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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de octubre de 2008 380972 Que, revisada la base grá fi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identi fi có el terreno de 6 009,11 m², colindante con la Manzana C de la Urbanización La Estancia Oeste, frente a la avenida Raúl Ferrero, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 22 de agosto de 2008, se veri fi có que el citado terreno de naturaleza eriaza, está conformado en mayor porcentaje por cerros de tipo rocoso, asimismo, se advirtió que parte del terreno se encuentra ocupado por terceros, observándose una vivienda de un solo nivel de material de albañilería con muros de ladrillo caravista y techo de calamina, rodeado de área verdes utilizado como vivero de tipo artesanal; Que, mediante el Informe Técnico Nº 5290-2008- Z.R-IX/OC de fecha 30 de junio del año en curso, la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, informa que el área en consulta se encuentra comprendido en zona de cerros donde gráficamente no se observa inscripción registral; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 6 009,11 m², de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del artículo 39° de la Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones a promover la inmatriculación de predios a favor del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 131-2001-EF “Estatuto de la SBN”, Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0364-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 03 de setiembre de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 6 009,11 m², colindante con la Manzana C de la Urbanización La Estancia Oeste, frente a la avenida Raúl Ferrero, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 260258-5GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Corrigen error material incurrido en la parte considerativa de la Ordenanza Nº 1090-MML, que aprobó desafectación y asignación de zonificación de terreno ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica ORDENANZA Nº 1177 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTOEL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de setiembre del 2008 el Documento Simple Nº 6681-2008, seguido por el Asentamiento Humano California Programa Municipal de Vivienda Nº 01, mediante el cual solicitan se recti fi que la Ordenanza Nº 1090-MML que aprobó la desafectación de Uso de Suelo del predio cali fi cado como Bosque - Parque y Asignar la Zoni fi cación de Zona Residencial de Densidad Media (R4) del terreno de 8,767.70 m 2, ubicado en el Km. 27 de la Carretera Central, margen izquierda del Río Rímac, Urbanización California, Distrito de Lurigancho - Chosica, Provincia y Departamento de Lima; al considerar que en la misma se ha cometido un error material al precisar en su parte introductoria, que se estaría aprobando la desafectación solicitada “para la construcción de una biblioteca comunal”. De conformidad con el artículo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, y lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, en su Dictamen Nº 107-2008-MML-CMAL; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE CORRIGE EL ERROR MATERIAL INCURRIDO EN LA PARTE CONSIDERATIVA DE LA ORDENANZA Nº 1090-MML PUBLICADA EL 16 DE NOVIEMBRE DEL 2007, POR LA QUE SE APROBO LA DESAFECTACION Y ASIGNACION DE ZONIFICACIÓN DE UN TERRENO UBICADO EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO - CHOSICA Artículo Único.- Corregir la Ordenanza Nº 1090-MML, que aprobó desafectar el terreno cuya área es de 8,767.70 m2, ubicado en el Km. 27 de la Carretera Central, margen izquierda del Río Rímac, Urbanización California, Distrito de Lurigancho- Chosica, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 16 de noviembre del 2007, en el sentido de suprimir la expresión “para la construcción de una Biblioteca Comunal”, que por error material se consignó en la parte considerativa de la misma. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 1 de octubre de 2008LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 260329-1 Establecen conformidad de resolución emitida por la Municipalidad Distrital de Ate que resuelve aprobar habilitación urbana nueva de terreno RESOLUCIÓN Nº 258-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 15 de setiembre de 2008