, expedida por la Sala Civil Descentralizada de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Piura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto Cumplimiento del mandato judicial expedido por la Sala Civil Descentralizada de Sullana de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo ordenado a traves de la Resolucion Numero TRES, de fecha 30 de noviembre de 2007, se deja sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Directoral Nº 220-2007-PRODUCE/DGEPP, de fecha 26 de MORDAZA de 2007 que otorgo a MORDAZA MORDAZA URCIA y su conyuge MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca provisional, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "SANTA MAR" con matricula PL-17980-PM, de 105.00 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina, jurel y caballa para consumo humano directo, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm), y 1½ pulgada (38 mm), de abertura de malla, segun corresponda. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Sala Civil Descentralizada de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Piura; debiendo consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero
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via peticion la correccion del error material en la autorizacion de cambio de titular de la licencia de operacion otorgado por la Resolucion citada en el considerando precedente, en el extremo referido a la ubicacion del establecimiento industrial pesquero ubicado en la localidad de Matarani y sustentando su peticion a traves de la MORDAZA de la Licencia Municipal de Funcionamiento Nº 00177 de la Municipalidad Distrital de Islay que consigna la ubicacion de una planta pesquera, en la Caleta de Chiguas Km. 8.5 Carretera Mollendo - Matarani; Que el articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que efectuada la revision y evaluacion de los documentos que obran en el expediente, y que la correccion del error incurrido por la empresa recurrente no altera lo sustancial del contenido ni el sentido de la Resolucion Directoral Nº 422-2007-PRODUCE/DGEPP, por lo que resulta procedente atender la peticion presentada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 6422007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable del area legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por la Ley Nº 27444; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 4222007-PRODUCE/DGEPP de fecha 24 de setiembre de 2007, en el extremo correspondiente a la ubicacion del establecimiento industrial pesquero dedicado al procesamiento de Harina de pescado de alto contenido proteinico, debiendo entenderse que se encuentra en Caleta de Chiguas, Km. 8.5 Carretera Mollendo Matarani, distrito y provincia de Islay, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional Sectorial de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: w.w.w.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero
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ModificanlaR.D.Nº422-2007-PRODUCE/ DGEPP en extremo correspondiente a , ubicacion de establecimiento industrial pesquero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 082-2008-PRODUCE/DGEPP

MORDAZA, 7 de febrero del 2008 Visto el escrito de registro Nº 00070162 de fecha 11 de octubre del 2007 y 16 de enero del 2008, sobre peticion presentada por TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 422-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 24 de setiembre del 2007, se aprobo a favor de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. el cambio del titular de las licencias de operacion otorgadas a GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., para que se dedique a la actividad de procesamiento pesquero en sus respectivos establecimientos industriales pesqueros en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados, entre otros de:
UBICACION DISPOSITIVO ACTIVIDAD CAPACIDAD t/h 140

Caleta de Chiguas, Km. 6.5 R.D. Nº 269-2001- Harina de pescado Carretera Mollendo-Matarani, PE/DNEPP de alto contenido distrito y provincia de Islay, proteinico departamento de Arequipa.

Rectifican la R.D. Nº 058-2008-PRODUCE/ DGEPP y las RR.MM. Nºs. 084 y 0862007-PRODUCE, en extremo referido a capacidades de bodega de embarcaciones pesqueras, a favor de CFG INVESTMENT SAC
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 086-2008-PRODUCE/DGEPP

Que a traves del escrito del visto, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., solicita

MORDAZA, 8 de febrero del 2008

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