Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2008 (30/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de mayo de 2008 373168 Responsable de la Ejecución del Proyecto de Inversión Pública Entidad Responsable del Mantenimiento Fuente de Financiamiento (S/.): Recursos Propios S/. 0,00 Aportes de la Municipalidad S/. 0,00 Otros (ONG, Empresas Privadas, etc.) S/. 0,00 Total ** S/. 0,00 INFORMACION DESARROLLADA POR EL EQUIPO TECNICO Programación Anual de la Inversión 2009 2010 2011 S/. 0,00 S/. 0,00 S/. 0,00 Nombre del indicador empleado Inversión / Bene fi ciarios Unidad de Medida *** M2, GBL, Metros Lineales, Unidades, etc. Meta Considerada para el Año 2009 Etapas del Proyecto (considerar el acumulado si el proyecto se encuentra en ejecución) Medio de veri fi cación (Fuente de información sobre el valor del indicador) * Especi fi car fuente especí fi ca de Transferencias como Fondo de Compensación Municipal, Canon, etc.** Monto de recursos totales requeridos para la ejecución de la acción o proyecto a lo largo de su desarrollo.*** Considerar el componente de mayor relevancia. 206738-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban Ordenanza que regula los procesos de elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres ORDENANZA Nº 245-MDSMP San Martín de Porres, 21 de mayo del 2008 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO:En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 21.MAYO.2008, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales; y con el quórum reglamentario de los Señores Regidores, se trató sobre aprobación de Ordenanza que regula la elección de representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD; y CONSIDERANDO:Que, en Sesión Extraordinaria de la fecha se trató y debatió el proyecto de Ordenanza que regula los procesos de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de San Martín de Porres; el mismo que cuenta con los informes administrativos respectivos de la Entidad; por lo que corresponde su respectiva aprobación; De conformidad con los artículos 9º, Inc. 8), 40º y 102º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; con el Dictamen favorable de la Comisión de Participación Ciudadana y Seguridad Ciudadana; con el Voto Mayoritario de los Señores Regidores: y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha aprobado la siguiente:ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCESOS DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL (CCLD) DE SAN MARTIN DE PORRES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- De los fi nes y objetivos La presente Ordenanza establece y regula los mecanismos y procedimientos a través de los cuales las Organizaciones de la Sociedad Civil participan y eligen democráticamente a sus representantes ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres, según lo establecido en la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 2º.- De las defi niciones Para la aplicación de la presente Ordenanza se considerará: a) Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD): Es un órgano de coordinación y concertación entre la Municipalidad distrital y las Organizaciones de la Sociedad Civil. No ejerce funciones ni actos de gobierno. b) Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC): Son las organizaciones sociales existentes en el ámbito distrital, en tanto sean: b.1) Personas jurídicas de derecho privado, sin fi nes de lucro, debidamente inscritas en los Registros Públicos. b.2) Organizaciones creadas en ejercicio del libre derecho de asociación, que cuenten con autonomía organizativa, administrativa y económica y que no estén adscritas a ningún órgano o institución del Estado. Estas organizaciones deberán estar inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad de San Martín de Porres. c) Representante de la Sociedad Civil: Persona natural que integra el CCLD de San Martín de Porres, elegida democráticamente entre los delegados-electores de las OSC inscritas para participar en el proceso eleccionario. d) Delegado-elector: Persona natural expresamente autorizada por el máximo órgano de cada organización de la sociedad civil inscrita en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil para el CCLD de San Martín de Porres, a efecto de participar en el proceso electoral en su representación y ejercer el derecho de elegir y ser elegido en la elección de los representantes de las OSC ante el CCLD. Una misma persona no puede tener la representación de dos o más organizaciones. e) Candidato: Es aquel delegado-elector nominado como tal para la elección de los representantes de las OSC ante el CCLD. f)Padrón Electoral: Es la lista que contiene el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil para el CCLD de San Martín de Porres, en el que consta la denominación social, domicilio, el nombre e identifi cación del representante legal, el nombre e identifi cación del delegado-elector que la representará para los efectos de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- De los integrantes del consejo de coordinación local distrital El CCLD de San Martín de Porres está conformado por: a) El Alcalde, quien lo presidirá, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde. b) Los quince (15) Regidores.c) Siete (7) representantes de la sociedad civil, cuya composición se determina de la siguiente manera: - Cuatro (4) representantes de las OSC del segmento Vecinal y de Base Descargado desde www.elperuano.com.pe