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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de mayo de 2008 372388 Que, previa a la exoneración se hace necesario incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CGBVP para el ejercicio presupuestal 2008, el proceso para el arrendamiento de la Central Telefónica para el CGBVP; Estando a lo dispuesto en el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección para la contratación del arrendamiento de la Central Telefónica del CGBVP, por la causal de proveedor único. Artículo 2º.- Aprobar la modifi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CGBVP correspondiente al año 2008, para incluir el proceso materia de exoneración, cuyo valor no debe exceder el monto habilitado para dicho servicio. Artículo 3º.- Autorizar a la Dirección de Logística para que proceda a la contratación del arrendamiento de la Central Telefónica para el CGBVP. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección General de Administración la remisión de la presente Resolución Jefatural y los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 5º.- Disponer que la Dirección General de Administración, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición de la presente Resolución, publique la misma en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), y en la página web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS CORDOVA GOMEZ Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú 200459-2 Exoneran de proceso de selección la contratación de arrendamiento de central telefónica y la adquisición de bienes para equipar unidades de emergencia asignadas a la V Cumbre ALC-UE RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 269-2008- CGBVP San Isidro, 12 de mayo de 2008 VISTOS:El Ofi cio N° 0324-2008 CGBVP/DILOG y el Informe Técnico N° 013-2008- CGBVP/DILOG; el Ofi cio Nº 169-2008 CGBVP/AJ y el Informe N° 008-2008 GCBVP/AJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, del 13 al 17 de mayo de 2008 se va a llevar a cabo en el Perú la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina, el Caribe y la Unión Europea, a efectos de acordar acciones concretas sobre dos temas: “Pobreza, desigualdad e inclusión”, y “Desarrollo sostenible: medio ambiente, cambio climático y energía”, en adelante V Cumbre ALC-UE; Que, mediante Oficio Nº 202-2008-IN/0101, recibido el 28 de abril de 2008, el Ministro del Interior solicita la intervención del CGBVP para brindar una seguridad integral durante el desarrollo de la V Cumbre ALC-UE, a fin de lograr un clima de paz, tranquilidad y seguridad; Que, por Ofi cio Nº 145-2008 CGBVP/DIGO, de fecha 05 de mayo de 2008, el Director de Operaciones del CGBVP solicita para brindar el servicio encomendado equipar a las unidades de emergencia asignadas a la V Cumbre ALC-UE, para lo cual requiere diferentes materiales e implementos; Que, mediante Ofi cio Nº 0324-2008-CGBVP-DILOG, de fecha 08 de mayo de 2008, el Director de Logística solicita la adquisición de los bienes requeridos para la V Cumbre ALC-UE, en tanto el Almacén no cuenta en con los bienes requeridos, remitiendo el Informe Técnico Nº 013-2008/CGBVP/DILOG; Que, los bienes requeridos se encuentran incluidos en los diferentes procesos que se llevarán a cabo, conforme al Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo No. 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de selección correspondientes, entre otras, las contrataciones que se realicen en situación de desabastecimiento inminente, en cuyo supuesto la contratación se realizará empleando acciones inmediatas; Que, el artículo 21º del citado dispositivo legal establece que se entiende como situación de desabastecimiento inminente, a la situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio y obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; facultando a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo No. 084-2004-PCM, establece que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos; Que, de acuerdo a lo señalado en los Informe de vistos, la situación acontecida es extraordinaria e imprevisible se deriva del Ofi cio Nº 2022008-IN/0101, en el cual se solicita la atención inmediata, directa y especializada, para lo cual se requiere la adquisición de bienes para equipar las unidades de emergencia, que van a ser asignados para la V Cumbre; Que, lo antes señalado compromete de forma directa e inminente los servicios, actividades y operaciones que constituyen la función de la entidad, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del CGBVP, Ley Nº 27067; Que, el servicio brindado por el CGBVP, de forma especial para la V Cumbre ALC-UE, va a coadyuvar a lograr un clima de paz, tranquilidad y seguridad, por lo que la ausencia del servicio antes citado pone directamente en riesgo la seguridad de los participantes de la V Cumbre ALC-UE; Que, en este sentido, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado, corresponde que se declare el desabastecimiento inminente de los bienes requeridos, y que se les exonere del proceso de selección respectivo; Que, previa a la declaración de desabastecimiento inminente, se hace necesario incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CGBVP para el ejercicio presupuestal 2008, la adquisición de los bienes requeridos para la V Cumbre ALC-UE, proceso que será materia de la exoneración, y asimismo la adquisición se encuentra supeditada a la disponibilidad presupuestal respectiva; Descargado desde www.elperuano.com.pe