Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2008 (09/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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372011

de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Especial; CONSIDERANDO:

VIVIENDA
Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales contra Laudo Arbitral de Derecho emitido en el Caso Nº 1211-132-2006, seguido ante el Centro de Arbitraje de la Camara de Comercio de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 163-2008-VIVIENDA MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2008 Vistos: El Memorandum Nº 1086-2008/VIVIENDA/ VMCS/PAPT/DE del 7 de MORDAZA del 2008, e Informe Nº 0482008/VIVIENDA/VMCS/PAPT/OAL del 30 de MORDAZA del 2008; CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 0062007-VIVIENDA, y dentro del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado se creo el Programa "Agua para Todos" en el Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que integrara dentro de su ambito al Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA, de la Unidad de Gestion del PRONASAR, del Programa de Inversion Social en Saneamiento ­ INVERSAN, de la Unidad Tecnica FONAVI, asi como de otros proyectos y Programas en materia de saneamiento y otros que se integren a traves una Resolucion Ministerial del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, con fecha 23 de marzo del 2005, el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA, en su condicion de contratante, suscribio el Contrato Nº 008-2005/VIVIENDA/VMCS/PARSSA ­ Contrato de Ejecucion de Obra a Precios Unitarios, con la empresa Contratista CONSORCIO CONSTRUCTOR RIO SANTA; Que, habiendose producido discrepancias entre las partes durante la ejecucion de la obra, la Contratista CONSORCIO CONSTRUCTOR RIO MORDAZA inicio MORDAZA arbitral ante el Centro de Arbitraje de la Camara de Comercio de MORDAZA, generandose el Caso Arbitral Nº 1211-132-2006; Que, mediante Carta s/n del 28 de marzo de 2008, el Centro de Arbitraje de la Camara de Comercio de MORDAZA notifica al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - Programa Agua Para Todos, el Laudo Arbitral de Derecho emitido el 27 de marzo del 2008 en el MORDAZA seguido ante el Centro de Arbitraje de la Camara de Comercio de MORDAZA correspondiente al Caso Arbitral Nº 1211-132-2006, y en el cual se resuelve declarar Infundada la Excepcion por existencia de pretensiones no arbitrales deducida por el Programa Agua Para Todos (Antes PARSSA) y fundada en parte respecto de los demas puntos controvertidos, ordenando se pague a favor de la Contratista CONSORCIO CONSTRUCTOR RIO MORDAZA, la suma ascendente a US $ 1 916 102,77 (Un Millon Novecientos Dieciseis Mil Ciento Dos y 77/100 Dolares Americanos); Que, a traves de los documentos del visto se establece que el Laudo Arbitral de Derecho emitido en el Caso Arbitral Nº 1211-132-2006, vulnera los derechos a la libre contratacion y de propiedad consagrados en los articulos 62 y 70 de la Constitucion Politica del Peru, los mismos que se encuentran protegidos en los numerales 4 y 12 del articulo 37 de la Ley Nº 28237, Codigo Procesal Constitucional; Que, en consecuencia es necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes, contra el Laudo Arbitral de Derecho de fecha 27 de marzo del 2008, emitido en el Caso Arbitral

Que, con Resolucion Directoral N° 110-2007-MTC/12 del 21 de MORDAZA del 2007, se otorgo a la empresa HELICOPTEROS PETROLEROS S.A.C., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Especial, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 7 de junio del 2007; Que, mediante Documento de Registro N° 2008-007203 del 20 de febrero del 2008, la empresa HELICOPTEROS PETROLEROS S.A.C. solicito la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Especial, en el sentido de incrementar material aeronautico y sub-bases de operacion; Que, segun los terminos del Memoranda N° 2152008-MTC/12 y Nº 234-2008-MTC/12; Memorando Nº 942-2008-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa HELICOPTEROS PETROLEROS S.A.C., la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Especial, a fin de incrementar material aeronautico y subbases de operacion a los ya autorizados a traves de la Resolucion Directoral Nº 110-2007-MTC/12 del 21 de MORDAZA del 2007, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: autorizados) MORDAZA 206-B Gulfstream Commander 690B Short Brothers SC7 Serie 3 Hughes 369D (ademas de los

SUB-BASES DE OPERACION: (ademas de las autorizadas) - Aeropuerto de Pucallpa - Aeropuerto de Tarapoto Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 110-2007-MTC/12 del 21 de MORDAZA del 2007 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 192952-1

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