TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de marzo de 2008 368947 facultados para transferir directamente los bienes y activos obtenidos como consecuencia de la ejecución de los proyectos de carácter social, a las entidades del Estado que se determinen mediante Resolución Ministerial del sector al cual se encuentra vinculado el proyecto, y a través de los cuales se benefi ciarán los pobladores de la zona de infl uencia de los proyectos promovidos; Que, en aplicación de los dispositivos legales antes citados, el 1 de junio de 2005 se constituyó el Fideicomiso Social Proyecto Bayóvar con los recursos derivados del proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto Bayóvar, teniendo por objeto la ejecución de Proyectos de desarrollo sostenible en benefi cio de la zona de infl uencia, conformada por la provincia de Sechura, departamento de Piura; Que, dentro de este marco legal, el Consejo Ejecutivo del Fideicomiso Social Bayóvar ha aprobado la ejecución de los Proyectos: 1) “Equipamiento del Servicio de Laboratorio de Establecimiento de Salud I - 4 Sechura, Micro Red de Sechura, Red Bajo Piura de la DIRESA Piura”; 2) “Mejoramiento de la Capacidad Operativa del Servicio de Tópico de los Establecimientos de Salud de la CLAS Sechura, de la Micro Red de Sechura, Red Bajo Piura de la DIRESA Piura - Provincia de Sechura - Piura” 3) “Mejoramiento de la Capacidad Operativa del Servicio de Tópico de los Establecimientos de Salud de la CLAS Vice, de la Micro Red de Sechura, Red Bajo Piura de la DIRESA Piura - Provincia de Sechura - Piura” y 4) “Mejoramiento de la Capacidad Operativa del Servicio de Tópico de los Establecimientos de Salud de la CLAS Bellavista, de la Micro Red de Sechura, Red Bajo Piura de la DIRESA Piura - Provincia de Sechura - Piura”, con cargo a los recursos de Fideicomiso; siendo necesario determinar la entidad del Estado a la cual se transferirán los bienes y activos que se obtengan como consecuencia de la ejecución de dichos proyectos; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Administración, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184- 2005-EF, literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- La Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, en representación del Fideicomitente, transferirá directamente a la Dirección Regional de Salud de Piura, los bienes y activos que se adquieran con cargo al Fideicomiso Social Proyecto Bayóvar que resulten de la ejecución de los siguientes proyectos: 1) “Equipamiento del Servicio de Laboratorio de Establecimiento de Salud I - 4 Sechura, Micro Red de Sechura, Red Bajo Piura de la DIRESA Piura”; 2) “Mejoramiento de la Capacidad Operativa del Servicio de Tópico de los Establecimientos de Salud de la CLAS Sechura, de la Micro Red de Sechura, Red Bajo Piura de la DIRESA Piura - Provincia de Sechura - Piura” 3) “Mejoramiento de la Capacidad Operativa del Servicio de Tópico de los Establecimientos de Salud de la CLAS Vice, de la Micro Red de Sechura, Red Bajo Piura de la DIRESA Piura - Provincia de Sechura - Piura” y 4) “Mejoramiento de la Capacidad Operativa del Servicio de Tópico de los Establecimientos de Salud de la CLAS Bellavista, de la Micro Red de Sechura, Red Bajo Piura de la DIRESA Piura - Provincia de Sechura - Piura”. Artículo 2º.- La referida transferencia de bienes se efectuará a título gratuito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 184-2005-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNAN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 176282-1Aprueban donación destinada a financiar el Proyecto del Plan de Preparación y Respuesta contra una Potencial Pandemia de Influenza en el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180-2008/MINSA Lima, 13 de marzo del 2008 Visto: el Informe Nº 062-2008-OGPP-OP/MINSA de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, proponiendo la inclusión en el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2008 del Pliego 011 Ministerio de Salud de la donación programada por el Gobierno de los Estados Unidos de América ascendente a US$ 372 317,00; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1061-2007/MINSA del 28 de diciembre de 2007, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2008 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el Gobierno de Estados Unidos de América ha programado donaciones en el presente año fi scal destinadas a fi nanciar el Proyecto del Plan de Preparación y Respuesta contra una Potencial Pandemia de Infl uenza en el Perú, con fondos provenientes del Centers for Disease Control and Prevention - CDC por una contribución total estimada de UN MILLÓN SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 073 762,00), a ser ejecutados por el Ministerio de Salud; Que, mediante Concesión Nº 5U51CI000456-02 del 24 de setiembre de 2007, el Departamento de Salud y Servicios Humanos del Gobierno de los Estados Unidos de América, aprueba otorgar la suma de TRECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 350 000,00) en el presente Año Fiscal, a los cuales se adiciona la donación pendiente de desembolso correspondiente al año 2007 hasta por un monto de VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 22 317,00), por lo que la contribución total asciende a TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 372 317,00) equivalentes a UN MILLÓN SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 073 762,00); Que, es necesario incluir en el presupuesto del presente año los mayores fondos públicos generados por la donación programada por el Centers for Disease Control and Prevention - CDC del Gobierno de los Estados Unidos de América en la fuente de fi nanciamiento 4 - Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de UN MILLÓN SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 073 762,00); Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Presupuesto y con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y; De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º y el artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y lo dispuesto por el artículo 4º del Anexo Nº 1 de la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria y Anexos