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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de noviembre de 2008 384078 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Adecúan el procedimiento de fiscali- zación y control del cumplimiento de las disposiciones administrativas y de aplicación de sanciones en el distrito ORDENANZA Nº 304-CDLO Los Olivos, 9 de octubre de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 009-2008-MDLO/CAL de la Comisión de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con la Constitución Política del Perú las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en sus artículos 80º, numerales 3.2 y 3.4, 83º numerales 3.1, 3.2 y 3.3 y 87º consagran la facultad de las Municipalidades Distritales para realizar funciones de fi scalización y de control del cumplimiento de las normas municipales; Que, el Concejo Metropolitano de Lima, mediante Ordenanza Nº 984 de fecha 07 de enero de 2007, publicó el “Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora”, el cual establece el Régimen por el cual se establece las dispociones generales orientadas a estructurar el procedimiento sancionador, garantizando al ciudadano la correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las normas administrativas municipales; en el ámbito de la provincia de Lima y de los distritos que la integran; Que, con fecha 18 de junio de 2007 de publicación, el Concejo Metropolitano de Lima, mediante Ordenanza Nº 1014, modifi ca la Ordenanza Nº 984-MML, la cual determina la modifi cación de los artículos 11º, 12º, 15º, 19º, 21º, 22º, 28º, 29º, 30º, 31º, 32º y 34º de la Ordenanza Nº 984 - “Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora”; Que, de conformidad a lo establecido en el Título I, Disposiciones Generales del Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas, Capítulo I Disposiciones Generales, artículo 2º, Ámbito de aplicación de la Ordenanza Nº 984-MML, el ámbito de aplicación de la citada ordenanza es de carácter Metropolitano, pudiendo los Municipios Distritales expedir sus cuadros de aplicación de sanciones teniendo como marco de referencia, el contenido de referida Ordenanza, siendo necesario adecuar la normatividad en materia de aplicación de sanciones administrativas vigente en el ámbito de la jurisdicción del distrito de Los Olivos, conforme a los dispositivos descritos precedentemente; Que, con el fi n de poder realizar una labor efectiva de fi scalización y control del acatamiento de las disposiciones municipales por parte de los vecinos y administrados en general, resulta imprescindible la creación de un Cuerpo de Inspectores Municipales, el mismo que estaría integrado por Servidores y Funcionarios de esta Entidad Edil, a los que se les asigne dichas funciones mediante el procedimiento que para tal efecto se establezca; Que, las acciones que ha de desarrollar la Municipalidad en este marco, no constituyen prácticas controlistas o restrictivas que afecten la Libre Competencia de los agentes económicos, por el contrario responde a la necesidad de actuar en defensa del consumidor y prevenir la competencia desleal, sin que se imponga barreras burocráticas que impidan u obstaculice de manera ilegal o irracionalmente el acceso o permanencia de los agentes económicos en el mercado, en especial a las pequeñas empresas; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 9º, inciso 8 y 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, aprobó la siguiente:ORDENANZA Nº 304-CDLO “QUE ADECÚA EL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Y DE APLICACIÓN DE SANCIONES EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS” Artículo Primero.- ADECUAR los procesos de fi scalización y control del cumplimiento de disposiciones administrativas municipales, así como el de aplicación de sanciones administrativas ante su infracción en la jurisdicción del distrito de Los Olivos, al “Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas Derivadas de la Función Fiscalizadora”, aprobada por el Concejo Metropolitano de Lima mediante Ordenanza Nº 984-MML y modifi cado mediante Ordenanza Nº 1014-MML. Artículo Segundo.- APROBAR, el Anexo I que establece el “Cuadro de Sanciones y Escala de Multas Administrativas Aplicables en el Ámbito del Distrito de Los Olivos”, el Anexo II “Formato de Notifi cación Preventiva” y el Anexo III “Formato de Resolución de Sanción”, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR, la TABLA DE EQUIVALENCIAS POR TIPO DE INFRACCIÓN para la determinación de las multas que correspondan a las infracciones contenidas en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas aprobado en el artículo precedente Anexo I, conforme al cuadro siguiente: TIPO DE INFRACCIÓN FACTORES APLICABLES A LA U.I.T. MUY GRAVE ( MG) 1.50 GRAVE ( G) 0.50 LEVE ( L) 0.04 OTROS (*) (*): Multas en proporción al valor de la obra, autorización y/o porcentaje de la UIT, según lo establecido en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas. Artículo Cuarto.- APROBAR, la “ESCALA DE REBAJA POR PAGO VOLUNTARIO” a la cual se podrán acoger las personas naturales o jurídicas que sean sancionados por el incumplimiento de las disposiciones administrativas municipales, conforme al cuadro siguiente: DESCRIPCIÓNDIAS ÚTILES (Plazo de Regularización)REBAJA POR PAGO VOLUNTARIO NOTIFICACIÓN PREVENTIVA 5 75% Dscto. RESOLUCIÓN DE SANCIÓN 15 50% Dscto.RESOLUCIÓN DE EJECUCIÓN COACTIVA - 0 Artículo Quinto.- PRECISAR, que el procedimiento sancionador, se iniciará con la imposición de la Notifi cación Preventiva, teniendo el Infractor la posibilidad de presentar sus descargos dentro de los cinco (5) días hábiles de haberse impuesto la Notifi cación Preventiva. Esto bajo el amparo del Art. 234º numeral 4 de la Ley Nº 27444, y el Decreto Legislativo Nº 1029. Artículo Sexto.- CONFORMAR EL CUERPO DE INSPECTORES MUNICIPALES DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS, el mismo que se encargará de efectuar la fi scalización, detección y notifi cación de las infracciones que cometan los particulares, instituciones y empresas en el ámbito del distrito de Los Olivos. Dicho Cuerpo dependerá funcionalmente de la Sub Gerencia de Licencias y Control de Normas Municipales y estará compuesto por servidores y funcionarios de esta Entidad Edil. Artículo Sétimo.- El Sr. ALCALDE, a través de Decreto de Alcaldía, establecerá el procedimiento para la designación del personal que integrará el Cuerpo de Inspectores Municipales, y las disposiciones complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Octavo.- Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se regirán por las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 183-CDLO hasta su conclusión. Artículo Noveno.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 183-CDLO, y todas las demás disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO AlcaldeDescargado desde www.elperuano.com.pe