TEXTO PAGINA: 42
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de noviembre de 2008 383452 Regional, conforme al literal h) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA Y MODIFICA LA APROBACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE GESTIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN” Artículo Primero.- DEROGAR el numeral 2) del Artículo Primero de la Ordenanza Regional Nº 036-GRJ/CR; los Artículos Primero, Tercero y Quinto de la Ordenanza Regional Nº 045-GRJ/CR; el Artículo Primero de la Ordenanza Regional Nº 055-GRJ/CR; la Ordenanza Regional Nº 075-2008-GRJ/CR; y la Ordenanza Regional Nº 076-2008-GRJ/CR, a partir de la Aprobación de los Reglamentos de Organización y Funciones – ROFs, y de los Cuadros de Asignación de Personal – CAPs de las Unidades de Gestión Educativa Locales – UGELs, Redes de Salud, Hospitales y de la Aldea Infantil el Rosario; mediante Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Ordenanza Regional Nº 034-GRJ/CR, el mismo que dice: Artículo Primero: APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN – JUNÍN Y SUS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL, que consta de trece (13) Títulos, cuarenta y cinco (45) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Debe decir: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación – Junín, que consta de trece (13) Títulos, cuarenta y cinco (45) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 14 días del mes octubre de 2008. HENRY ROSALES MALLQUI DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 21 días del mes octubre de 2008. VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO Presidente 277830-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 296-MPL, que aprueba derechos por procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre ACUERDO DE CONCEJO Nº 484 Lima, 28 de octubre de 2008Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de octubre del año 2008, el Ofi cio Nº 001-090-00005043 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria -SAT, adjuntando el expediente sobre solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 296-MPL que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre. CONSIDERANDO:Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modifi car y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la ratifi cación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza, objeto de la ratifi cación, remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la documentación sustentatoria, la que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administración Tributaria-SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe Nº 004-082-000000868, de fecha 24 de setiembre del 2008, que procede la ratifi cación de la Ordenanza, porque los derechos aprobados por la misma han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simplifi cación administrativa. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria-SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 227-2008-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDÓ:Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 296- MPL, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y que se detallan en el Anexo 1 del Informe del Servicio de Administración Tributaria-SAT; haciendo presente que no alcanzaron la opinión favorable, por haberse transgredido diversas disposiciones técnicas y legales, los derechos de trámite respecto de los procedimientos siguientes: Procedimientos 7 a); 7 b); 12 a) y 12 b) denominados “reconocimiento en registro de hijos extra-matrimoniales - menor de edad”, “reconocimiento en registro de hijos extra-matrimoniales - mayor de edad”, “inscripciones de resoluciones judiciales o notariales - divorcio, nulidad” e “inscripciones de resoluciones judiciales o notariales - nacimientos, rectifi caciones, matrimonios y defunciones”, respectivamente, de la Unidad de Registro Civil. Procedimientos 4; 15 y 16 denominados “prescripción de la deuda tributaria”, “modifi cación y/o rectifi cación de la declaración jurada de autoavalúo (separación por comercio y unifi cación del predio” y “declaración jurada de autoavalúo por independización de predio y/o disminución o aumento”, respectivamente, de la Sub Gerencia de Administración Tributaria. Procedimientos 7; 8 y 25 denominados “autorización de acondicionamiento temporal en retiro delantero en propiedad privada (sólo en zona comercial y zona residencial de alta densidad (anual)”, “instalación temporal anual de antenas o similares (sólo en zonifi cación comercial)” y “cambio de profesional responsable de obra”, respectivamente de la Sub Gerencia de Licencias y autorizaciones (obras privadas). Procedimientos 11 y 12 a) denominados “ocupación de áreas de uso público con materiales de construcción e instalaciones provisionales” y “autorización de instalación Descargado desde www.elperuano.com.pe