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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de mayo de 2008 372401 ORDENANZA QUE REVOCA LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DE LOCALES COMERCIALES QUE DESARROLLAN GIROS COMERCIALES INCOMPATIBLES CON LA ZONIFICACION Artículo 1°.- Revocatoria de autorizaciones de funcionamiento. Disponer la revocatoria de todas las autorizaciones de funcionamiento, de los locales comerciales que contravengan en la actualidad o hubieran sido otorgadas contraviniendo: a) La normatividad de Compatibilidad de Usos, de acuerdo a la Zonifi cacion establecida. b) Las Disposiciones relativas a la de Seguridad Ciudadana. c) Produzcan contaminación ambiental. d) Las normas de Defensa Civil. Artículo 2°.- Clausura de locales comerciales. Encargar a la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Desarrollo Económico Local a proceder con notifi car a los administrados que se encuentren dentro de los alcances de la presente ordenanza, para que procedan con el cese de la actividad comercial, siendo que en caso de incumplimiento el órgano competente de acuerdo al Reglamento de Organización de Funciones (ROF) vigente, ejecutara de manera inmediata la clausura correspondiente. Artículo 3°.- Vigencia. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICION FINAL Primera.- Facúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para la aplicación de la presente Ordenanza. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE, COMUNIQUE Y CUMPLA. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 200513-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 242-MDSMP que aprobó condonación de deuda tributaria DECRETO DE ALCALDÌA Nº 011-2008/MDSMP San Martín de Porres, 30 de abril del 2008EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 242-MDSMP (27. FEBRERO.2008) publicada el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 20.MARZO.2008, se aprueba la condonación de deuda tributaria e intereses generados, producto del proceso de fi scalización, presentación y/o rectifi cación de la declaración jurada, como forma de incentivar a los contribuyentes a regularizar voluntariamente el cumplimiento de sus obligaciones formales;Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la referida Ordenanza dispone que mediante Decreto de Alcaldía se podrá dictar las disposiciones complementarias para su mejor cumplimiento y la prórroga de su vigencia; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 006-2008/ MDSMP (31.MARZO.2008) se prorrogó el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 242-MDSMP hasta el 30 .ABRIL.2008; Que, es política de la presente Gestión Municipal brindar a sus contribuyentes mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, estando al Memorándum Nº 071-2008-GAT/ MDSMP e Informe Nº 447-2008-GAJ/MDSMP de las Gerencias de Administración Tributaria y Asesoría Jurídica, respectivamente; De conformidad con los artículos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de las Municipalidades; Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributario, así como Ordenanza Nº 242-MDSMP de esta Entidad Municipal; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 242-MDSMP hasta el 31.MAYO.2008. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencias correspondientes; como su publicación a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 200680-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Regulan la instalación y funcionamiento de puestos de venta de periódicos, revistas, libros, loterías y golosinas en la vía pública ORDENANZA Nº 147-MDSM San Miguel, 20 de diciembre de 2007 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha; VISTO, El Informe N° 326-2007-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos respecto a la regulación del expendio de diarios, revistas y loterías en las vías públicas en la jurisdicción del Distrito de San Miguel. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 195º, inciso 8) de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, se establece la competencia de los gobiernos locales para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulación y tránsito conforme a ley; Descargado desde www.elperuano.com.pe