Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2008 (21/11/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2008

empresas operadoras podran presentar sus solicitudes para consideracion del Consejo Directivo. En dichas solicitudes, las empresas operadoras deberan informar sobre la materia y la identidad, cargo y/o especialidad de los participantes propuestos, de modo tal que estas puedan ser evaluadas con miras a la eventual programacion de la audiencia dentro de las sesiones ordinarias del Consejo Directivo. Resulta relevante destacar que para que toda audiencia pueda llevarse a cabo, se requiere cuando menos de la presencia de los representantes debidamente autorizados por el Consejo Directivo. En cuanto a las Audiencias Protocolares y Audiencias Justificadas, necesariamente se deberan llevar a cabo con la presencia exclusiva de sus representantes de la mas alta instancia directiva de la empresa, pudiendo ser estos el Presidente o Gerente General. En cuanto a las Audiencias Administrativas, se requerira la participacion del representante legal o apoderado. Excepcionalmente, y tambien en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, el Consejo Directivo podra eximir a las Empresas Operadoras del cumplimiento de lo dispuesto en los dos parrafos inmediatos anteriores. No obstante, para que se lleve adelante la audiencia respectiva no bastara la presencia de los representantes autorizados sino que estos deberan encontrarse, debidamente y previamente, acreditados ante el OSIPTEL. En todos los supuestos, las solicitudes de audiencia ante el Consejo Directivo no son de aprobacion automatica, sino que estas quedan sujetas a evaluacion por parte del mismo organo de direccion, el cual tiene la potestad de aceptar o denegar las solicitudes presentadas. En la Directiva se incluye la potestad del Consejo Directivo de autorizar la participacion de asesores legales o tecnicos en las respectivas audiencias, siempre que asi se hubiere requerido en la solicitud. No obstante, el Consejo Directivo, de oficio, podra tambien requerir la participacion de asesores legales o tecnicos en las audiencias programadas. Finalmente, las audiencias se rigen por el MORDAZA de transparencia, con lo cual la difusion de las audiencias que por su naturaleza asi lo ameriten, seran materia de difusion de conformidad con lo dispuesto en las normas de transparencia del OSIPTEL. 280943-2

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran en situacion de emergencia el Sistema de Salud en la Region MORDAZA de MORDAZA
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 028-2008-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el 30 de MORDAZA del 2008, aprobo el siguiente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 1119-2008-GOREMAD-GRDS/ DRS, el Med. Cir. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Salud, solicita se Declare en Situacion de Emergencia el Sistema de Salud en la Region MORDAZA de MORDAZA, en base al Informe de la Situacion de Salud (contenido en 48 folios), en el que se considera el Analisis de los Factores Condicionantes de la Salud en la Region MORDAZA de Dios. Que, estando al Informe referido en el considerando precedente se tiene que los diferentes establecimientos

de salud en la Region MORDAZA de MORDAZA, vienen atravesando una situacion dificil, caracterizada por la falta de instrumental medico, medicinas, equipos de MORDAZA tecnologia, incumplimiento de compromisos sociales con los trabajadores, asi como el deterioro de la infraestructura con peligro de colapso por el material utilizado y por la antiguedad de su construccion. Que, mediante Oficio N° 01-A-2008-GOREMAD-CR/ COSPDSSCYDC, la Consejera Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision Ordinaria de Salud, Poblacion, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, remite el Dictamen N° 01A-2008-CR/COSPDSSCYDC, sobre la solicitud de Declaracion en Situacion de Emergencia del Sector Salud de MORDAZA de Dios. Que, la Declaracion en Situacion de Emergencia del Sector Salud de MORDAZA de MORDAZA, permitira emprender un conjunto de acciones ante las distintas instancias de gobierno, orientadas a solucionar los problemas de infraestructura, equipamiento y otros, identificados en el informe referido precedentemente. Asi como permitir priorizar los Proyectos que la Direccion Regional de Salud viene desarrollando. Que, la declaratoria referida en el considerando precedente es con la finalidad de priorizar las politicas regionales, orientando los recursos para mejorar la atencion de la salud en la Region MORDAZA de MORDAZA, por el estado alarmante en el que se encuentra, a fin de lograr la rehabilitacion de la infraestructura fisica, equipamiento, abastecimiento con medicamentos e implementacion con equipos adecuados y otros, de los establecimientos de salud a nivel regional. Que, teniendo en cuenta la Opinion Legal N° 004A-2008-GOREMAD/DRAJ, de la Direccion Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, emitido en base al Informe Tecnico remitido mediante Oficio N° 1119-2008-GOREMAD-GRDS/DRS, opinando por la viabilidad de la solicitud de Declaratoria en Situacion de Emergencia del Sector Salud de MORDAZA de Dios. Que, estando a lo informado, el Consejo Regional en pleno en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por mayoria de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar el Dictamen N° 01-A-2008-CR/COSPDSSCYDC. Consecuentemente, Declarar en Situacion de Emergencia el Sistema de Salud en la Region MORDAZA de Dios. Por lo que es pertinente emitir el correspondiente Acuerdo Regional, adecuado al MORDAZA juridico vigente. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. ACUERDA: Articulo Primero: DECLARAR en Situacion de Emergencia el Sistema de Salud en la Region MORDAZA de MORDAZA, durante 90 dias calendario, a fin de cumplir con la ejecucion y priorizacion de las politicas regionales, orientando los recursos para lograr la rehabilitacion de la infraestructura fisica, equipamiento, abastecimiento con medicamentos e implementacion con equipos adecuados y otros, de los establecimientos de salud a nivel regional, cuya meta es mejorar la atencion de la salud. Articulo Segundo: EXONERAR a la Direccion Regional de Salud de MORDAZA de MORDAZA, de los Procesos de Seleccion, para la Adquisicion de Bienes y Servicios, mientras dure la Declaratoria en Situacion de Emergencia considerada en el articulo precedente. Articulo Tercero: REMITIR el presente Acuerdo Regional, junto con el Informe Tecnico Legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto: ENCARGAR a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano; en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, asi como en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE).

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