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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (15/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de noviembre de 2008 383448 Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832). SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energía para los Puntos de Medición o Barras de Entrega comprendidos en las Bases señaladas en el Artículo 2º: Punto de suministroBarra de Entrega y MediciónFactores de Pérdida de PotenciaFactores Nodales de Energía Horas PuntaHoras Fuera de Punta Lima – SurSan Juan 212 kV 1,0000 1,0000 1,0000 Santa Rosa 212 kV 1,0000 1,0000 1,0000Chilca 218 kV 0,9945 0,9899 0,9931Ñaña 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Huachipa 60 kV 1,0000 1,0000 1,0000Salamanca 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Balnearios 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Chosica 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Callahuanca 10 kV 1,0000 1,0000 1,0000 Cañete Cantera 220 kV 0,9952 0,9921 0,9980 Artículo 2 º.- Aprobar las Bases para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución: Luz de Sur S.A.A. y Edecañete S.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 278910-1 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Designan Jefe de la Oficina de Secretaría General del SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 097-2008-02.00 San Borja, 12 de noviembre de 2008VISTO:El Acuerdo Nº 971.01 de la Sesión Ordinaria Nº 971 del 10 de noviembre del 2008 del Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 147 – se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción –SENCICO, considerando a esta entidad, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, califi cación y certifi cación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fi nes; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Secretaría General del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción –SENCICO; Que, en la Sesión Ordinaria Nº 971 de fecha 10 de noviembre del 2008, el Consejo Directivo del SENCICO acordó designar al Abogado Wilfredo Loyola Falcón, como Jefe de la Ofi cina de Secretaría General del SENCICO, por lo que resulta necesario formalizar tal designación; De conformidad con lo establecido en Ley 27594 -Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, el Decreto Legislativo Nº 147 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción –SENCICO, el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, que aprueba el Estatuto del SENCICO; modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; Con la visación del Gerente General, de la Gerente de Planifi cación y Presupuesto, de la Gerente de la Ofi cina de Administración y Finanzas (e), de la Asesora Legal y del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e); SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, al Abogado Wilfredo Loyola Falcón en el cargo de confi anza de Jefe de la Ofi cina de Secretaría General del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO. Regístrese, comuníquese y publíqueseOTILIO FERNANDO CHAPARRO TEJADA Presidente Ejecutivo del SENCICO 277915-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Declaran en situación de emergencia las provincias de Bagua, Utcubamba y Condorcanqui ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 160-2008-GRA/CR. Chachapoyas, 28 de octubre del 2008POR CUANTO: Visto el ofi cio Nº 1910-2008-GRA-DRSA/DG de fecha 24 de octubre del 2008, mediante el cual el Director Regional de Salud Amazonas, eleva al Consejo Regional Amazonas los Informes Técnico contenido en el Ofi cio Nº 327-2008-GRA/DRSA-DESP y Legal Nº 405-2008-GRA/DRSA-OAJ, solicitando se declare en Situación de Emergencia a las provincias de Utcubamba, Bagua y Condorcanqui, por el lapso de sesenta (60) días, período en que resulta latente la posibilidad de un brote de Dengue Clásico y Hemorrágico que superen la capacidad de respuesta de los servicios de salud y provoque a su vez defunciones por Dengue y; CONSIDERANDO: Primero: Que mediante Resolución Ministerial Nº 029-2008-EF/15 se aprueba la Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de la Reserva de Descargado desde www.elperuano.com.pe