Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2008 (09/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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virtud de designacion anterior a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 27785 efectuada en condicion de confianza, con la designacion que efectue este Organismo Superior de Control conforme a sus atribuciones, sin perjuicio del vinculo laboral o contractual que resulta de competencia exclusiva de la respectiva entidad; Que, el Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena fue designado en su cargo en condicion de confianza, segun se desprende de la Resolucion de Alcaldia Nº 1544-96-DA/MDT2 del 05.DIC.1996; Que, mediante Resoluciones de Contraloria Nºs. 5022005-CG y 106-2006-CG, se efectuo la designacion de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA y Gobierno Regional San MORDAZA, respectivamente; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 2522005-CG, se encargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Contraloria General de la Republica, la Jefatura del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos; Que, el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del Gobierno Regional MORDAZA, se encuentra vacante a la fecha; Que, de acuerdo a la Hoja de Recomendacion de visto, por razones de interes institucional y convenir a las necesidades del servicio, resulta necesario efectuar el traslado, designacion y conclusion, segun corresponda, de los Jefes de los Organos de Control Institucional de las entidades mencionadas en los considerandos precedentes; Que, asimismo, en virtud que los senores MORDAZA MORDAZA Valdivieso MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ingresaron a la Contraloria General de la Republica mediante Concurso Publico de Meritos para ocupar el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional para entidades sujetas a control por el Sistema, se recomienda en el documento de visto, designar a los referidos profesionales en los cargos de Jefe del Organo de Control Institucional del Gobierno Regional MORDAZA y Gobierno Regional San MORDAZA, respectivamente; Que, la Gerencia de Finanzas mediante el Memorando Nº 656-2008-CG/FI, senala que existe la disponibilidad presupuestal para las designaciones que se realicen mediante la presente Resolucion; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, modificada por la Ley Nº 28557, y a lo dispuesto en el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG, y en las Resoluciones de Contraloria Nºs. 433-2003-CG y 097-2004-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Efectuar el traslado, a partir de la fecha, de los profesionales que a continuacion se refiere: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena. Articulo Segundo.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA y Gobierno Regional San MORDAZA, respectivamente. Articulo Tercero.- Dar por concluida, a partir de la fecha, el encargo de las funciones del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos efectuado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Correa. Articulo Cuarto.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Contraloria General de la Republica, en el cargo de Jefe

del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria. Articulo Quinto.- Designar, a partir de la fecha, a los senores MORDAZA MORDAZA Valdivieso MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los cargos de Jefe del Organo de Control Institucional del Gobierno Regional MORDAZA y Gobierno Regional San MORDAZA, respectivamente. Articulo Sexto.- Los profesionales a que se refiere los articulos primero, MORDAZA y MORDAZA, mantendran su plaza de origen, teniendo derecho a percibir el diferencial remunerativo que pudiera corresponder respecto al nivel y categoria del cargo, de acuerdo a lo previsto en las Resoluciones de Contraloria Nºs. 433-2003-CG y 0972004-CG, durante el ejercicio efectivo de dichos cargos. Articulo Setimo.- La Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia de Organos de Control Institucional dispondran y adoptaran las acciones que correspondan en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 197345-1

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 183-2008-CG MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2008 VISTO, el Informe Especial N° 079-2008-CG/ ORCA, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Hualgayoc ­ Bambamarca, departamento de MORDAZA, periodo 2005, el cual fue MORDAZA a los periodos 2003 y 2004, con relacion a la adquisicion de bienes y servicios; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Provincial de Hualgayoc ­ Bambamarca, con el fin de verificar si la adquisicion de bienes y contratacion de servicios, se han ejecutado de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la accion de control, la Comision Auditora ha determinado que, durante los periodos 2004 y 2005 la Municipalidad adquirio materiales de construccion y contrato la prestacion de servicios por un monto de S/. 110 711,97 sin realizar los procesos de seleccion correspondientes, a dos centros comerciales de Bambamarca que estarian vinculados a un tercero que provee de insumos a la entidad; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Omision, rehusamiento o demora de actos funcionales y Negociacion Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo, tipificados en los articulos 377°, 397º y 399° del Codigo Penal, respectivamente; Que, igualmente se ha evidenciado pagos en exceso por un incremento de dietas a Regidores acordado en marzo del 2004, al margen de la normativa vigente, lo cual ha ocasionado perjuicio economico a la entidad por la suma total de S/. 125 710,10; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Peculado, tipificado en el articulo 387° del Codigo Penal; Que, asimismo, la Comision Auditora ha determinado que la Municipalidad celebro un convenio por el cual se otorgaron desembolsos y ejecutaron trabajos para la obra "Culminacion del local de la Asociacion de Apicultores de Bambamarca", por un monto ascendente a S/. 20 592,40, sin embargo, dicha inversion se utilizo en el mejoramiento

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