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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2008 (30/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de mayo de 2008 373165  Los Miembros del Consejo de Coordinación Local.  Representantes de las Organizaciones Sociales, Territoriales o Temáticas.  Alcalde Concejo Municipal Distrital Representantes Instituciones Públicas que desarrollan acciones en la jurisdicción. B. Agentes Participantes con Voz pero sin Voto: El Equipo TécnicoArtículo 7º.- El Alcalde Organiza las actividades del Proceso Participativo y Establece los montos máximos de asignación presupuestal que será destinada al Presupuesto Participativo, luego de deducir del techo presupuestario para inversión los compromisos correspondientes a los proyectos en ejecución y los costos de operación y mantenimiento de los proyectos culminados. Es responsable de proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo. Artículo 8º.- El Equipo Técnico El Equipo Técnico es el responsable de brindar soporte técnico al desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo, así como la de desarrollar el trabajo de evaluación técnica de las propuestas resultantes de los Talleres de Trabajo. El Equipo Técnico está conformado por la siguiente manera: o Gerencia Municipal – Abog. Cesar Augusto Cáceres Barraza. o Gerencia de Planifi cación y Presupuesto – Eco. Jessica María Araujo Arredondo. o Gerencia de Desarrollo Educativo y Social – Lic. Miguel Ángel Ibarra Trujillo o Gerencia de Desarrollo Urbano – Ing. Edwin Vicente Aranzábal o Gerencia de Inversiones Públicas – Ing. Martha Patricia Becerra Saavedra o Un Representante del Consejo de Coordinación Local (CCL) - Celia Idania Pezo Flores o Un Representante de la Sociedad Civil- Luis Manuel Hugo Morales Joya Siendo sus responsabilidades básicas: Brindar asesoría y apoyo a la organización y ejecución de las diferentes fases del proceso, que requiere el Presupuesto Participativo.  Desarrollar la Evaluación Técnica y Financiera según las normas y parámetros técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).  Preparar y presentar a los Agentes Participantes la relación de Proyectos y acciones que superaron la evaluación técnica e informar sobre los recursos disponibles para su realización.  Sistematizar la información y elaborar los instrumentos normativos y técnicos que el Presupuesto Participativo requiera.  Asistencia Técnica permanente en la toma de decisiones de los agentes participantes, así como cualquier otro encargo que se requiera para el desarrollo del proceso.  Formular los Proyectos o Acciones identifi cadas a fi n de que se incluya en el anteproyecto del Presupuesto Institucional de Apertura 2009 que se remite a la Municipalidad Provincial de Lima en físico y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público en digital. Artículo 9º.- El Comité de Vigilancia y Control Corresponde a la Sociedad Civil la vigilancia del desempeño del Gobierno Local en referencia al Presupuesto Participativo y de los compromisos asumidos por la sociedad civil y demás Agentes Participantes en el Proceso Participativo. Para dicho efecto, los Agentes Participantes eligen y conforman el Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2009. El Comité de vigilancia se conforma en el proceso y fi naliza su labor en diciembre del año siguiente. En tal sentido en un año coexisten dos Comités de Vigilancia y Control. Aquel conformado para el año en curso y el año siguiente; y el otro que continúa vigilando por segundo año el proceso de la ejecución del presupuesto. Artículo 10º.- Conformación del comité de vigilancia Los Agentes participantes para fi nes de las acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo eligen los miembros del Comité de Vigilancia y Control, entre los Agentes Participantes en número de uno (01) agente elegido en cada uno de los talleres de ejes temáticos. Esto se conformará durante el proceso y fi naliza su labor en Diciembre del año siguiente. Artículo 11º.- Para ser elegidos como miembros del Comité de Vigilancia y Control deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano(a) en ejercicio; b) Ser postulado(a) por una Organización Territorial de Base de la jurisdicción; c) Ser miembro de la comunidad y habitar en la misma. d) Ser Agente Participante.e) No ser miembro del Concejo de Coordinación Local Distrital. f) Contar con una asistencia mayor al 80% de la cantidad total de talleres de trabajo. g) Validar el conocimiento de la realidad de cada centro poblado de su zona con el trabajo de campo realizado previamente. CAPÍTULO SEGUNDO DE SUS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 12º.- Los Agentes Participantes deberán asistir de manera obligatoria a los Talleres de capacitación y de trabajo para la elaboración del Presupuesto Participativo, teniendo en cuenta lo siguiente: 1. La participación debe ser activa y responsable; puntual e integral. 2. El diálogo entre los Agentes participantes y el equipo técnico debe ser alturado, constante y fl uido. Artículo 13º.- Antes de asistir a los Talleres y en el curso de su desarrollo, los agentes participantes deberán reunirse con las personas a las que representan para: 1. Informarles acerca del proceso. 2. Hacer un análisis del Plan de Trabajo y proponer las modifi caciones que consideren necesarias. 3. Establecer las prioridades del sector o territorio que representan, de acuerdo al Plan de Desarrollo. 4.- Defi nir las Ideas de Proyectos para presentar al presupuesto Participativo 2009 y adjuntar una copia del acta donde los miembros de la organización fi rmen y respalden el proyecto a presentar por sus dirigentes. FALTAS Y SANCIONES Artículo 14º.- Se consideran faltas a las normas de convivencia democrática de los Agentes Participantes ante el proceso de elaboración del Presupuesto Participativo, las siguientes: a) Inasistencia injustifi cada a los Talleres convocados.Descargado desde www.elperuano.com.pe