Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2008 (21/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

369242

NORMAS LEGALES
Reconexion del servicio Desistimiento presentado a TM Resolucion del TRASU (Queja)

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2008 14/11/2006 27/11/2006 11/12/2006

"...sin perjuicio de lo indicado en el MORDAZA parrafo del articulo 27º de la Directiva de Reclamos aprobada por Resolucion Nº 015-99-CD/OSIPTEL, y a fin de contar con informacion que razonablemente permita identificar el inmueble donde se realiza la notificacion, el formato utilizado para levantar las actas de notificacion debera contener adicionalmente los siguientes datos: -Los numeros de fachada con los que se encuentran signados los inmuebles colindantes; -El numero de fachada con que se encuentra signado el inmueble ubicado al frente; -El numero de registro del poste electrico mas cercano al inmueble en el que se esta notificando. La informacion MORDAZA mencionada debera ser consignada por el notificador segun la disponibilidad de la misma." Es asi que, resulta correcto lo senalado por Telefonica Moviles en el sentido que no se requiere que se consigne toda la informacion a que se contraen los dispositivos citados, sino aquella que se encuentre disponible y permita la identificacion del inmueble. En el presente caso, el acta de notificacion (Constancia de entrega 219-006) consigno la siguiente informacion:
Caracteristicas del inmueble: MORDAZA : MORDAZA Color de fachada : MORDAZA Nº Registro Poste Electrico : Sin numero Nº suministro de luz : 22-1500 Nº suministro de agua : No visible Nº Fachada Inmuebles Colindantes : 432 y sin numero Nº Fachada Inmueble del Frente : Sin numero Datos del Notificador Nombre Doc. Iden. Codigo Firma

TELEFONICA MOVILES senala que la MORDAZA de Entrega (Acta de Notificacion Bajo Puerta) 288-058 levantada en el presente caso tenia los siguientes datos:
"Tipo de inmueble Color de fachada Nº de registro de poste electrico Nº de suministro de luz Nº de suministro de agua Nº de fachada de inmuebles colindantes Nº de fachada del frente Datos del notificador Nº de documento de identidad del Notificador : : : : : : : : edificio crema no visible no visible no visible no hubo acceso no hubo acceso MORDAZA MORDAZA MORDAZA

: 41470088".

: Marita MORDAZA MORDAZA : 31188238 : 4445 : XXXX

A diferencia del TRASU, esta instancia considera que no todos los datos estaran siempre disponibles y por otro lado, que de no ser posible contar con todos, basta con los datos necesarios para identificar al inmueble, tomando en consideracion especialmente aquellos que no varian con el tiempo (es asi que, por ejemplo, el color de la fachada no resulta tan relevante en la medida en que es facilmente modificable sin que quede, normalmente, MORDAZA de dicho aspecto). Es asi que, en atencion a lo desarrollado en el presente acapite y el material probatorio aportado por Telefonica Moviles (fotos del inmueble en cuestion, del inmueble colindante y del inmueble de enfrente), en el caso materia del presente analisis, no se ha incurrido en infraccion al articulo 47º del RGIS. II.1.4. Expediente Nº 01057-2006/TRASU/GUS-RQJ (ALEJANDRO MORDAZA MANRIQUE) En el presente caso el TRASU considero que TELEFONICA MOVILES incurrio en infraccion al suspender el servicio del titular del mismo porque, a la fecha de la suspension existia un reclamo en tramite. Dicha situacion se produjo debido a que TELEFONICA MOVILES no habria cumplido con las disposiciones vigentes relativas a la notificacion de resoluciones, situacion que habria ocasionado que la resolucion de primera instancia no sea correctamente notificada impidiendo que el reclamante MORDAZA conocimiento de la misma y que no obstante ello TELEFONICA MOVILES reputase consentida la referida resolucion. Conforme obra del expediente, los hechos se produjeron conforme al siguiente detalle:
Recibo de septiembre de 2006 Emision Recibo Reclamo por facturacion Resolucion de primera instancia: Suspension parcial Queja 25/09/2006 26/09/2006 05/10/2006 10/11/2006 10/11/2006

Asimismo, indica que ademas el notificador registro su firma y codigo interno de mensajero y que en el numeral 2 de la referida Acta de Notificacion Bajo MORDAZA, en la seccion Otros (especificar), el notificador indico que: "no hubo acceso - indicaron dejar en recepcion". Anaden tambien que lo senalado "resulta sumamente relevante en el presente caso, dado que el inmueble del reclamante se encuentra ubicado dentro la MORDAZA Militar Matellini de Chorrillos, especificamente en el block 11, departamento 302". Es asi que Telefonica Moviles considera que el titular del servicio fue notificado correctamente ya que los datos recogidos en el acta, permiten acreditar que fue materialmente imposible que el notificador consignara los datos indicados en el formulario de notificacion dado que por la ubicacion particular del inmueble del reclamante le resultaba imposible tener acceso a dicha informacion. Sin perjuicio de que, al igual que en el caso anterior, esta instancia reitera que los requisitos establecidos en las Directiva de Reclamos y en el Precedente, seran exigibles de forma razonable en funcion a su disponibilidad para efectos de identificar al inmueble, corresponde proceder al analisis del acta de notificacion bajo puerta. La MORDAZA de entrega 288-058 senala en el rubro "ACTA DE NOTIFICACION BAJO PUERTA" lo siguiente:

Lo primero que cabria preguntarle a Telefonica Moviles, a partir del rubro "2. No se encontro ninguna persona en el domicilio:" es: ¿si es que no se le permitio entrar al notificador, que MORDAZA de domicilio toco por 5 veces, esperando 6 minutos? Si como senala Telefonica Moviles, no hubo acceso a la MORDAZA Militar Matellini, y alguien le indico al notificador que dejara la notificacion en recepcion, quien fue ese alguien. ¿Fue acaso el vigilante de la MORDAZA Militar Matellini, de algun acceso a la MORDAZA en particular, o fue alguna otra persona? ¿No correspondia acaso que el notificador identificara siquiera a esa persona y que, en el caso de que se tratase de alguien que no quisiera identificarse asi lo senalara dentro del rubro correspondiente? ¿No resultaba acaso razonable que el notificador indicara la razon por la que no se le permitio el ingreso, por ejemplo alguna de caracter general - no se permite el ingreso de vendedores - o de caracter particular - si el dia en que se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.