Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2008 (17/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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injustificado, en aplicacion de la Clausula Decimo Cuarta numerales 14.01 y 14.02 literales a) y d) del citado contrato7. En el reverso de dicha comunicacion, el Notario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de realizar la notificacion, dejo MORDAZA que no pudo ser entregada al destinatario debido a que este se habia mudado del domicilio indicado (Av. Mariscal MORDAZA Nº 383-385, Urb. El Pino), hacia aproximadamente cuatro anos. (iv) Carta Nº 118-2006/REGION CALLAO/GGR/ TDA8 de fecha 27 de marzo de 2006, por la cual la Entidad remitio al Contratista MORDAZA autenticada de la Resolucion Gerencial General Regional Nº 072-2006Gobierno Regional del Callao-GGR, a traves de la cual resolvio el Contrato Nº 072-2006-Gobierno Regional del Callao-GGR de Ejecucion de Obra Suma Alzada. En dicha carta simple, dirigida al domicilio sito en Av. Mariscal MORDAZA Nº 383-385, Urb. El MORDAZA, San MORDAZA, se aprecia una firma ilegible, debajo de la cual se senalo la palabra "Recibido", sin que se hubiese consignado la fecha y hora en que se efectuo la notificacion, asi como sin recabar el nombre y el numero del documento de identidad de la persona que habria recibido la referida carta. 14. A traves del Acuerdo Nº 314/2006.TC-SU de fecha 09 de noviembre de 2006, el Tribunal dispuso iniciar procedimiento administrativo sancionador contra la empresa MORDAZA MORDAZA y Cia. S.A. por su supuesta responsabilidad en el incumplimiento injustificado del Contrato Nº 065-2001-CTAR-CALLAO-ST, infraccion tipificada en el literal b) del hoy derogado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM (en adelante el Reglamento), MORDAZA vigente en la oportunidad en que se suscitaron los hechos denunciados. 15. Mediante decreto de fecha 10 de noviembre de 2006, el Tribunal dispuso formalmente el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra la Contratista y lo emplazo para que formulara sus descargos.

16. Habiendose agotado todas las gestiones para conocer otro domicilio MORDAZA de la Contratista, en aras de cautelar su derecho de defensa, mediante publicacion efectuada el 22 de enero de 2007 en el Diario Oficial "El Peruano" se le notifico para que formulase sus descargos, bajo apercibimiento de resolver con la documentacion obrante en autos. 17. Mediante decreto del 08 de febrero de 2007, debido a que el Contratista no presento sus descargos dentro del plazo otorgado, se hizo efectivo el apercibimiento decretado de resolver el presente procedimiento con la documentacion que obraba en el Expediente, el cual fue remitido en la fecha a la Sala Unica del Tribunal para que resolviese. 18. A traves de la Resolucion Nº 177-2007CONSUCODE/PRE, expedida el 04 de MORDAZA de 2007, se reconformaron las MORDAZA del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que mediante decreto de fecha 26 de MORDAZA de 2007, se dispuso la remision del expediente administrativo a la Tercera Sala.

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CLAUSULA DECIMO CUARTA.- DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO 14.01 Las formalidades de la Resolucion del contrato regira por lo estipulado en el articulo 144º del REGLAMENTO. 14.02 CTAR CALLAO podra resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) del articulo 41 de la Ley en los casos en que el contratista: a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo, pese haber sido requerido para ello. En el caso de obligaciones contractuales no esenciales, la Entidad podra resolver el contrato solo si, habiendolo requerido dos (02) veces, el contratista no ha verificado su cumplimiento. (...) d) Paralice injustificadamente la obra o reduzca injustificadamente el ritmo de trabajo, pese haber sido requerido para corregir tal situacion. Documento que obra a fojas 308 del Expediente.

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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