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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2008 (17/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de marzo de 2008 368963 La situación antes descrita no sucede con las tarifas propuestas por el OSIPTEL (obtenidas con los porcentajes 27,2% y 72,8% ya señalados), las que sí permiten que otros operadores puedan competir con Telefónica, a la vez que se encuentran basados en valores objetivos y reales, obtenidos de las inversiones de la red de Telefónica, contenidos en el modelo que esta misma empresa regulada presentó al OSIPTEL. En consecuencia, luego del análisis efectuado, se concluye que, teniendo en cuenta los objetivos de la presente regulación tarifaría, no resulta razonable utilizar los valores porcentuales propuestos por Telefónica, debiéndose ratifi car los porcentajes propuestos por el OSIPTEL a partir de los cuales se determinaron las tarifas contenidas en el proyecto de resolución que fue publicado para comentarios. Finalmente, cabe indicar que, en concordancia con lo previsto por el Artículo Quinto de la Resolución Nº 182-2007-PD/OSIPTEL que publicó el correspondiente proyecto, en la presente resolución deben quedar incorporadas las disposiciones que han sido establecidas en los artículos 2º al 8º de la Resolución Nº 010-2007- CD/OSIPTEL, cuyos efectos fueron suspendidos por la Resolución Nº 030-2007-CD/OSIPTEL, de tal forma que en una misma resolución esté contenido el conjunto de la regulación aplicable a las prestaciones de transmisión de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL provistas por Telefónica, facilitando así la aplicación de esta regulación tarifaria pues se contará con un texto único ordenado que la contenga. En ese sentido, se precisa que la referida suspensión de efectos quedará levantada a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. 176571-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Designan funcionarios responsables de brindar información en Oficinas Registrales de las Zonas Registrales Nº III - Sede Moyobamba y Nº II - Sede Chiclayo RESOLUCIÓN DEL GERENTE GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 017-2008-SUNARP/GG Lima, 13 de marzo de 2008 VISTO, el Ofi cio N° 362-2008-SUNARP-ZRNºIII-JZ del 6 de marzo de 2008, mediante el cual la Jefatura de la Zona Registral N° III – Sede Moyobamba, solicita la designación de los funcionarios responsables de brindar información dentro del marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Texto Único Ordenado de la misma, en adelante TUO, Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, en dicha Zona Registral; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información establecido en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, en virtud del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, se estableció en su artículo 4°, la obligatoriedad de la designación de los funcionarios responsables de entregar la información y de elaborar el Portal de Transparencia para las Entidades que cuenten con ofi cinas desconcentradas, a fi n de tramitarse la solicitud de información con mayor celeridad; Que, con documento de Visto, la Jefatura de la Zona Registral propone que la designación de los funcionarios encargados de brindar información en el marco de la Ley N° 27806 y el TUO de la misma, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, en las Ofi cinas Registrales de Moyobamba, Tarapoto y Juanjuí; Que, mediante Resolución N° 201-2007-SUNARP/ SN del 6 de julio de 2007, se delegó a la Gerencia General, entre otras funciones, la facultad de designar a los funcionarios responsables de brindar información requerida de conformidad a lo dispuesto con la Ley N° 27806 y el TUO de la misma; De conformidad a la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al TUO de la misma, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; así como a su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; a la facultad delegada por Resolución N° 201-2007-SUNARP/SN y al literal m) del artículo 14° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a los funcionarios responsables de brindar información que se solicite en el marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al TUO de la misma, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, así como a su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, en las Ofi cinas Registrales de la Zona Registral Nº III – Sede Moyobamba. Ofi cina Registral Funcionario responsable Moyobamba Fredy Luis Cárdenas Vásquez Tarapoto Augusto Fernando Lara Arana Juanjuí Rolando Peña Rodríguez Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL AGUILAR BERMÚDEZ Gerente General SUNARP 176095-1 RESOLUCIÓN DEL GERENTE GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 018 -2008-SUNARP/GG Lima, 13 de marzo de 2008 VISTO, el Ofi cio N° 105-2008/ZRNºII-JEF del 07 de marzo de 2008, mediante el cual la Jefatura de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, solicita la designación de los funcionarios responsables de brindar información dentro del marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Texto Unico Ordenado de la misma, en adelante TUO, Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, en dicha Zona Registral; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información establecido en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, en virtud del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, se estableció en su artículo 4°, la obligatoriedad de la designación de los funcionarios responsables de entregar la información y de elaborar el Portal de Transparencia para las Entidades que