Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2008 (15/11/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 15 de noviembre de 2008

se tendra en cuenta el Clasificador Maestro de Ingresos vigente. CAPITULO II DE LAS SUBVENCIONES Articulo 16º.- CONCEPTO DE SUBVENCIONES. Las Subvenciones son subsidios que se dan para fomentar ciertas actividades asistenciales, culturales y sociales, en especial aquellas que no podrian desarrollarse sin apoyo externo. Siempre que no exista contraprestacion directa de los beneficiarios y sujeto al logro de un determinado objetivo. Se priorizan las subvenciones a instituciones educativas y culturales, asi como a organizaciones vecinales sin fines de lucro. Articulo 17º.- DE LOS TIPOS DE SUBVENCIONES. Las Subvenciones pueden ser otorgadas en las modalidades siguientes: a. Subvenciones Sociales. Son Gastos destinados a cubrir egresos de organismos publicos, entidades privadas, comunidades campesinas y organizaciones sociales de caracter asistencial, cultural y social sin finalidad lucrativa. Asimismo comprende las pensiones de MORDAZA, las otorgadas a victima de accidentes, actos de terrorismo o narcotrafico y otos gastos destinados a personas naturales de acuerdo a disposicion expresa. b. Subvenciones Economicas. Gastos destinados a financiar, parcial o totalmente requerimientos de caracter economico a Instituciones Publicas, organizaciones sociales, culturales, educativas y campesinas, sin fines de lucro. Articulo 18º.- SOLICITUDES DE SUBVENCIONES A LA MUNICIPALIDAD POR PERSONAS NATURALES Y/O JURIDICAS. Las subvenciones se sujetan, estrictamente a los recursos directamente recaudados, debiendo ser aprobadas mediante el Acuerdo de Concejo correspondiente, previo informe de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y dictamen de la comision de regidores respectiva, obligatoriamente se precisara el uso que se MORDAZA a la subvencion, consignando la relacion detallada de los mismos, compromiso de uso adecuado en funcion al motivo del requerimiento. a) Solicitudes de Subvenciones por personas naturales y/o juridicas. a.1 Todas las solicitudes de Subvenciones en dinero, bienes o servicios, deben ser dirigida al MORDAZA, presentados por Mesa de Partes indicando el motivo del requerimiento y adjuntando la documentacion sustentatoria. a.2 El Despacho de Alcaldia, trasladara el Expediente a la Gerencia Municipal, quien solicitara previamente opinion presupuestaria. Determinada la viabilidad presupuestaria, se solicitara el informe social, informe tecnico (obras) y/o informe del area competente segun sea el caso para el procedimiento administrativo correspondiente. a.3 Con los informes respectivos, se elevara al pleno del Concejo para su correspondiente aprobacion. a.4 Las subvenciones otorgadas por Arbitrios de Limpieza Publica en la modalidad de exoneraciones y/o inafectaciones se regiran por su propia Ordenanza Municipal. b) De las Restricciones a las Subvenciones b.1 Para la atencion de las subvenciones sociales, queda prohibido hacer entrega de dinero en efectivo, bajo cualquier forma o circunstancia de manera directa al interesado. Solo se contempla la modalidad de "Encargos" a personal de la institucion de conformidad a lo normado en la Directiva de Tesoreria, para la atencion respectiva b.2 A fin de garantizar el adecuado uso de los recursos economicos; cuando se trate de solicitudes de subvenciones economicas (dinero) para la adquisicion de bienes o prestacion de servicios por parte de terceros; la Municipalidad efectuara el tramite respectivo para la adquisicion del bien y/o contratacion del servicio, o en todo caso depositara la subvencion economica en una cuenta corriente de la Institucion solicitante. b.3 De considerarse necesario, el procedimiento para la adquisicion y entrega se sujetara a lo establecido en las normas de abastecimiento y normas establecidas en

el TUO de la Ley 26850 y su Reglamento. Articulo 19º.- REGISTROS Y ENTREGAS DE LAS SUBVENCIONES.

a) De las Actas de Entrega y/o Convenios a.1 La Subvencion a personas naturales debera contar con un Acta de Entrega, consignando nombres y apellidos del receptor, firma, documentos de identidad, domicilio, destino y plazo de ejecucion y/o utilizacion de los recursos entregados. a.2 Cuando se trate de personas juridicas se suscribira un Acta de Compromiso, debiendo firmar el Presidente y los Miembros de la Junta Directiva, o la persona que le representa legalmente, registrando su firma, documentos de identidad, poder o delegacion con que cuenta, domicilio, destino y plazo de ejecucion y/o utilizacion de los recursos entregados. a.3 Cuando se trate de subvenciones sujetas a verificacion (materiales para ejecucion de obras, equipos, etc), se establecera un plazo para su uso, adecuada utilizacion y posterior verificacion. El registro y entrega de las subvenciones sociales sera de responsabilidad de la Sub Gerencia de Logistica, en el caso de las subvenciones economicas sera de responsabilidad de la Sub Gerencia de Tesoreria el registro y entrega, en ambos casos las sub gerencias deberan informar la Gerencia de Administracion y Finanzas sobre las subvenciones otorgadas, asi como a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto para su control y afectacion presupuestaria correspondiente. b) Las Subvenciones orientadas en forma Colectiva en casos de emergencia. b.1 Los requerimientos de subvenciones en casos de emergencia y otras de similar indole seran evaluados por la Sub-Gerencia de Defensa Civil y se regiran por lo establecido en el INDECI. b.2 Cuando se atienda con fondos de la Municipalidad se sujetara a lo establecido en la presente Directiva, debiendo en todo momento garantizar el adecuado uso y demostrar documentariamente el destino de los mismos. TITULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. CAPITULO I PRIMERA.- DE LAS RESPONSABILIDADES. Son responsables del registro, administracion y uso de las donaciones: a) La Gerencia de Administracion y Finanzas a traves de las unidades organicas a su cargo dispondra el correcto registro, administracion y uso de las donaciones, debiendo coordinar, informar y remitir la informacion financiera correspondiente: a.1 La Sub Gerencia de Tesoreria centralizara la totalidad de sus recursos financieros y en especial las provenientes de donaciones, con el objeto de distribuir racionalmente, y cautelar los fondos obtenidos. a.2 La Sub Gerencia de Contabilidad para el control adecuado, debera utilizar principios y normas de contabilidad Gubernamental para el registro de las operaciones y preparacion de la informacion financiera. Asimismo, debera organizar e implementar sistemas contables que permitan proporcionar, con oportunidad, informacion financiera valida y confiable. a.3. La Sub Gerencia de Logistica dispondra que todos los bienes provenientes de donaciones, deben ingresar fisicamente y/o documentariamente a traves del Almacen, MORDAZA de ser utilizados, para el control efectivo de los bienes donados. El Area de Almacen, tiene la responsabilidad de acreditar en documentos, su conformidad con los bienes que ingresan, asi como los que salen. Deben contar un sistema adecuado para el registro permanente de sus movimientos. Anualmente se debe realizar la toma de inventarios, para verificar la existencia fisica, estado de conservacion o uso final realizado. b) La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, centralizara y consolidara la informacion, relativa a las Donaciones y Subvenciones ejecutadas en dinero y efectuara las modificaciones presupuestarias correspondientes.

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