Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2008 (25/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 25 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

369351

el matrimonio, en su condicion de institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es politica de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores promover la regularizacion de la situacion de aquellas parejas que encontrandose en condiciones de contraer Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos economicos para formalizarlo; Que, dentro del distrito existen numerosos hogares formados de hecho que por lo senalado en el considerando anterior no pueden regularizar su situacion; Que, asi mismo el Articulo 73º y 84º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 - Materias de competencia municipal establecen en materia de programas sociales, de defensa y promocion de los derechos de los ninos, adolescentes, mujeres y adultos mayores promoviendo la igualdad de oportunidades con criterio de equidad; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Art. 9 incisos 8) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades y el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, con la aprobacion UNANIME de los senores regidores y con la dispensa de lectura y aprobacion del acta ha dado la siguiente:
ORDENANZA

Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando cumplase. registrese, comuniquese, publiquese y

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
179148-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Amplian beneficio tributario otorgado mediante Ordenanza Nº 005-2007/ MVMT y su ampliacion aprobada por Ordenanza Nº 037-2007/MVMT
ORDENANZA Nº 044 -2008/MVMT

Articulo 1º.- AUTORIZAR la celebracion del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2008 para el Sabado 10 de MORDAZA del 2008, para lo cual las inscripciones se realizaran desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza hasta el 7 de MORDAZA del 2008 en la Unidad de Registros Civiles ubicada en el 2º Piso del Palacio Municipal. Articulo 2º.- Apliquese un descuento del 73.94% por concepto de Pliego matrimonial aplicado en el MORDAZA vigente de la Municipalidad para quienes quieran contraer matrimonio Civil en la fecha senalada en el articulo precedente. Articulo 3º.- CONSIDERESE como requisitos para aquellas personas que desean acogerse a este beneficio lo siguiente: - Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes. - MORDAZA simple del documento de identidad de ambos. - MORDAZA simple del documento de identidad de dos testigos. - Pago del Pliego Matrimonial: S/. 80.00 Nuevos Soles - Examen Medico Prenupcial, que realizara el area de Servicios a la Salud: S/. 20.00 Nuevos Soles PARA CONVIVIENTES: - Partida de Nacimiento de uno de los hijos (original). EXONERACIONES: - Certificado de Solteria. - Examen prenupcial siempre y cuando tengan descendentes. Articulo 4º.- DISPENSAR la publicacion de los Edictos Matrimoniales en base a la facultad que confiere el articulo 252º del Codigo Civil vigente, a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de los demas documentos exigidos por Ley y que se encuentren aptos para contraer matrimonio, debiendo la Unidad de Registros Civiles proceder a la publicidad en el periodico mural de Edictos Matrimoniales. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, la Unidad de Registro Civil y demas areas involucradas el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Oficina de Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Social y la Gerencia de Informatica la difusion oportuna de la presente Disposicion.

MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 25 de febrero del 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el pedido formulado por el Regidor MORDAZA Vara MORDAZA, para que se amplie el beneficio tributario establecido mediante Ordenanza Nº 005-2007/MVMT, que rebaja en un 50% el costo por derecho de pago por Constancias de Posesion a favor de los Asentamientos Humanos. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Numeral IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos dentro de los limites que senala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 005-2007/MVMT se aprobo el beneficio tributario de rebaja del 50% del costo por derecho de Constancias de Posesion a favor de los asentamientos humanos, el mismo que fuera prorrogado con Ordenanza Nº 038-2007/MVMT. Siendo necesario ampliar el plazo de la referida Ordenanza, a fin de que diversos pueblos de la jurisdiccion puedan acogerse a este beneficio; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal por decision Unanime aprobo la siguiente:
ORDENANZA

Articulo Primero.- AMPLIAR hasta el 31 de MORDAZA del 2008, el beneficio tributario otorgado mediante Ordenanza Nº 005-2007/MVMT y su ampliacion aprobado con Ordenanza Nº 038-2007/MVMT; que rebaja en un 50% el costo por derecho de Constancias de posesion a favor de los asentamientos humanos y pueblos jovenes. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.