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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de noviembre de 2008 383582 VISTOS: el Informe Nº 000909-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles y el Informe Nº 000277-2008/GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refi eren los informes del visto, ha formalizado expediente de regularización de Ofi cina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la Ley 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Junín Libertad, Distrito de Llochegua, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho. Artículo 2º.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Junín Libertad, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza, así como de las acciones administrativas que correspondan; para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Junín Libertad, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros del Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 278225-5 MINISTERIO PUBLICO Exoneran de proceso de selección la adquisición de inmueble para el Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1565-2008-MP-FN Lima, 17 de noviembre de 2008VISTO: El Ofi cio Nº 1265-2008-MP-FN-GG, de la Gerencia General del Ministerio Público, por el cual se solicita la exoneración del proceso de selección correspondiente a la Adquisición de un Inmueble (Local 2) para la Sede del Distrito Judicial de Lima, por la causal de bien que no admite sustitutos y existe proveedor único, y; CONSIDERANDO:Que, para el cabal desempeño de las funciones propias que viene ejecutando el Ministerio Público, en uso de las facultades previstas por el artículo 159° de la Constitución Política y su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo N° 052, es necesario la adquisición de un nuevo inmueble que albergue a nuevos Despachos Fiscales de Lima, tal como consta en el requerimiento efectuado por la Fiscalía Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, a través del Ofi cio N° 9525-2008-MP-FN-DSDJL, de fecha 28 de agosto de 2008, complementado a través del Ofi cio N° 1806/MP/FN/DADJL/2008, de fecha 05 de noviembre de 2008. Que, practicadas las indagaciones a la provisión de la mencionada adquisición, en el mercado inmobiliario correspondiente, se ha obtenido información en el sentido de que solamente existe en la localidad de Lima, del Distrito Judicial del mismo nombre, un único inmueble que reúne las características técnicas mínimas, previstas para el normal funcionamiento de los citados despachos fi scales, el mismo que se encuentra ubicado en Jr. Azángaro N° 374-376-380 del Distrito del Cercado de Lima, el cual viene siendo ofertado por la empresa Alfredo Graf & Asociados, predio que es propiedad de la empresa Penta Realty Group S.A.C. según se indica en el expediente de contratación aprobado mediante Memorandum Nº 550-2008-MP-FN-GG de fecha 14 de noviembre de 2008, de la Gerencia Central de Logística; Que, mediante Memorándun Nº 557-2008-MP-FN- GECINF, del 12 de noviembre de 2008, la Gerencia Central de Infraestructura, remite el Informe Nº 096-2008-MP-FN-GG-GECINF-FCDC, de la misma fecha, por el cual el Arq. Fernando Cortez de la Cruz, Asesor de la Gerencia Central de Infraestructura, concluye que el local ubicado en el Jr. Azángaro N° 374-376-380 del Distrito del Cercado de Lima, que por su ubicación y proximidad a la Sede Central es una buena alternativa a tomar en cuenta, la cual es factible por su forma arquitectónica de ser acondicionada para local de la Entidad; Que, con documento de fecha 12 de noviembre de 2008, el perito Ing. Andersón Edilberto Vidal Herrera, con CIP N° 24167, ha realizado la pericia correspondiente, señalando que el valor del inmueble ascendería a la suma de $. 930,000.00 (novecientos treinta mil dólares americanos), y que el mismo se encuentra en el Centro Histórico de Lima, inmueble que cuenta con ocho (08) pisos, con sótano y azotea; Que, obra en autos que, la Gerencia de Operaciones de la Superintendencia de Bienes Estatales, mediante Ofi cio N° 10030-2008/SBN-GO, de fecha 14 de octubre de 2008, ha informado que no ha sido posible encontrar predios de propiedad del Estado de libre disponibilidad que cumplan con las características requeridas por el Ministerio Público para nuevas sedes Fiscales en el distrito de Cercado de Lima y Breña; Que, la Gerencia de Abastecimiento, órgano de línea de la Gerencia Central de Logística, a través del Memorándum N° 1362-2008-MP-FN-GECLOG-GEA, remite el estudio de mercado, donde se estableció las características técnicas del inmueble y su valor referencial en US $ 930.000.00 (Novecientos treinta mil dólares americanos), que equivaldría convertido al tipo de cambio de S/. 3.15, a la suma de S/. 2´929,500.00 (Dos Millones Novecientos Veintinueve Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, se cuenta con el Certifi cado de Crédito Presupuestal para la referida adquisición, ascendente a S/. 3´080.000.00 (Tres millones ochenta mil y 00/100 nuevos soles), con cargo a los recursos asignados para el Grupo Genérico de Gasto 7. Otros Gastos de Capital en la Fuente de Financiamiento 1. Rubro 00: Recursos Ordinarios, emitido por la Gerencia Central de Finanzas, Descargado desde www.elperuano.com.pe