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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de marzo de 2008 368954 de Registro Nacional de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MAXIMILIANO CARDENAS DIAZ CARLOS A. MANSILLA GARDELLA FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO EDWIN VEGAS GALLO ANIBAL TORRES VASQUEZ EFRAIN ANAYA CARDENAS LUIS EDMUNDO PELAEZ BARDALES 176662-1 Disponen expedir título a favor de magistrado como Juez de Paz Letrado de Castilla de la Corte Superior de Justicia de Arequipa RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 053 -2008-CNM Lima, 3 de marzo del 2008 VISTO: El Ofi cio Nº 976-2008-CE-PJ, del 21 de febrero del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 976-2008-CE-PJ, del 21 de febrero del 2008, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 306-2007-CE-PJ, del 27 de diciembre del 2007, que declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por el magistrado René Mario Castro Figueroa, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Chincheros de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; en consecuencia, se dispone su traslado al Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Castilla de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, por razones de salud; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor RENÉ MARIO CASTRO FIGUEROA, de Juez del Juzgado de Paz letrado de Chincheros de la Corte Superior de Apurímac. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor RENÉ MARIO CASTRO FIGUEROA, de Juez del Juzgado de Paz Letrado de Castilla de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PELÁEZ BARDALES Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 176663-1 Disponen expedir título a favor de magistrado como Juez del Juzgado Especializado Penal de Wanchaq de la Corte Superior de Justicia del Cusco RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 054 -2008-CNM Lima, 3 de marzo del 2008 VISTO: El Ofi cio Nº 975-2008-CE-PJ, del 21 de febrero del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 975-2008-CE-PJ, del 21 de febrero del 2008, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 289-2007-CE-PJ, del 18 de diciembre del 2007, que declara fundada la solicitud de traslado presentada por el señor Reynaldo Ochoa Muñoz, Juez Titular del Juzgado Mixto de Wanchaq de la Corte Superior de Justicia del Cusco; en consecuencia, se dispone su traslado al Juzgado Especializado Penal de Wanchaq de la Corte Superior de Justicia del Cusco;