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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de noviembre de 2008 383579 ANEXO A PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYMA COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESU- PUESTARIAPPTO. PIM 2008 S/.TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 36385CONSTRUCCIÓN DEL RESERVORIO N45 EN ALTO CAYMA, CAYMA - AREQUIPA (Componentes: Instalación de Líneas de Aducción, Instalación de Redes Primarias, Instalación de Redes Secundarias, e Instalación de Conexiones Domiciliarias de Agua)INDIRECTA 3 000 000,00 3 000 000,00 TOTAL 3 000 000,00 3 000 000,00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYMA COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESU- PUESTARIA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 01 MES 02 MES 36385CONSTRUCCIÓN DEL RESERVORIO N45 EN ALTO CAYMA, CAYMA - AREQUIPA (Componentes: Instalación de Líneas de Aducción, Instalación de Redes Primarias, Instalación de Redes Secundarias, e Instalación de Conexiones Domiciliarias de Agua)INDIRECTA 2 400 000,00 600 000,00 3 000 000,00 TOTAL 2 400 000,00 600 000,00 3 000 000,00 279127-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 712-2008-VIVIENDA Lima, 14 de noviembre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 28 de octubre de 2008 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Distrital de Guadalupe y el Gobierno Regional La Libertad (en adelante el Convenio Específi co), con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 37336; Que, con el Informe Técnico Nº 751-2008/VIVIENDA/ VMCS /PAPT-DE de fecha 28 de octubre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Guadalupe hasta por la suma de Seis Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Doscientos Cincuenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 883 258,00) para fi nanciar la ejecución del Proyecto “Proyecto de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de Guadalupe – Pacasmayo – La Libertad”, con Código SNIP Nº 37336; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad por la suma de Seis Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Doscientos Cincuenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 883 258,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 37336, detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los que forman parte de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para fi nanciar la ejecución del citado Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Guadalupe, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Guadalupe presente al Programa Agua Para Todos el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos.Descargado desde www.elperuano.com.pe