Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2008 (28/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y Subgerencia de Informatica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 282880-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionario de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 206-2008-A-MDC Cieneguilla, 25 de noviembre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: El Memorando Nº 074-2008-A-MDC, de fecha 29.10.2008 del Despacho de Alcaldia y el Informe Nº 022008/CEPAD/MDC, de fecha 23.10.2008, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO:

Que, mediante el Memorando Nº 390-9-A-MDC la Gerencia Municipal, confiere el traslado del Informe Nº 286-2008-GAJ/MDC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, opinando por conferir traslado a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, sobre la presunta comision de faltas administrativas por parte de algunos ex funcionarios de esta corporacion; siendo que a traves del acta de fecha 26.09.2008, se dispone el avocamiento a los hechos contenidos en el Exp. Nº 2280-S (21.08.2008) sobre el Oficio Nº 3003-08-DININCRI-PNP-DIVIPDDMP-DSA. Que, el Expediente Nº 2280-S de fecha 21.08.2008 contiene el Oficio Nº 3003-08-DIRINCRI-PNP-DIVPIDDMPDSA, en la que el departamento de investigaciones realizara las actuaciones pertinentes sobre la presunta comision del ilicito penal de Desobediencia y Resistencia a la autoridad en agravio del Estado representado por la Tercera Sala Civil de MORDAZA, presuntamente por funcionarios de esta entidad. Dichas investigaciones se realizan a consecuencia del no cumplimiento del mandato MORDAZA por dicha sala a esta entidad sobre la remision del expediente de Ejecutoria Coactiva Nº 466-2002-EECB de la Municipalidad Provincial de Bolognesi ­ Chiquian ­ MORDAZA, seguidos por dicha comuna contra la empresa AGUAYTIA ENERGY DEL PERU SRL. Siendo que las gestiones de cobranza coactiva se realizan en virtud del convenio interinstitucional celebrado entre MORDAZA corporaciones ediles, asimismo, se desprende conforme al Oficio Nº 852-2002-A/CFC-MPB dicho expediente fue remitido a esta entidad. Que, el Dr. MORDAZA Chahua MORDAZA, mediante el Informe Nº 019-2008-EC/MDC da conocer que mediante los Oficios Nº 002-2004-EC/MDC y 003-2004-EC/MDC de fecha 6.04.2004 y 6.05.2004 respectivamente, ha dado a conocer al Organo Jurisdiccional requeriente que el expediente coactivo solicitado no se reportaba fisicamente en los archivos de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, por lo cual deviene en inejecutable el mandato de la Sala. Asi mismo, mediante escrito de fecha 18.10.2007, el Dr. Chahua MORDAZA exhorto a la Sala que el requerimiento se extienda a la Municipalidad Provincial de Bolognesi por ser la acreedora de la deuda en etapa coactiva, y al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de ex Ejecutor Coactivo de esta Entidad. El Informe Nº 019-2008-EC/MDC da cuenta ademas que en el Acta de Entrega de Cargo de fecha 28.12.2002,

entre la entonces Comision de Transferencia de la gestion entrante y el anterior Ejecutor Coactivo, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no se consigna en el registro de expedientes en giro o archivo pasivo entregados a dicha comision, el mencionado Exp. 466-02-ECB. Que, por ultimo el Dr. MORDAZA Chahua MORDAZA, en el mismo informe hace notar que en la MORDAZA del Oficio donde se remite el expediente a esta entidad, que es alcanzado por la PNP sobre el MORDAZA en cuestion se aprecia que el sello de recepcion que aparece en dicha MORDAZA no corresponde a la municipalidad y menos era utilizado por la Ejecutoria Coactiva de esta Corporacion en aquel ano, es decir el 2002. Que, corre en autos el ACTA DE CONSTATACION NOTARIAL de fecha veintiocho de noviembre del 2002 suscrito por el notario publico MORDAZA MORDAZA Barba MORDAZA, apreciandose que existen expedientes tramitados por la Ejecutoria Coactiva de la MDC, los mismos que no contaban con las formalidades que exige la ley. Dicha acta se levanto cuando era ejecutor coactivo el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vasquez. Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 006-2001 (24.01.2001) se designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe de la Oficina de Asesoria Legal, y que posteriormente mediante Resolucion de Alcaldia Nº 297-2001 (18.12.2001) en el Articulo 1º de la citada resolucion, se resuelve encargar las funciones de Ejecutor Coactivo al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a partir del 13.12.2001. En ese mismo sentido la Resolucion de Alcaldia Nº 029-2001 (publicada en el Diario El Peruano el 17.02.2002) en el Articulo 1º, se encarga al mencionado ex funcionario las funciones de Ejecutor Coactivo a partir del 02 de Enero del 2002. Asimismo, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 263-2002 de fecha 03.09.2002, en su Articulo 1º resuelve ratificar la designacion del mencionado ex funcionario en las labores de Ejecutor Coactivo. Que, de lo expuesto en el parrafo precedente, se aprecia que los hechos se suscitaron por una encargatura al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien se desempenaba como funcionario de confianza en la Oficina de Asesoria Legal. Asi mismo, de los hechos se aprecia la presunta comision de los siguientes hechos: a) Contravencion a las normas referidas a conservacion y tramitacion de expedientes administrativos. b) Falsificacion de documentos y/o sellos de esta entidad. Que, contra las disposiciones del Decreto Legislativo 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remunerativa del Sector Publico, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presumiblemente ha incumplido lo prescrito en el Articulo 21 literales a) y d): pues, no ha cumplido diligentemente con el servicio publico, y conocer exhaustivamente las labores del cargo para un mejor desempeno. Dichos actos estan configurados como faltas administrativas segun lo dispone los literales a) y d) del articulo 28º, por cuanto senala literalmente que: "Son faltas de caracter disciplinarias que segun su gravedad, pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo: El incumplimiento de las normas establecidas en la presente ley y su Reglamento; Negligencia en el desempeno de las funciones. En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1°.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el Ex Funcionario Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de encargado de la Ejecucion Coactiva; por la presunta comision de las faltas administrativas expuestas. Articulo 2°.- CONFERIR TRASLADO A LA GERENCIA MUNICIPAL para que autorice al Procurador Publico de la Entidad para que pueda formular denuncia respecto a la presunta adulteracion de documentos y sellos por parte del Ex Ejecutor Coactivo Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vasquez. Articulo 3°.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolucion a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, con el objeto de que desarrolle el procedimiento respectivo en el plazo establecido por Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 283527-1

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